CÓDIGO de Conducta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 

DOF: 26/02/2024

CÓDIGO de Conducta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
2023
ÍNDICE
 

A)    Objetivo

B)    Ámbito de aplicación y obligatoriedad

C)    Glosario

D)    Misión y Visión de la SEMARNAT

E)    Mensaje Introductorio
 

F)    Riesgos Éticos

G)    Conductas de las Personas Servidoras Públicas

H)    Instancias de Implementación

I) Protesta del Código de Conducta

Mecanismos de participación

Marco jurídico
 

Disposiciones transitorias
 

J) Fecha de Emisión y Actualización
 

A) OBJETIVO

Guiar y establecer las directrices para contribuir al impulso de los principios éticos en el comportamiento de todas las personas servidoras públicas que laboran en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), durante el desempeño de sus atribuciones y funciones de su empleo, cargo o comisión, dentro y fuera de la Dependencia, no importando su régimen de contratación, aplicando los principios, valores, compromisos del servicio público y reglas de integridad que se establecen en el presente Código de Conducta y en el Código de Ética de la Administración Pública Federal, con el fin de lograr un adecuado ambiente laboral libre de violencia y discriminación que coadyuve al logro de la misión, visión y objetivos institucionales en condiciones de igualdad de género para asegurar la óptima protección, conservación y aprovechamiento de los recursos naturales del país.

B) ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

Los principios, valores y compromisos del servicio público y reglas de integridad establecidos en el presente Código de Conducta son de aplicación y observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en SEMARNAT, durante y después de la jornada laboral, sin importar el cargo, nivel, rango o régimen de contratación; siendo así un instrumento orientador para la conducta del personal que preste servicio social, prácticas profesionales y de otras personas que no se reconozcan como personas servidoras públicas.

C) GLOSARIO

Acoso Laboral: Forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tiene como objetivo intimidar, excluir, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico o laboral-profesional. Se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de este, siempre que se encuentre vinculado a la relación laboral.

Acoso Sexual: Forma de violencia de carácter sexual con connotación lasciva, en la que, si bien no existe una subordinación jerárquica de la víctima frente a la persona agresora, e inclusive puede realizarse de una persona de menor nivel jerárquico hacia alguien de mayor nivel o cargo, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quien la realiza. Puede tener lugar entre personas servidoras públicas y de éstas hacia particulares y es expresada en conductas verbales o, de hecho, físicas o visuales, independientemente de que se realice en uno o varios eventos, como son aquellas mencionadas en la fracción IV del artículo 5 del Código de Ética de la Administración Pública Federal.

Actuación bajo conflicto de interés: Falta administrativa grave, en la que puede incurrir la persona servidora pública cuando interviene, por motivo de sus funciones, empleo, cargo o comisión en la atención, tramitación o resolución de algún asunto en el que tenga conflicto de interés o impedimento legal, misma a la que se refiere el artículo 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Austeridad Republicana: Conducta republicana y política de Estado que los entes públicos, así como los Poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos están obligados a acatar de conformidad con su orden jurídico, para combatir la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.

Clima Organizacional: Conjunto de factores que afecta positiva o negativamente el desempeño, la productividad, la calidad de los servicios y la imagen de la institución, y son resultado de las relaciones internas, actitudes, percepciones y conductas de los servidores públicos, retroalimentadas por las motivaciones personales, las prácticas al interior de la organización, el tipo de liderazgo, la evaluación y el reconocimiento de los resultados.

Código de Conducta: Instrumento emitido por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el que se específica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores, compromisos del servicio público y reglas de integridad contenidos en el Código de Ética, atendiendo a los objetivos, misión y visión de la dependencia o entidad de que se trate.

Código de Ética de la Administración Pública Federal: Instrumento deontológico que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.

Comité de Ética: Son los órganos democráticamente integrados en los Entes Públicos los cuales tienen a su cargo la implementación de acciones para generar y fortalecer una cultura de integridad gubernamental, de acuerdo a lo definido en los Lineamientos Generales para la integración y funcionamiento de los Comités de Ética, numeral 2 fracción V.

Compromisos del servicio público: Aquellos señalados en el artículo 18, fracciones I a la VIII del Código de Ética de la Administración Pública Federal.

Conflicto de intereses: La posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas, en razón de intereses personales, familiares o de negocios.

Corrupción: Es el abuso de posición de poder, público o privado, con el objeto de generar un beneficio a costa del bienestar colectivo o individual, en términos del segundo párrafo del numeral 5 del Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024.

Derechos Humanos: Conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad, y se definen como intrínsecos a toda persona por el mero hecho de pertenecer al género humano Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos, promovidos, respetados, protegidos y garantizados por el Estado, de acuerdo a sus atribuciones.

Dignidad: Comprende a la persona como titular de derechos y a no ser objeto de violencia o arbitrariedades por parte de las instituciones de gobierno, de modo que todas las personas servidoras públicas se encuentran obligadas en todo momento a respetar su autonomía, a considerarla y tratarla como fin de su actuación, garantizando que no sea afectado el núcleo de sus derechos.

Discriminación: Es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objetivo obstaculizar, disminuir o impedir los derechos de cualquier persona, cuando ello se base en uno o más de los motivos que establece la fracción II del artículo 5 del Código de Ética de la Administración Pública Federal.

Encuesta de Clima y Cultura Organizacional (ECCO): es una encuesta de percepción, que se contesta de manera anónima, desde cualquier equipo de cómputo o dispositivo móvil con conexión a internet de manera anual, numeral 59 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las Materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.

Ética Pública: Conjunto de principios, valores, compromisos del servicio público y reglas de integridad orientados al interés público, conforme a los cuales deben actuar todas las personas adscritas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, sin importar su nivel jerárquico, en aras de aspirar a la excelencia en el servicio público que logre contar con la confianza de la sociedad.

Hostigamiento sexual: Es una forma de violencia de carácter sexual en la cual hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quién la realiza y tiene lugar en una relación de subordinación jerárquica real de la víctima frente a la persona agresora. Es expresada en conductas verbales o, de hecho, físicas o visuales, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Igualdad: Es un derecho humano universal protegido por diferentes instrumentos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y en concordancia con la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), va de la mano con el principio de la no discriminación y dicha igualdad sólo será posible en la medida en que se erradique la discriminación contra las mujeres. Implica el derecho a la no discriminación, y que se dé un trato idéntico o diferenciado a mujeres y hombres en función de sus diferencias biológicas y de las desigualdades históricas que ha habido entre unas y otros. Asimismo, para garantizar el derecho a la igualdad, los Estados están

obligados a instrumentar acciones específicas para eliminar la discriminación de género.

Igualdad de Género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.

Interés público: Es el deber de las personas servidoras públicas de buscar en toda decisión y acción, la prevalencia de la justicia y el bienestar de la sociedad, por lo que cualquier determinación u omisión es de importancia y trascendencia para el ejercicio de una debida administración pública.

Juicio ético: El ejercicio individual de ponderación de principios y valores que lleve a cabo cada persona servidora pública, previo a la toma de decisiones y acciones vinculadas con el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

Lenguaje incluyente y no sexista: Comunicación verbal y escrita que tiene por finalidad visibilizar a las mujeres para equilibrar las asimetrías de género, así como valorar la diversidad que compone nuestra sociedad haciendo visibles a las personas y grupos históricamente discriminados.

Lineamientos Generales: Lineamientos Generales para la integración y funcionamiento de los Comités de Ética, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2020.

OIC: El Órgano Interno de Control Especializado en la SEMARNAT.

Personas servidoras públicas: Aquellas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos del ámbito federal, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Principios constitucionales y legales del servicio público: Aquellos que rigen la actuación de las personas servidoras públicas previstos en la fracción III, del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como, en los artículos 4 a 12 del Código de Ética de la Administración Pública Federal para un adecuado ejercicio del servicio público

Recursos públicos: Conjunto de ingresos financieros y materiales de los que disponen las dependencias y entidades para el cumplimiento de sus objetivos.

Reglas de Integridad: Aquellas señaladas en el artículo 19, fracciones I a la XI del Código de Ética de la Administración Pública Federal.

Riesgo ético: Situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad y que deberán ser identificados a partir del diagnóstico que realicen, las dependencias, entidades o empresas productivas del Estado, en términos de lo ordenado por el artículo 15 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

SFP: Secretaría de la Función Pública.

UCMAPF: Unidad de Control y Mejora de la Administración Pública Federal.

Valores del servicio público: Los señalados en los artículos 13 al 17 del Código de Ética de la Administración Pública Federal.

Violencia contra las mujeres: cualquier acción u omisión, basado en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.

Violencia de género: La violencia, es toda conducta o amenaza que se realiza de manera consiente y que causa daño físico, psicológico, sexual o económico. Se conoce como violencia de género al maltrato que ejerce un sexo hacia el otro, que puede ser de hombre hacia la mujer o viceversa.

Violencia laboral: Conjunto de prácticas discriminatorias en el ámbito laboral, entre las que se encuentran la discriminación salarial, la segregación ocupacional, el acoso laboral, el acoso y el hostigamiento sexuales, la exigencia del examen de no gravidez, el despido por embarazo y cualquier tipo de maltrato psíquico, social y físico. Es ejercida por personas que tienen un vínculo laboral, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto u omisión, en abuso de poder que daña la autoestima, la salud, la integridad, la libertad y la seguridad de la víctima, impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.

D) MISIÓN Y VISIÓN DE LA SEMARNAT

MISIÓN
 

Incorporar en los diferentes ámbitos de la sociedad y de la función pública, criterios e instrumentos que aseguren la óptima protección, conservación y aprovechamiento de los recursos naturales del país, conformando así una política ambiental integral e incluyente que permita alcanzar el desarrollo sustentable.

Para cumplir con lo anterior, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sus dos Subsecretarías y los diversos Órganos Desconcentrados y Descentralizados que forman parte del Sector Ambiental Federal, trabajan en cuatro aspectos prioritarios:

-      La conservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad.

-      La prevención y control de la contaminación.

-      La gestión integral de los recursos hídricos.

-      El combate al cambio climático.


Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:  https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5717981&fecha=26/02/2024#gsc.tab=0

Fecha de noticia