ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación integral a las Normas para la Operación y Funcionamiento del Sistema de Control Interno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES
DOF: 02/01/2023
ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación integral a las Normas para la Operación y Funcionamiento del Sistema de Control Interno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
ACUERDO ACT-PUB/14/12/2022.09
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN INTEGRAL A LAS NORMAS PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6º, Apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XIII, 8, fracción I y 41, fracción XI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 89, fracción XXXVII de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 4, fracción VIII, 17, 21, fracción XX, 29, fracción I y 31, fracción XII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, 5, fracciones I, II y III, 6, 8, 12, fracciones I, XXXIV y XXXV, 16, fracción VI, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y en atención a las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI o Instituto) es un organismo constitucional autónomo responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
2. Que el INAI es un organismo constitucional autónomo que está dotado de cláusulas habilitantes para establecer normatividad con base en la cual ejercer sus funciones, conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en especial los que derivan de la Controversia Constitucional 117/2014.
3. Que mediante acuerdo del Pleno identificado con el número ACT-EXT-PUB/06/12/2017.03 del 6 de diciembre de 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 13 de febrero de 2018, se modificó el Estatuto Orgánico del Instituto y entre otros puntos, se creó la Oficina de Control Interno. Asimismo, se modificó la estructura orgánica institucional mediante acuerdo del Pleno con número ACT-EXT-PUB/06/12/2017.04 del 6 de diciembre de 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 13 de febrero de 2018.
4. Que es indispensable para las entidades públicas contar con un marco de control interno, con observancia a las mejores prácticas en la materia, el cual debe estar diseñado y funcionando de tal manera que fortalezca la capacidad para conducir las actividades hacia el logro de la misión e impulse la prevención y administración de eventos contrarios al logro eficaz de objetivos estratégicos.
5. Que el 25 de septiembre de 2019, el Pleno del INAI aprobó el acuerdo identificado con el número ACT-PUB/25/09/2019.08, mediante el cual se aprobaron y expidieron las Normas para la Operación y Funcionamiento del Sistema de Control Interno del Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Normas o NOFSCI) publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2019.
6. Que dentro del objeto de las Normas se encuentra el establecer los principios, bases, mecanismos y procedimientos de control interno y del Sistema de Control Interno; regular la implementación, fortalecimiento, coordinación, seguimiento y supervisión del Sistema de Control Interno del INAI que permita asegurar razonablemente el logro de los objetivos y metas institucionales; establecer la integración e interacción de los componentes del Sistema de Control Interno y determinar las instancias responsables de la operación del Sistema de Control Interno institucional y sus funciones respecto de la materia de control interno.
7. Que dentro de la competencia del Grupo Ejecutivo Técnico-Especializado, se encuentra la de ser la instancia colegiada de seguimiento de las funciones de control interno del INAI, cuyo objetivo principal consiste en proporcionar elementos que permitan tener un adecuado conocimiento de la situación que guarda el control interno y la administración de riesgos, para contar con un Sistema de Control Interno sólido.
8. Que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) realizó al INAI, la auditoría combinada de Cumplimiento y Desempeño 2020: 2020-0-44100-21-0111-2021 111-GB, cuyo objetivo fue "Fiscalizar la razonabilidad del diseño e implementación del Sistema de Control Interno Institucional del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y de los elementos de Gobernanza ejecutados por sus Órganos de Gobierno, a fin de verificar que de manera conjunta y sistemática y mediante la participación de las unidades que integran sus órganos de dirección, técnicos y administrativos desarrollo de manera eficiente, eficaz y económica las atribuciones conferidas para garantizar el cumplimiento de los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales, la eficacia del control interno y la administración de los riesgos, el fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas, el desempeño institucional, la salvaguarda de los activos, la vigencia del marco jurídico y normativo y, la confiabilidad, veracidad y oportunidad de la información para, en su caso, sugerir estrategias que contribuyan a la mejora del desempeño del organismo constitucional autónomo".
9. Que el Informe Individual que emitió la ASF en relación con la revisión del control interno y gobernanza del INAI, contempla resultados y recomendaciones relativas a la modificación de las Normas.
10. Que en la Tercera Sesión Ordinaria del Grupo Ejecutivo Técnico-Especializado, realizada el 04 de noviembre de 2022, mediante el acuerdo identificado con el número ACUERDO SCI-GETE-25-ORD-2022 se aprobó por unanimidad, el proyecto de modificación integral a las NOFSCI.
11. Que lo anterior, permitirá cumplir con los procedimientos de Control Interno y del Sistema de Control Interno del Instituto, contribuyendo a garantizar razonablemente el logro de sus metas y objetivos, lo que repercute positivamente en la imagen del INAI, como un organismo capaz de garantizar los derechos humanos de acceso a la información y la protección de los datos personales de la sociedad.
Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de Derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la modificación integral a las Normas para la Operación y Funcionamiento del Sistema de Control Interno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, conforme al documento anexo que forma parte del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de Internet del INAI.
TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para que realice las gestiones necesarias a efecto de que se publique en el Diario Oficial de la Federación el presente Acuerdo.
El presente Acuerdo y su anexo pueden ser consultados en las direcciones electrónicas siguientes:
https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-14-12-2022.09.zip
Contenido del archivo .zip:
ACT-PUB-14-12-2022.09
Anexo Único Acuerdo ACT-PUB-14-12-2022.09 Normas Control Interno
www.dof.gob.mx/2022/INAI/ACT-PUB-14-12-2022-09.zip
CUARTO. Se instruye a la Secretaria Técnica del Pleno que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 45, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.
QUINTO. El presente Acuerdo con las respectivas modificaciones, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordaron, por unanimidad las Comisionadas y los Comisionados del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena, en sesión ordinaria celebrada el 14 de diciembre de dos mil veintidós, ante Ana Yadira Alarcón Márquez, Secretaria Técnica del Pleno.
Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara.- Secretaria Técnica del Pleno, Ana Yadira Alarcón Márquez.
ANA YADIRA ALARCÓN MÁRQUEZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN LO ORDENADO EN EL PUNTO DE ACUERDO CUARTO DEL ACUERDO ACT-PUB/14/12/2022.09 CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/14/12/2022.09, MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 05 FOJAS ÚTILES, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.- MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A CATORCE DE DICIEMBRE DOS MIL VEINTIDÓS.- Rúbrica.