ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial por el que se autoriza la conclusión de funciones y extinción de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral.
DOF: 07/10/2025
ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial por el que se autoriza la conclusión de funciones y extinción de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de Administración Judicial.- AG-POAJ-015/2025.
El Pleno del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos décimo segundo, décimo tercero y décimo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, fracción VIII, 70, 71, 78, 79, primer párrafo, 80, fracciones II y XXXIX; y 91, tercer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
CONSIDERANDO
1. Que el 15 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, a partir del cual se estableció que la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación estará a cargo del Órgano de Administración Judicial, que es un órgano colegiado con independencia técnica y de gestión integrado por cinco personas, de las cuales una fue designada por el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la persona titular de la Presidencia de la República; una por el Senado de la República; y tres por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
2. Que el 20 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación cuyo artículo 70 dispone que el Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión y tendrá a su cargo la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación y velará por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.
3. Que el artículo 19 del "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo", dispone que la secretaría General de la Presidencia contará, entre otras, con la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal y la Unidad de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral.
4. Que el referido Acuerdo General en su numeral 97 establece que la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, es el área administrativa dependiente de la Secretaría General, encargada del estudio, análisis y propuesta del diseño, planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones necesarias para dicha consolidación; así como de la coordinación de las diversas áreas administrativas involucradas en estos procesos; la relación interinstitucional con las instancias de coordinación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo Federal, y con las entidades federativas.
5. Que el artículo 98 Bis., del mencionado Acuerdo General prevé que la Unidad de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral estará encargada de coordinar las acciones necesarias para la planeación y prospectiva, capacitación, difusión, estudios y proyectos normativos, reorganización institucional y digital, programación, asignación, ejecución y comprobación del presupuesto, y seguimientos necesarios para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral.
6. Que de conformidad a lo previsto en los artículos 35, fracción XXVII; y 152, fracciones XIV y XVII del Acuerdo General del Pleno del entonces Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, aplicables de conformidad con el artículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional elaborar los estudios y propuestas de reestructura organizacional que requiera el Órgano de Administración Judicial, y a su vez a la Comisión de Administración someter al Pleno del órgano para su autorización la creación de nuevas estructuras orgánicas o la modificación de las ya existentes.
7. Que en términos del "ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, DISCIPLINA PRESUPUESTAL Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTICINCO", aplicable en términos del artículo decimonoveno transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se deberán adoptar las medidas de simplificación y automatización de procesos administrativos necesarias con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en la Ley Federal de Austeridad Republicana.
8. Que en sesión ordinaria de 29 de septiembre de 2025, la Comisión de Administración aprobó el "PROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL PLENO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL POR EL QUE SE AUTORIZA LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES Y EXTINCIÓN DE LA UNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA EN MATERIA DE JUSTICIA LABORAL, ASÍ COMO QUE DE MANERA PROVISIONAL SUS FUNCIONES SEAN ASUMIDAS POR LA UNIDAD PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, Y LA TRANSFERENCIA DE LAS PLAZAS QUE CONFORMAN SU PLANTILLA A LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE DISCIPLINA Y SUBSTANCIACIÓN DE RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN."
9. Que mediante oficio No. OAJ/STCA/0168/2025 la Comisión de Administración ordenó remitir al Pleno del Órgano de Administración Judicial la propuesta de Acuerdo antes mencionada, a fin de resolver lo conducente.
Por lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL POR EL QUE SE
AUTORIZA LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES Y EXTINCIÓN DE LA UNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN
DE LA REFORMA EN MATERIA DE JUSTICIA LABORAL
PRIMERO. Se autoriza la extinción de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral a partir del 1 de octubre de 2025 y en consecuencia que la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal asuma de manera provisional las atribuciones de aquélla, en el entendido de que en los Acuerdos Generales que se emitan para la organización y funcionamiento del Órgano de Administración Judicial, deberán realizarse las modificaciones procedentes en cuanto a la denominación y facultades de la mencionada Unidad, a fin de atender de manera integral ambas materias.
SEGUNDO. Se autoriza la transferencia y adscripción definitiva de las plazas que formaban parte de la plantilla de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral a la plantilla de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Disciplina y Substanciación de Responsabilidades del Personal Administrativo a partir del 1 de octubre de 2025.
TERCERO. Se autoriza la conversión de 6 plazas que pertenecían a la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral para la creación y adscripción definitiva de 4 plazas en la plantilla de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Disciplina y Substanciación de Responsabilidades del Personal Administrativo, a partir del 1 de octubre de 2025.
CUARTO. Se autoriza la plantilla de plazas de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Disciplina y Substanciación de Responsabilidades del Personal Administrativo, la cual se conformará con la cantidad mínima necesaria para su operación y atender sus atribuciones.
QUINTO. Las referencias realizadas a la Unidad de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, se entenderán hechas a la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Órgano de Administración Judicial en Intranet e Internet.
Firman al calce el Presidente del Órgano de Administración Judicial y la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91, 99, fracción VIII y 100, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
EL MAESTRO CÉSAR MAURICIO LÓPEZ RAMIREZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial por el que se autoriza la conclusión de funciones y extinción de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral, fue aprobado por el Pleno del propio Órgano, en sesión celebrada el 1 de octubre de 2025, por unanimidad cuatro de votos de las personas integrantes: Maestro Néstor Vargas Solano, Presidente; Licenciada Surit Berenice Romero Domínguez; Maestra Catalina Ramírez Hernández y Maestro José Alberto Gallegos Ramírez; con la ausencia de la Doctora Lorena Josefina Pérez Romo.- Ciudad de México, a 1 de octubre de 2025.- Conste.- Rúbrica.