ACUERDO mediante el cual se aprueba la fe de erratas al Manual de Percepciones de las Personas Servidoras Públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal 2023

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES

DOF: 27/03/2023

ACUERDO mediante el cual se aprueba la fe de erratas al Manual de Percepciones de las Personas Servidoras Públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/15/03/2023.08
 

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA FE DE ERRATAS AL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTITRÉS.

Con fundamento en los artículos 6°, apartado A, fracción VIII y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21 y Anexo 23.12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés; 2, fracciones XIII y XV, 5, fracción I, inciso b), 64, y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29, fracción I y 31, fracción XII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I, XIV, XIX, XXXIV, XXXV, 16, fracción VI, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI y 30, fracción I y II del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y conforme a las siguientes:

CONSIDERACIONES
 

1. El veintiocho de febrero de dos mil veintitrés se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Manual de Percepciones de las personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal 2023, aprobado por el Pleno en la sesión ordinaria de fecha 22 de febrero de 2023, mediante Acuerdo ACT-PUB/22/02/2023.11.

2. Sin embargo, el texto de los artículos 58 y 59 de la versión de dicho Manual enviada por la Dirección General de Administración con posterioridad a que fuera aprobado, para su integración y publicación como anexo del Acuerdo ACT-PUB/22/02/2023.11, no corresponde plenamente con el texto de los artículos 58 y 59 que finalmente fueron autorizados en lo particular por el Pleno.

3. En ese sentido, los artículos 58 y 59 de la versión publicada disponen que con objeto de favorecer la adquisición de productos que atiendan las necesidades de salud e higiene íntima de las servidoras públicas del Instituto, se podrá otorgar una ayuda económica durante el ejercicio dos mil veintitrés, mediante un único pago por la cantidad de hasta $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) netos para cada una, siempre que hayan laborado cuando menos seis meses de manera ininterrumpida y se encuentren en servicio activo a la fecha de pago.

4. Pero al momento de la discusión y aprobación del proyecto respectivo, las Comisionadas y los Comisionados autorizaron que dicha ayuda económica pudiera ser hasta por la cantidad de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) netos por cada servidora pública, en los supuestos previstos.

5. Por lo anterior y a fin de poder hacer efectiva la ayuda autorizada en beneficio de las servidoras públicas del Instituto, se hace necesario aprobar e instruir la publicación de la fe de erratas correspondiente, para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 58.- Con objeto de favorecer la adquisición de productos que atiendan las necesidades de salud e higiene íntima de las servidoras públicas del Instituto, se podrá otorgar una ayuda económica durante el ejercicio fiscal dos mil veintitrés, hasta por la cantidad de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) netos por servidora pública, que estará condicionada a la existencia de disponibilidad presupuestal y autorización del Pleno."

"Artículo 59.- Tendrán derecho a la ayuda que se trata en el numeral anterior las servidoras públicas que hayan laborado en el Instituto durante un periodo de al menos seis meses ininterrumpidos anteriores a la fecha de pago y se encuentren en activo en esta fecha. El pago se realizará en dos exhibiciones, la primera el día 8 de marzo de 2023, y la segunda en día 25 de marzo de 2023, cada una hasta por $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) netos por servidora pública."

Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de Derecho que anteceden, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite el siguiente:

ACUERDO
 

PRIMERO. Se aprueba la fe de erratas al Manual de Percepciones de las personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal 2023, aprobado por el Pleno en la sesión ordinaria de fecha 22 de febrero de 2023 mediante Acuerdo ACT-PUB/22/02/2023.11, en los términos expuestos en el numeral 5 de las Consideraciones del presente Acuerdo.

SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de Administración para que dé cumplimiento al presente Acuerdo y, en consecuencia, realice el pago de la prestación denominada "Ayuda para adquisición de productos destinados al cuidado e higiene de las servidoras públicas", en los términos corregidos de los artículos 58 y 59 del Manual de Percepciones de las personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, haciendo extensivo el pago al personal que presta su servicio por honorarios asimilados a salarios.

TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias a efecto de que publique el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

CUARTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de internet del INAI.

QUINTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno que, con fundamento en el artículo 45 fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida certificación del presente Acuerdo para agilizar su cumplimiento.

SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Así lo acordaron, por unanimidad de las Comisionadas y de los Comisionados del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, en sesión ordinaria celebrada el quince de marzo de dos mil veintitrés, ante Evangelina Sales Sánchez, Directora General de Atención al Pleno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 29, fracción XXXVII y 53 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y Décimo Séptimo de los Lineamientos que Regulan las Sesiones de Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en materia de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Sector Público.

Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara.- En suplencia por ausencia de la Secretaria Técnica del Pleno, de conformidad con los artículos 29, fracción XXXVII y 53 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y el lineamiento Décimo Séptimo de los Lineamientos que regulan las sesiones del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en materia de acceso a la información y protección de datos personales del sector público, Directora General de Atención al Pleno, Evangelina Sales Sánchez.

EVANGELINA SALES SÁNCHEZ, EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DE LA SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 29, FRACCIÓN XXXVII; 53 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y DÉCIMO SÉPTIMO DE LOS LINEAMIENTOS QUE REGULAN LAS SESIONES DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL SECTOR PÚBLICO; EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Y SÉPTIMO NUMERAL 21 DE LOS LINEAMIENTOS QUE REGULAN LAS SESIONES DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO LO ORDENADO EN EL PUNTO DE ACUERDO QUINTO, DEL ACUERDO ACT-PUB/15/03/2023.08 CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/15/03/2023.08, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL QUINCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS; MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 04 FOJAS ÚTILES.- MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A QUINCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS.- Rúbrica.


 

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