ACUERDO que modifica los diversos por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades y por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
DOF: 28/04/2025
ACUERDO que modifica los diversos por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades y por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 26, fracción XIII, 37, fracción XXXIX, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 2, apartados B y C, 4, 6, fracciones XV y XXI, 9, fracción XII, 34, 76 y 77, párrafos tercero y quinto, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y
CONSIDERANDO
Que los órganos internos de control en los entes públicos federales son los encargados de prevenir, detectar y sancionar posibles irregularidades o actos de corrupción, así como vigilar que las atribuciones y funciones que realicen los entes públicos federales correspondientes se realicen de acuerdo con la normativa aplicable;
Que el artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que los escritos dirigidos a la Administración Pública Federal deben presentarse directamente en sus oficinas autorizadas para tales efectos;
Que el 16 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades (Acuerdo) que, entre otros supuestos, incluye el domicilio de los referidos órganos y unidades, así como los de sus oficinas de representación;
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia y que podrán delegarse para la mejor organización del trabajo, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas por dichos titulares;
Que el artículo 6, fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno establece que la persona titular de la dependencia podrá delegar sus atribuciones a las unidades administrativas de dicha Secretaría, mediante acuerdos que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación;
Que el 16 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades que se indican, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los objetivos de esta dependencia y mejorar la eficiencia en el desarrollo de las funciones a su cargo, y
Que, para permitir que los ciudadanos tengan un punto de contacto claro y directo con los órganos internos de control en los entes públicos de la Administración Pública Federal, así como para facilitar el cumplimiento de los objetivos de esta dependencia y mejorar la eficiencia en el desarrollo de las funciones a su cargo, resulta necesario mantener actualizado el Acuerdo y delegar facultades en los servidores públicos de las unidades administrativas adscritas a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, he tenido a bien emitir el siguiente
ACUERDO QUE MODIFICA LOS DIVERSOS POR EL QUE SE DETERMINA LA ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL Y UNIDADES DE RESPONSABILIDADES Y POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA
ANTICORRUPCIÓN Y BUEN GOBIERNO DELEGA LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
Primero. Se reforman los artículos 1, fracciones IV, inciso b), VII, inciso c), VIII, inciso a), numeral iv), XVII, inciso b), XVIII, inciso b) numerales ii) y vii), LXII, LXX, LXXV, LXXXII, LXXXVIII y XCIII; 2; 3, fracciones III y IV y, 4, fracciones VIII, párrafo primero, XII, inciso b), XIII, inciso a), XVI, incisos d) y j), XVII, incisos p) e y), XX, párrafo primero, XXI, inciso c), XXII, XLIV, LXI, LXII, LXVI, LXVII, LXX, LXXV, LXXXII, LXXXVII, LXXXVIII, XCII y XCIII; se adicionan los artículos 1, con los párrafos segundo y tercero, pasando el actual párrafo segundo a ser párrafo cuarto, y se derogan los artículos 1, fracciones VIII, inciso b), numerales ii) al iv), y LII y 4, fracciones LII y CI, del Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades, publicado el 16 de enero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
"Artículo 1. ...
I. a III. ...
IV. ...
a) ...
b) Instituto de Mexicanas y Mexicanos en el Exterior, y
c) ...
V. a VI. ...
VII. ...
a) y b) ...
c) Prevención y Reinserción Social;
d) y e) ...
VIII. ...
a) ...
i) a iii) ...
iv) Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura, con competencia en el propio fondo y en los entes públicos siguientes:
1. Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras;
2. Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios, y
3. Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, y
v) ...
b) ...
i) ...
ii) Derogada.
iii) Derogada.
iv) Derogada.
v) y vi) ...
IX. a XVI. ...
XVII. ...
a) ...
b) Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en la Universidad Nacional Rosario Castellanos;
XVIII. ...
a) ...
b) ...
i) ...
ii) Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva;
iii) a vi) ...
vii) Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis;
viii) a xii) ...
XIX. a LI. ...
LII. Derogada.
LIII. a LXI. ...
LXII. Órgano Interno de Control en el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente, en las empresas, encargos y mandatos a cargo de dicho Instituto, así como en las instituciones públicas en las que el propio ente actúe como liquidador único del Gobierno Federal;
LXIII. a LXIX. ...
LXX. Órgano Interno de Control en Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente y en Liconsa, S.A. de C.V.
LXXI. a LXXIV. ...
LXXV. Órgano Interno de Control en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente y en Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México, S.A. de C.V.;
LXXVI. a LXXXI. ...
LXXXII. Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Energía, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXIII. a LXXXVII. ...
LXXXVIII. Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente. Este órgano cuenta con las oficinas regionales siguientes:
a) Oficina Regional número 1, con competencia en los estados de Baja California, Baja California Sur, Sinaloa y Sonora;
b) Oficina Regional número 2, con competencia en los estados de Chihuahua y Durango;
c) Oficina Regional número 3, con competencia en los estados de Coahuila de Zaragoza, Nuevo León y Tamaulipas; así como en los municipios de El Higo, Pánuco, Pueblo Viejo, Tampico Alto y Tempoal del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
d) Oficina Regional número 4, con competencia en los estados de Aguascalientes, San Luis Potosí y Zacatecas;
e) Oficina Regional número 5, con competencia en los estados de Jalisco y Nayarit;
f) Oficina Regional número 6, con competencia en los estados de Guanajuato y Querétaro;
g) Oficina Regional número 7, con competencia en los estados de Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz de Ignacio de la Llave; con excepción de los municipios de El Higo, Pánuco, Pueblo Viejo, Tampico Alto y Tempoal del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
h) Oficina Regional número 8, con competencia en los estados de Guerrero, Colima y Michoacán de Ocampo;
i) Oficina Regional número 9, con competencia en los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán;
j) Oficina Regional número 10, con competencia en el estado de México;
k) Oficina Regional número 11, con competencia en el territorio previsto en el artículo 155, fracciones XII y XXXIV del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en las Unidades Médicas de Alta Especialidad Hospital General "Dr. Gaudencio González Garza" No. 24 del CMN la Raza, Hospital de Especialidades "Dr. Antonio Fraga Mouret" No. 01 del CMN la Raza, Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 "Dr. Víctor Manuel Espinosa de los Reyes Sánchez" CMN la Raza y Hospital de Traumatología y Ortopedia No. 15 "Dr. Victorio de la Fuente Narváez" Magdalena de la Salinas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, y
l) Oficina Regional número 12, con competencia en el territorio previsto en el artículo 155, fracciones XVII y XXXV del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en las Unidades Médicas de Alta Especialidad Hospital de Cardiología No. 21 del CMN Siglo XXI, Hospital de Pediatría "Dr. Silvestre Frenk Freund" No. 19 del CMN Siglo XXI, Hospital de Oncología No. 25 del CMN Siglo XXI, Hospital de Especialidades "Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez" No. 2 del CMN Siglo XXI y Hospital de Gineco-Obstetricia No. 4 "Luis Castelazo Ayala Ciudad de México", del Instituto Mexicano del Seguro Social.
LXXXIX. a XCII. ...
XCIII. Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente y en el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado y en las oficinas regionales siguientes:
a) Oficina Regional número 1, con competencia en los estados de Baja California y Sonora;
b) Oficina Regional número 2, con competencia en los estados de Chihuahua, Coahuila de Zaragoza y Durango;
c) Oficina Regional número 3, con competencia en los estados de México y Morelos;
d) Oficina Regional número 4, con competencia en los estados de Jalisco, Nayarit, Colima y Aguascalientes;
e) Oficina Regional número 5, con competencia en los estados de Michoacán de Ocampo, Guanajuato, Guerrero y Querétaro;
f) Oficina Regional número 6, con competencia en los estados de Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí y Zacatecas;
g) Oficina Regional número 7, con competencia en los estados de Sinaloa y Baja California Sur;
h) Oficina Regional número 8, con competencia en los estados de Tabasco, Oaxaca y Chiapas;
i) Oficina Regional número 9, con competencia en los estados de Veracruz de Ignacio de la Llave, Hidalgo, Tlaxcala y Puebla;
j) Oficina Regional número 10, con competencia en los estados de Yucatán, Campeche y Quintana Roo;
k) Oficina Regional número 11, con competencia en las demarcaciones territoriales de Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo, Iztapalapa y Venustiano Carranza de la Ciudad de México, y
l) Oficina Regional número 12, con competencia en las demarcaciones territoriales de Álvaro Obregón, Benito Juárez, Coyoacán, Iztacalco, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac, Xochimilco, Magdalena Contreras, Azcapotzalco y Cuajimalpa de Morelos de la Ciudad de México.
XCIV. a XCVIII. ...
Tratándose de órganos administrativos desconcentrados o entidades paraestatales no previstos en el presente artículo, se entenderá que el órgano interno de control en la dependencia a la que se encuentren adscritos o sectorizados, según sea el caso, tendrá competencia respecto de aquellos y en el caso de las entidades paraestatales no sectorizadas será competente el órgano interno de control en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En caso de que las entidades paraestatales u órganos administrativos desconcentrados, sin órgano interno de control propio, previstos en este artículo se resectoricen o se adscriban a otra dependencia de la Administración Pública Federal, la competencia respecto de los mismos corresponderá al órgano interno de control en la nueva coordinadora de sector o en la dependencia de nueva adscripción, según corresponda. Si dichas entidades u órganos cuentan con oficina de representación ésta quedará adscrita al órgano interno de control que adquiera la competencia.
...
Artículo 2. Se crean las unidades de responsabilidades que a continuación se indican:
I. Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, con competencia en la propia empresa pública del Estado.
II. Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos, con competencia en la propia empresa pública del Estado.
Artículo 3. ...
I. y II. ...
III. La Unidad de Vigilancia 3, los previstos en el artículo 1, fracciones III, IV, VII, VIII, XVII, XXIV, XXVI, XLVII, XLVIII, XLIX, LI, LIII, LIV, LVII, LIX, LXII, LXIV, LXVI, LXVII, LXIX, LXXI, LXXIV, XCVI y XCVII, de este Acuerdo, y
IV. La Unidad de Vigilancia 4, los previstos en los artículos 1, fracciones X, XI, XIII, XXI, XXII, XXIII, L, LV, LVI, LXI, LXIII, LXX, LXXVIII, LXXXII, LXXXVI, XC, y 2, de este Acuerdo.
...
Artículo 4. ...
I. a VII. ...
VIII. Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el ubicado en Calzada de la Virgen número 2799, Edificio C, piso 1, CTM Culhuacán, C.P. 04480, Coyoacán, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a) a e) ...
IX. a XI. ...
XII. ...
a) ...
b) De la Oficina de Representación en el Fideicomiso de Fomento Minero, el ubicado en Avenida Puente de Tecamachalco número 26, tercer piso, Lomas de Chapultepec I Sección, C.P. 11000, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
c) y d) ...
XIII. ...
a) De la Oficina de Representación en el Colegio de Postgraduados, el ubicado en Carretera México-Texcoco Km. 36.5, tercer piso del Edificio Francisco Merino Rábago, C.P. 56264, Montecillo, Texcoco, Estado de México;
b) a f) ...
XIV. y XV. ...
XVI. ...
a) a c) ...
d) De la Oficina de Representación en la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional, el ubicado en Tres guerras número 27, esquina Manuel Tolsá, Edificio C, piso 1, Centro, C.P. 06040, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
e) a i) ...
j) De la Oficina de Representación en el Fondo de Cultura Económica, el ubicado en Carretera Picacho Ajusco número 227, Mezzanine, Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Tlalpan, Ciudad de México;
k) a p) ...
XVII. ...
a) a o) ...
p) De la Oficina de Representación en el CIATEQ, A.C. "Centro de Tecnología Avanzada", el ubicado en San Agustín del Retablo número 150, Constituyentes FOVISSSTE, C.P. 76150, Santiago de Querétaro, Querétaro;
q) a x) ...
y) De la Oficina de Representación en el Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C., el ubicado en calle Camino a la Presa San José número 2055, Lomas 4ta Sección, C.P. 78216, Lomas Cuarta Sección, San Luis Potosí, San Luis Potosí;
XVIII. y XIX. ...
XX. Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el ubicado en Poniente 81, número 37, Cove, C.P. 01120, Álvaro Obregón, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a) a c) ...
XXI. Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Cultura, el ubicado en Paseo de la Reforma número 175, piso 15, Cuauhtémoc, C.P. 06500, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a) y b) ...
c) De la Oficina de Representación en el Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, el ubicado en Iturbide número 36, tercer piso, esquina Artículo 123, Centro, C.P. 06040, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
d) a g) ...
XXII. Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Turismo, el ubicado en Schiller número 138, Piso 1, Chapultepec Morales, C.P. 11560, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
XXIII. a XLIII. ...
XLIV. Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Tuxpan, S.A. de C.V., el ubicado en Carretera a La Barra Norte Km. 6.5, Ejido La Calzada, C.P. 92880, Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave;
XLV. a LI. ...
LII. Derogada.
LIII. a LX. ...
LXI. Del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Petróleo, el ubicado en Eje Central Lázaro Cárdenas Norte número 152, Edificio 19B, piso 1, San Bartolo Atepehuacan, C.P. 07730, Gustavo A. Madero, Ciudad de México;
LXII. Del Órgano Interno de Control en el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, el ubicado en Calle Europa número 34, planta baja, Los Reyes, C.P. 04330, Coyoacán, Ciudad de México;
LXIII. a LXV. ...
LXVI. Del Órgano Interno de Control en la Lotería Nacional, el ubicado en Insurgentes Sur número 1397, piso 8, Insurgentes Mixcoac, C.P. 03920, Benito Juárez, Ciudad de México;
LXVII. Del Órgano Interno de Control en Nacional Financiera, S.N.C., el ubicado en Insurgentes Sur número 1971, Torre IV, piso 9, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México, y tratándose de su Oficina de Representación en el Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., el ubicado en Periférico Sur número 4333, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Tlalpan, Ciudad de México;
LXVIII. y LXIX. ...
LXX. Del Órgano Interno de Control en Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., el ubicado en Insurgentes Sur número 3483, Villa Olímpica, Miguel Hidalgo, C.P. 14020, Tlalpan, Ciudad de México;
LXXI. a LXXIV. ...
LXXV. Del Órgano Interno de Control en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V., el ubicado en Avenida Capitán Carlos León sin número, Oficinas 91, 94 y 96 del Mezzanine, Peñón de los Baños, C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
LXXVI. a LXXXI. ...
LXXXII. Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Energía, el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 172, Merced Gómez, C.P. 03930, Benito Juárez, Ciudad de México;
LXXXIII. a LXXXVI. ...
LXXXVII. Del Órgano Interno de Control en el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., el ubicado en Avenida Capitán Carlos León, sin número, Colonia Peñón de los Baños (acceso por Boulevard Puerto Aéreo Edificio Grupo Aeroportuario Marina, piso 1), C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
LXXXVIII. Del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, el ubicado en Av. Revolución número 1586, San Ángel, C.P. 01000, Álvaro Obregón, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas regionales:
a) De la Oficina Regional número 1, el ubicado en Calzada Cuauhtémoc No. 300, Aviación, C.P. 1230, Mexicali, Baja California;
b) De la Oficina Regional número 2, el ubicado en Av. Universidad No. 1105, esquina con calle José María, San Felipe Viejo, C.P.31203, Chihuahua, Chihuahua;
c) De la Oficina Regional número 3, el ubicado en Calle Gregorio Torres Quevedo Oriente No 1950, Zona Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León;
d) De la Oficina Regional número 4, el ubicado en Alameda No. 704 1er. Piso, Del Trabajo, C.P. 20180, Aguascalientes, Aguascalientes;
e) De la Oficina Regional número 5, el ubicado en Belisario Domínguez No. 1000, Independencia Oriente, C.P. 44340, Guadalajara, Jalisco;
f) De la Oficina Regional número 6, el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos S/N, esquina Insurgentes, Los Paraísos, C.P. 37320, León, Guanajuato;
g) De la Oficina Regional número 7, el ubicado en Calle 11 Poniente Número 1905, Barrio de Santiago, C. P. 72410, Puebla, Puebla;
h) De la Oficina Regional número 8, el ubicado en Av. Francisco I Madero Poniente No. 1200, Centro, C.P. 58000, Morelia, Michoacán de Ocampo;
i) De la Oficina Regional número 9, el ubicado en Calle 60 No. 432- Letra A X Av. 7 Calle 13, Residencial Pensiones, C.P. 97217, Mérida, Yucatán;
j) De la Oficina Regional número 10, el ubicado en Recursos Hidráulicos No. 2, La Loma, C.P. 54070, Tlalnepantla de Baz, Estado de México;
k) De la Oficina Regional número 11, el ubicado en Av. Hidalgo No. 23-2o. piso, Centro, C.P. 06300, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y
l) De la Oficina Regional número 12, el ubicado en Calzada de la Viga 1174, 2o. piso, El Triunfo, C.P. 019430, Iztapalapa, Ciudad de México;
LXXXIX. a XCI. ...
XCII. Del Órgano Interno de Control en el Instituto Politécnico Nacional, el ubicado en Miguel Othón de Mendizábal sin número, Esquina C/ Miguel Bernard, Edificio de la Coordinación General de Planeación e Información Institucional, Planta Baja, Residencial la Escalera, C.P. 07738, Gustavo A. Madero, Ciudad de México;
XCIII. Del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el ubicado en Av. Revolución número 642, San Pedro de los Pinos, C.P. 03800, Benito Juárez, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas regionales:
a) De la Oficina Regional número 1, el ubicado en Calzada CETYS No. 2799-C, Ribera, C.P. 21259, Mexicali, Baja California;
b) De la Oficina Regional número 2, el ubicado en Parque Industrial "Las Américas", Av. Washington No. 3701, Edif. 13. Cruce de Avenida la Cantera y Periférico de la Juventud, C.P. 31200, Chihuahua, Chihuahua;
c) De la Oficina Regional número 3, el ubicado en Av. Independencia Oriente No. 1808, esquina Calle Robert Fulton, Zona Industrial, C.P. 50071, Toluca, Estado de México;
d) De la Oficina Regional número 4, el ubicado en Palacio Federal, Av. Alcalde No. 500 Entre Piso, Centro Barranquitas, C.P. 44280, Guadalajara, Jalisco;
e) De la Oficina Regional número 5, el ubicado en Av. Héroes de Nocupétaro No. 823, esquina Av. Guadalupe Victoria, Centro, C.P. 58000, Morelia, Michoacán de Ocampo;
f) De la Oficina Regional número 6, el ubicado en Degollado Sur 734-a, 2o. Piso, Obispado, C.P. 64060, Monterrey, Nuevo León;
g) De la Oficina Regional número 7, el ubicado en Boulevard Rotarismo No. 1733, 1er Piso. Desarrollo Urbano Tres Ríos, C.P. 80000, Culiacán, Sinaloa;
h) De la Oficina Regional número 8, el ubicado en Av. Gregorio Méndez No. 722, Centro, C.P. 86000, Villahermosa, Tabasco;
i) De la Oficina Regional número 9, el ubicado en Av. Xalapa, No. 205, Unidad del Bosque, C.P. 91010, Xalapa, Veracruz Ignacio de la Llave;
j) De la Oficina Regional número 10, el ubicado en Calle 14 No. 100 Letra "M", por 21 5ª San Pablo, Itzimna, C.P. 97100, Mérida, Yucatán;
k) De la Oficina Regional número 11, el ubicado en Av. Revolución No. 642, San Pedro de los Pinos, C.P. 03800, Benito Juárez, Ciudad de México, y
l) De la Oficina Regional número 12, el ubicado en Av. Revolución No. 642, San Pedro de los Pinos, C.P. 03800, Benito Juárez, Ciudad de México;
XCIV. a C. ...
CI. Derogada."
Segundo. Se adiciona el artículo Tercero Bis al Acuerdo por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades que se indican, publicado el 16 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
"Tercero Bis. Se delegan las facultades que se indican a las personas siguientes:
I. En la persona titular del Área de Auditoría de Servicios Médicos del Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social, las atribuciones previstas en los artículos 72 y 73, fracciones II, III, IV, VI, VII, VIII y X, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y
II. En las personas titulares de las oficinas regionales a que se refiere el artículo 1, fracciones LXXXVIII y XCIII del Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades, las previstas en los artículos 72, 73, fracciones II, III, IV, VI, VII, VIII y X, y 74, fracciones I, II, III, IV, VI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XIX y XX, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno."
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las personas titulares de las áreas de denuncias e investigaciones y de responsabilidades de la Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos son competentes para conocer y resolver los asuntos que, a la entrada en vigor de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, se encontraban en trámite ante las Delegaciones en Pemex Transformación Industrial, Pemex Transformación y Producción y Pemex Logística.
Las áreas de denuncias e investigaciones de las delegaciones a que se refiere el párrafo anterior se integran al área de denuncias e investigaciones de la Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos. Las áreas de responsabilidades de dichas delegaciones se integran al área de responsabilidades de la referida Unidad.
Tercero. Los asuntos relativos a las empresas subsidiarias de la Comisión Federal de Electricidad CFE Distribución, CFE Generación I, CFE Generación II, CFE Generación III, CFE Generación IV, CFE Generación V, CFE Generación VI, CFE Suministrador de Servicios Básicos, CFE Telecomunicaciones e Internet para todos, y CFE Transmisión, que antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo se encontraban en trámite en la Unidad de Responsabilidades en Comisión Federal de Electricidad se tramitarán y resolverán hasta su conclusión por dicha Unidad.
Cuarto. Los asuntos relativos a Seguridad Alimentaria Mexicana, Liconsa, S.A. de C.V. y Diconsa, S.A. de C.V., que antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo se encontraban en trámite en el Órgano Interno de Control en Seguridad Alimentaria Mexicana, se tramitarán y resolverán hasta su conclusión por el Órgano Interno de Control en Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.
Quinto. El Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Energía inicia funciones el 16 de junio de 2025.
Los asuntos relativos a la Comisión Reguladora de Energía y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos que, a la entrada en vigor del presente acuerdo se encontraban en trámite en los órganos internos de control en dichas comisiones, así como las denuncias que se presenten antes de la fecha señalada en el párrafo anterior, se tramitarán y resolverán hasta su conclusión por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Energía y sus respectivas áreas de Denuncias e Investigaciones y de Responsabilidades; asimismo, antes de la citada fecha, dicho Órgano Interno de Control participará en las actas de entrega recepción y brindará la orientación y apoyo que se requiera en materia de declaraciones patrimoniales.
El Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Energía es competente para conocer y resolver de los hechos u omisiones previos a la entrada en vigor de este acuerdo relativos a las entonces Comisión Reguladora de Energía y Comisión Nacional de Hidrocarburos, que no se encuentren comprendidos en el párrafo anterior, por lo que podrá realizar los actos de fiscalización y atender las denuncias correspondientes, así como iniciar los procedimientos de responsabilidades que procedan.
Ciudad de México, a 23 de abril de 2025.- La Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.