ACUERDO G/JGA/6/2022 por el que se da a conocer la adscripción de Magistrada y suplencias de Magistrados, en diversas Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

DOF: 04/02/2022

ACUERDO G/JGA/6/2022 por el que se da a conocer la adscripción de Magistrada y suplencias de Magistrados, en diversas Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/6/2022

ADSCRIPCIÓN DE MAGISTRADA Y SUPLENCIAS DE MAGISTRADOS, EN DIVERSAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

CONSIDERANDO

1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.

2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.

3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los Acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.

5. Que las fracciones II, VI, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, facultan a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; adscribir a los Magistrados de las Salas Regionales ordinarias, auxiliares, especializadas o mixtas; aprobar la suplencia de los Magistrados de Sala Regional, por el primer secretario de acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.

6. Que en sesión de fecha 29 de agosto de 2016, la Junta de Gobierno y Administración emitió el Acuerdo G/JGA/50/2016, mediante el cual adscribió a la Magistrada Irma Cervantes Villarreal a la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional de Occidente, con sede en Guadalajara, Jalisco.

7. Que mediante Acuerdo G/JGA/15/2021, aprobado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha 18 de marzo de 2021, se aprobó, entre otros movimientos, que el Licenciado Jorge Chávez Osornio, Primer Secretario de Acuerdos de la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Norte-Centro III y Auxiliar, con sede en Ciudad Victoria de Durango, Durango, supliera la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción.

8. Que la Junta de Gobierno y Administración, en sesión de fecha 13 de mayo de 2021, aprobó el Acuerdo G/JGA/24/2021, mediante el cual determinó, entre otros movimientos, la adscripción del Magistrado Luis Ángel López Vera a la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional de Oriente, con sede en San Andrés Cholula, Puebla.

9. Que en sesión de fecha 13 de mayo de 2021, la Junta de Gobierno y Administración emitió el Acuerdo G/JGA/26/2021, mediante el cual, entre otros movimientos, autorizó que el Licenciado Alejandro Ubando

Rivas, Primer Secretario de Acuerdos de la Primera Ponencia de la ahora Sala Regional del Pacífico y Auxiliar, con sede en Acapulco, Guerrero, supliera la falta de Magistrado en la Ponencia y Sala de su adscripción.

10. Que con motivo de la emergencia sanitaria derivada del virus SARS-CoV2 (COVID-19) por la que atraviesa actualmente el país, para hacer frente a las circunstancias de urgencia que imperan en la Sala Regional del Norte-Centro III y Auxiliar, mismas que se incrementan por la falta de Magistrados Titulares, la Junta de Gobierno y Administración estima necesario adscribir a un Magistrado en la Tercera Ponencia de la referida Sala Regional.

11. Que en sesión de la presente fecha, la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento, que por cuestiones de salud, el Magistrado Luis Ángel López Vera, y el Magistrado por Ministerio de Ley, Licenciado Alejandro Ubando Rivas deben ausentarse temporalmente en las Salas y Ponencias de su adscripción, por lo que, dichas ausencias deberán ser cubiertas provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios, y a falta de estos por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente.

12. Que a la fecha los Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Órgano Jurisdiccional se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado.

Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21, 23, fracciones II, VI, XXIII y XXXIX, 48 y 50, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28, 29 y 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:

ACUERDO

Primero. A partir del 01 de febrero de 2022, se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/50/2016, mediante el cual se adscribió a la Magistrada Irma Cervantes Villarreal a la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional de Occidente.

Segundo. En consecuencia, se adscribe a la Magistrada Irma Cervantes Villarreal a la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Norte-Centro III y Auxiliar, con sede en Ciudad Victoria de Durango, Estado de Durango.

Tercero. Se autoriza que los Primeros Secretarios de Acuerdos suplan la falta de Magistrado como se indica a continuación, por lo que en su carácter de suplentes de Magistrado Titular adquieren las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por Ministerio de Ley:

I.     El Licenciado Jaime Martínez Macías, en la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional de Occidente, con sede en Guadalajara, Jalisco, por el cambio de adscripción de la Magistrada Irma Cervantes Villarreal.

II.     La Licenciada Dulce Guadalupe Rodríguez Manualt, en la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional de Oriente, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, por la ausencia temporal del Magistrado Luis Ángel López Vera.

III.    La Licenciada Gina Ibarra Quevedo, en la Primera Ponencia de la Sala Regional del Pacífico y Auxiliar, con sede en Acapulco, Guerrero, por la ausencia temporal del Magistrado por Ministerio de Ley, Licenciado Alejandro Ubando Rivas.

Cuarto. La adscripción señalada en el Acuerdo Segundo, y la suplencia referida en la fracción I, del Acuerdo Tercero, surtirán efectos a partir del 01 de febrero de 2022, y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.

Las suplencias aprobadas en las fracciones II y III del Acuerdo Tercero, surtirán efectos del 28 de enero al

11 de febrero de 2022; sin perjuicio de que el Magistrado Luis Ángel López Vera, y el Magistrado por Ministerio de Ley, Licenciado Alejandro Ubando Rivas, puedan reincorporarse al ejercicio de sus funciones antes de que concluya dicho periodo, si su condición de salud se los permite.

Quinto. La Magistrada Irma Cervantes Villarreal, y el Licenciado Jorge Chávez Osornio, deberán entregar la Ponencia de su actual adscripción, de conformidad con lo previsto en el artículo 141 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Sexto. Las personas servidoras públicas referidas en los puntos Segundo y Tercero del presente Acuerdo, deberán hacerlo del conocimiento de las partes en el primer proveído que dicten en cada uno de los asuntos de su competencia y deberán colocar una copia del mismo en la ventanilla de la Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.

Séptimo. Notifíquese a las personas servidoras publicas señaladas en el presente Acuerdo, para los efectos correspondientes.

Octavo. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Dictado en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 2022, realizada a distancia utilizando herramientas tecnológicas, por unanimidad de votos de los Magistrados Víctor Martín Orduña Muñoz, Claudia Palacios Estrada, Elva Marcela Vivar Rodríguez, Julián Alfonso Olivas Ugalde y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Pedro Alberto de la Rosa Manzano, Secretario Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción II, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI, y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.

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