ACUERDO General número 002/2022 que modifica el diverso 001/2022 mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2022.
PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
DOF: 20/07/2022
ACUERDO General número 002/2022 que modifica el diverso 001/2022 mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2022.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
MTRO. LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, Procurador en Funciones, en mi carácter de Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente, en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en términos del artículo 5, Apartado B, fracción I, en relación con el artículo 14, fracción I, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; expide, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 6, fracción I y 8 fracciones I, VII, XI y XII de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; en relación con lo dispuesto por los artículos 29 y 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado "B" del artículo 123 Constitucional; 74 de la Ley Federal del Trabajo; 70, fracción XLVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 5 Apartado A, fracción I, 7, 15, fracciones XVIII y XXXI del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, y
CONSIDERANDO
1. Que mediante Acuerdo General 001/2022 de 3 de enero de 2022, emitido por el suscrito, se dieron a conocer los días inhábiles y periodos vacacionales de la Procuraduría para el ejercicio fiscal 2022.
2. Que dada la naturaleza que tiene la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en materia tributaria, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho de los contribuyentes, proporcionándoles de forma gratuita, ágil y sencilla, servicios de asesoría y consulta, defensoría y representación así como dar seguimiento tanto a los procedimientos de queja o reclamación contra actos de autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyentes, como a las solicitudes de Acuerdos Conclusivos que presenten los pagadores de impuestos respecto de calificaciones de hechos asentadas por las autoridades fiscales dentro del ejercicio de las facultades de comprobación; se hace necesario brindar seguridad jurídica respecto de los días en que dicho Organismo suspenderá sus labores, con la finalidad de que los contribuyentes, las autoridades fiscales y el público en general, puedan tomar las debidas prevenciones y realizar sus trámites y/o consultas de manera oportuna y/o anticipada.
3. Que en materia de transparencia y acceso a la información, es una exigencia que todo organismo público descentralizado no sectorizado, como lo es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, tenga publicados los días inhábiles y periodos vacacionales.
4. Que con el fin de dar mayor seguridad a las personas pagadoras de impuestos en la recepción y tramitación de solicitudes de Acuerdos Conclusivos, bajo el principio de celeridad y seguridad jurídica, se emite el siguiente:
ACUERDO GENERAL NÚMERO 002/2022 QUE MODIFICA EL DIVERSO 001/2022 MEDIANTE EL CUAL
SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LOS PERIODOS GENERALES DE VACACIONES DE LA
PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE PARA EL AÑO 2022
ÚNICO. Se modifica el Acuerdo General número 001/2022, por el que se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2022, a efecto de adicionar un párrafo segundo al artículo PRIMERO y modificar el artículo TERCERO, en los siguientes términos:
"PRIMERO...
Para la recepción y tramitación de las solicitudes de Acuerdos Conclusivos se considerarán inhábiles los días que comprenden los periodos vacacionales del año 2022 a que se refiere el artículo SEGUNDO del presente acuerdo general.
SEGUNDO. ...
TERCERO. Se exceptúa de la suspensión de actividades con motivo de los períodos vacacionales del año 2022 a que hace referencia el artículo SEGUNDO del presente acuerdo a las unidades administrativas que integran la Secretaría General, cuyo personal gozará de sus periodos vacacionales conforme las cargas de trabajo lo permitan; por lo que para dichas áreas y unidades administrativas, seguirán corriendo los plazos y términos legales en los actos, trámites y procedimientos que se sustancien ante ellas."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor a la fecha de su emisión.
SEGUNDO. Publíquese en la página electrónica oficial de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y en el Diario Oficial de la Federación, para su difusión y cumplimiento.
Ciudad de México, a 7 de julio de 2022.- Mtro. Luis Alberto Placencia Alarcón, Procurador en Funciones, en mi carácter de Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente, en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en términos del artículo 5, Apartado B, fracción I, en relación con el artículo 14, fracción I, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.- Rúbrica.