ACUERDO CFCE-322-2023 por el que se declara como día inhábil el 12 de diciembre de 2023

COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA 

DOF: 19/12/2023

ACUERDO CFCE-322-2023 por el que se declara como día inhábil el doce de diciembre de dos mil veintitrés.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.

Acuerdo CFCE-322-2023
 

Al día que aparece en la firma electrónica del presente. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo cuarto, vigésimo y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 12, fracción XXX, 20, fracciones XI y XII, 115, segundo párrafo, de la Ley Federal de Competencia Económica,(1) así como 1, 3, 4, fracción I, 5 fracción XXXIX, 6, 8, párrafo tercero, y 12, fracción XXXV, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica vigente (Estatuto), y 31 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica(2) el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión), en sesión excepcional del doce de diciembre de dos mil veintitrés, manifiesta su conformidad para la emisión del presente Acuerdo, en atención a los siguientes:

CONSIDERANDOS
 

1. El doce de diciembre de dos mil veintitrés, entre las once horas con seis minutos y las once horas con ocho minutos, se suscitaron tres sismos con epicentro en la alcaldía Álvaro Obregón, de la Ciudad de México, lo cual es un hecho notorio.(3)

2. Como medida de prevención y seguridad de las personas y del personal que labora en la Comisión, la Brigada interna de protección civil de la Comisión llevó a cabo la evacuación del edificio en el cual ésta tiene su sede, en Avenida Revolución 725, Colonia Santa María Nonoalco, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03700, por lo que se suspendieron las labores en sus instalaciones desde el momento de los sismos.

Por lo anterior,

SE ACUERDA:
 

PRIMERO. Se declara inhábil el doce de diciembre de dos mil veintitrés y, por lo tanto, no correrán los términos procesales en esa fecha.

SEGUNDO. Las actuaciones realizadas el doce de diciembre de dos mil veintitrés se considerarán practicadas en día hábil para todos los efectos a que haya lugar.

TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet de la Comisión.

Así lo acordó el Pleno de la Comisión, por unanimidad de votos en la sesión excepcional de mérito, de conformidad con los artículos antes referidos y ante la fe del Secretario Técnico de la Comisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 1, 2, fracción VIII, 4, fracción IV, 18, 19 y 20, fracciones XXVI, XXVII y LVI del Estatuto.

Comisionada Presidenta, Andrea Marván Saltiel.- Firmado electrónicamente.- Comisionados: Brenda Gisela Hernández Ramírez, José Eduardo Mendoza Contreras, Rodrigo Alcázar Silva, Alejandro Faya Rodríguez, Ana María Reséndiz Mora, Giovanni Tapia Lezama.- Firmado electrónicamente.- Secretario Técnico, Fidel Gerardo Sierra Aranda.- Firmado electrónicamente.

1     Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintitrés de mayo de dos mil catorce, y su última reforma publicada en el mismo medio de difusión el veinte de mayo de dos mil veintiuno.

2     Publicadas en el DOF el diez de noviembre de dos mil catorce, cuya última reforma fue publicada en el mismo medio de difusión el cuatro de marzo de dos mil veinte.

3     Información disponible en la página del Servicio Sismológico Nacional: http://www.ssn.unam.mx/sismicidad/ultimos/

 

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