DECRETO por el que se expide el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA 

DOF: 29/07/2024

DECRETO por el que se expide el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 13, 17, 18 y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 11, 13, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 111, 111 Bis, 128, 129, 130, 132, 133, 142, 143, 145 y demás aplicables de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, he tenido a bien emitir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

ARTÍCULO ÚNICO. Se expide el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:

REGLAMENTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
PÚBLICA
 

Capítulo I
 

Disposiciones Generales
 

Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer la estructura, organización y funcionamiento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal.

Artículo 2.- Para efectos de este reglamento, además de las definiciones previstas en el artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se entiende por:

I.          Centros Nacionales: a los centros nacionales de Información, de Prevención del Delito y Participación Ciudadana y de Certificación y Acreditación a que se refiere el artículo 17 de la citada Ley;

II.         Centros de Evaluación y Control de Confianza: a los centros de evaluación y control de confianza de las entidades federativas;

III.        Comisiones: a las comisiones permanentes de Información, de Certificación y Acreditación, y de Prevención del Delito y Participación Ciudadana del Consejo Nacional a que se refiere el artículo 16 de la Ley;

IV.        Fondos de ayuda federal: a los recursos federales destinados a la seguridad pública de las entidades federativas, aprobados por el Consejo Nacional y determinados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

V.         Ley: a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

VI.        Lineamientos: al instrumento jurídico que emite el Secretariado Ejecutivo para la operatividad de los Fondos de ayuda federal y de las asignaciones a favor de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de Ciudad de México en materia de seguridad pública, conforme a los criterios de distribución aprobados por el Consejo Nacional, el Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones jurídicas aplicables;

VII.       Reglamento Interior: al Reglamento Interior de la Secretaría;

VIII.      Secretariado Ejecutivo: al Secretariado Ejecutivo del Sistema, órgano operativo del Sistema a que se refiere el artículo 17 de la Ley y este reglamento, y

IX.        Secretaría Ejecutiva Adjunta: a la Secretaría Ejecutiva Adjunta del Secretariado Ejecutivo.

Artículo 3.- El Secretariado Ejecutivo está bajo la supervisión de la persona titular de la Secretaría.

Artículo 4.- El Secretariado Ejecutivo, mediante sus unidades administrativas, debe planear y conducir sus acciones conforme a los fines, políticas, programas, estrategias, acuerdos, instrumentos, servicios y acciones que determine la persona titular de la Secretaría.

Artículo 5.- La persona titular del Secretariado Ejecutivo tiene originalmente su representación, y debe ser nombrada y removida libremente por la persona titular de la Presidencia del Consejo Nacional.

 

Puede consultarlo completo en el siguiente enlace: 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5734673&fecha=29/07/2024#gsc.tab=0

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