ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites y servicios que se realizan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.

 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

DOF: 31/01/2025

ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites y servicios que se realizan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

JUAN RAMÓN DE LA FUENTE RAMÍREZ, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 25, párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 5, 8 y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; artículos 15 fracción XXX, 29 fracción III, 54, 55 y 72 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y demás disposiciones aplicables.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN
ANTE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
CONSIDERANDO
 

Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia.

Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece que los trámites y servicios deberán respetar los principios de legalidad, reserva de ley, jerarquía normativa y todos aquellos que tiendan a los objetivos de dicho instrumento.

Que son objetivos de la política de mejora regulatoria simplificar y modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente.

Que conforme al artículo 28, fracciones VII y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le corresponde intervenir en todas las cuestiones relacionadas con nacionalidad y legalizar las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero, y de los documentos extranjeros que deban producirlos en la República.

Que conforme al artículo 2 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad, el pasaporte es un documento de viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores expide a las personas mexicanas para acreditar su nacionalidad e identidad, a fin de solicitar a las autoridades extranjeras que permitan el libre paso, así como que proporcionen ayuda y protección.

Asimismo, que el documento de identidad y viaje se expide para permitir la salida documentada del territorio nacional al extranjero que carezca de un pasaporte vigente.

Que en la prestación de los servicios públicos a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores es posible instrumentar medidas de simplificación y modernización en cuanto a los trámites de pasaportes, documentos de identidad y viaje, así como para la legalización de firmas de documentos públicos que surtan efectos en el extranjero.

Por lo anterior, y con el propósito de implementar las acciones de simplificación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN
ANTE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se implementan las siguientes acciones de mejora en los trámites que se señalan a continuación:

 

Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:
 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5748209&fecha=31/01/2025#gsc.tab=0

Tipo de documento
Fecha de noticia