ACUERDO G/JGA/24/2024 por el que se deja sin efectos la suplencia de Magistrado en la Primera Ponencia de la Sala Regional del Centro III.
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
DOF: 13/06/2024
ACUERDO G/JGA/24/2024 por el que se deja sin efectos la suplencia de Magistrado en la Primera Ponencia de la Sala Regional del Centro III.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/24/2024
SE DEJA SIN EFECTOS LA SUPLENCIA DE MAGISTRADO EN LA PRIMERA PONENCIA DE LA SALA REGIONAL DEL CENTRO III
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los Acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que las fracciones II, VI y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica de este Tribunal, facultan a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; adscribir a las Salas Regionales ordinarias, auxiliares, especializadas o mixtas a los Magistrados Regionales; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
6. Que mediante Acuerdo G/JGA/91/2019, aprobado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha 11 de diciembre de 2019, entre otros movimientos, se adscribió al Magistrado Jorge Lerma Santillán a la Primera Ponencia de la Sala Regional del Centro III.
7. Que en sesión de fecha 20 de febrero de 2024, la Junta de Gobierno y Administración autorizó una licencia en favor del Magistrado Jorge Lerma Santillán, por lo que mediante Acuerdo G/JGA/10/2024, se autorizó que el Licenciado Óscar Chavarría Balleza, Primer Secretario de Acuerdos de la Primera Ponencia de la Sala Regional del Centro III, supliera la falta temporal de Magistrado.
8. Que en sesión de la presente fecha la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento de que el Magistrado Jorge Lerma Santillán está en aptitud de reincorporarse al ejercicio de las funciones que su cargo le confiere, por lo que la suplencia referida en el Considerando inmediato anterior resulta innecesaria.
Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21, 23, fracciones II, VI, y XXXIX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28 y 29 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. A partir del 10 de junio de 2024, se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/10/2024; en consecuencia, en esa fecha el Magistrado Jorge Lerma Santillán deberá reincorporarse al ejercicio de las funciones que su cargo le confiere en la Primera Ponencia de la Sala Regional del Centro III, con sede en la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, a la que se encuentra adscrito de conformidad con el Acuerdo G/JGA/91/2019.
Segundo. El Magistrado Jorge Lerma Santillán, deberá hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo, en el primer proveído que dicte en cada uno de los asuntos de su competencia, y deberá de colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Tercero. Notifíquese el presente Acuerdo al Magistrado Jorge Lerma Santillán y al Licenciado Óscar Chavarría Balleza.
Cuarto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Medio Electrónico Oficial de Difusión Normativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Dictado en sesión ordinaria presencial de fecha 05 de junio de 2024, por unanimidad de tres votos a favor.- Firman el Magistrado Guillermo Valls Esponda, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada Abigail Calderón Rojas, Secretaria General de Acuerdos del Tribunal, en suplencia de la persona Titular de la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción I, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI, 138, fracción XII, y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.