ACUERDO mediante el cual se da a conocer la modalidad digital para la expedición de la Constancia de Antecedentes Penales Federales por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinse

SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA

DOF: 09/06/2025

ACUERDO mediante el cual se da a conocer la modalidad digital para la expedición de la Constancia de Antecedentes Penales Federales por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Prevención y Reinserción Social.

Omar Reyes Colmenares, Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción IV de la Ley Nacional de Ejecución Penal; 1, 3, apartado C, fracción IV, 46 fracción XIV, 53 y 54 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 8, 10, 19, fracción XIX, 20, fracción XVII, del Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, y

CONSIDERANDO
 

Que de conformidad con el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Sistema Penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte;

Que en términos del artículo 3, fracción I de la Ley Nacional de Ejecución Penal, la autoridad penitenciaria depende del Poder Ejecutivo Federal o de las entidades federativas encargada de operar el Sistema Penitenciario;

Que el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, es la Institución encargada de organizar y administrar los Centros Federales de Reinserción Social, para personas privadas de su libertad, procesadas y en ejecución de sentencias;

Que el diecisiete de julio de dos mil veintitrés, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el ACUERDO mediante el cual se da a conocer la modalidad digital para la expedición de la Constancia de Antecedentes Penales Federales por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social.

Que derivado de la reforma al Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2024, resulta necesario adecuar la normativa que rige a este desconcentrado, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODALIDAD DIGITAL PARA LA
EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE ANTECEDENTES PENALES FEDERALES POR LA SECRETARÍA
DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA A TRAVÉS DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO
DESCONCENTRADO PREVENCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL
 

PRIMERO. El presente Acuerdo tiene como finalidad, dar a conocer a la ciudadanía la modalidad digital para la expedición y obtención de la Constancia de Antecedentes Penales Federales, misma que podrá solicitarse a través de la plataforma digital disponible en la siguiente dirección electrónica: https://constancias.oadprs.gob.mx/.

SEGUNDO. Para efectos del presente Acuerdo, se entiende por Constancia de Antecedentes Penales Federales aquel documento que contiene los datos y registros de personas que han sido sentenciadas a una pena privativa de la libertad, a través de resoluciones o sentencias, dictadas por autoridades judiciales del fuero federal competentes.

TERCERO. De conformidad con el artículo 27 fracción IV, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, la Constancia relativa a los Antecedentes Penales Federales sólo se podrá extender en los siguientes supuestos:

a)    Cuando la soliciten las autoridades administrativas y judiciales competentes, para fines de investigación criminal, procesales o por requerimiento de autoridad judicial;

b)    Cuando sea solicitada por ser necesaria para ejercitar un derecho o cumplir un deber legalmente previsto;

c)    En los casos específicos en los que la normatividad lo establezca como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien para el ingreso a instituciones de seguridad pública o privada, así como cuando por la naturaleza del empleo o por razones de interés público se considere exigible;

d)    Cuando sea solicitada por una embajada o consulado extranjero en México, o bien, a través de una embajada o consulado de México en el extranjero.

CUARTO. Para solicitar la Constancia Digital de Antecedentes Penales Federales, a través de la plataforma digital, la persona interesada deberá realizar los siguientes pasos:

1.     Deberá ingresar a la página https://constancias.oadprs.gob.mx/;

2.     Ingresar CURP a 18 caracteres;

3.     Validar los datos de identificación que aparezcan en pantalla, en caso de homonimias adjuntar acta de nacimiento e identificación oficial en formato PDF;

4.     Llenar los espacios correspondientes a correo electrónico, así como los motivos de solicitud de la Constancia Digital de Antecedentes Penales Federales;

5.     Realizar pago en línea o a través de línea de captura para pago en ventanilla bancaria, y

6.     Una vez realizado el pago, el tiempo de emisión de la constancia dependerá de que se vea reflejado en el sistema, y de no contar con homonimias podrá recibir el enlace para la descarga de la misma en un lapso aproximado de 72 horas.

QUINTO. La Constancia Digital de Antecedentes Penales Federales, no tendrá vigencia específica.

SEXTO. La plataforma estará disponible las 24 horas, los 365 días del año.

SÉPTIMO. El costo por la expedición de la Constancia de Antecedentes Penales Federales se fijará conforme a lo establecido en el artículo 5o. de la Ley Federal de Derechos y se actualizará anualmente dentro de la Miscelánea Fiscal del ejercicio fiscal correspondiente.

OCTAVO. En caso de adjuntar documentos sin vigencia, o que sean distintos a los solicitados, o de omitir el adjuntar alguno de estos últimos, su trámite será cancelado sin devolución del importe pagado.

NOVENO. La vigencia del enlace para la descarga de la constancia será de treinta días naturales.

DÉCIMO. El enlace para la descarga de la constancia será enviado al correo registrado durante el trámite por una sola ocasión.

TRANSITORIOS
 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo, deja sin efectos el emitido con fecha diecisiete de julio de dos mil veintitrés.

Dado en la Ciudad de México, a los 23 días del mes de mayo de 2025.- Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, Omar Reyes Colmenares.- Rúbrica.


 

Tipo de documento
Fecha de noticia