DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 14, 14 Bis, 16, 17, 17 Bis, 18, 20 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ARTÍCULO ÚNICO. Se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para quedar como sigue:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES
CAPÍTULO I
DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA
ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como determinar la competencia, estructura y atribuciones de sus unidades administrativas.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo, la Secretaría, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones jurídicas que expida la persona titular del Ejecutivo Federal.
ARTÍCULO 2. La Secretaría planeará y conducirá sus actividades con base en las políticas establecidas por la persona titular del Ejecutivo Federal y con sujeción en los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo para el logro de las metas de los programas a su cargo, así como de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría.
ARTÍCULO 3. Para el desahogo de los asuntos de su competencia, la persona titular de la Secretaría se auxiliará de las unidades administrativas y de los órganos administrativos desconcentrados siguientes:
A. Unidades administrativas:
I. Subsecretaría de Infraestructura, la cual tiene adscritas a la:
a) Dirección General de Carreteras;
b) Dirección General de Conservación de Carreteras;
c) Dirección General de Desarrollo Carretero;
d) Dirección General de Servicios Técnicos;
e) Dirección General de Caminos Rurales y Alimentadores, y
f) Dirección General de Infraestructura Educativa, Cultural y de Salud;
II. Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes, la cual tiene adscritas a la:
a) Dirección General de Autotransporte Federal, la cual tiene adscritas a la:
1. Dirección Ejecutiva Normativa de Permisos de Autotransporte Federal;
2. Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos;
3. Dirección Ejecutiva de Normas y Especificaciones Técnicas y de Seguridad en el Autotransporte;
4. Dirección Ejecutiva de Trámites de Servicios de Autotransporte Federal;
5. Dirección Ejecutiva de Supervisión;
6. Dirección Ejecutiva de Planeación y Desarrollo, y
7. Dirección de Innovación Tecnológica y Operación de Sistemas;
b) Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, la cual tiene adscrita a la:
1. Dirección Ejecutiva de Supervisión y Verificación de Medicina del Transporte;
c) Coordinación de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación, Búsqueda y Salvamento;
d) Dirección Ejecutiva de Proyectos Estratégicos en Espacios Públicos, y
e) Dirección Ejecutiva de Construcciones Sustentables;
III. Coordinación de Centros SICT, la cual tiene adscrita a los:
a) Centros SICT, como oficinas de representación en las entidades federativas;
IV. Unidad de Administración y Finanzas, la cual tiene adscritas a la:
a) Dirección General de Programación y Presupuesto, la cual tiene adscritas a la:
1. Dirección Ejecutiva de Presupuesto y Contabilidad, y
2. Dirección Ejecutiva de Finanzas;
b) Dirección General de Recursos Humanos y Organización, la cual tiene adscritas a la:
1. Dirección Ejecutiva de Administración de Personal;
2. Dirección Ejecutiva de Modernización y Presupuesto de Servicios Personales;
3. Dirección Ejecutiva de Planeación y Desarrollo, y
4. Dirección Coordinadora de Igualdad de Género;
c) Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, la cual tiene adscritas a la.
1. Dirección Ejecutiva de Adquisiciones y Administración Inmobiliaria, y
2. Dirección Ejecutiva de Control de Bienes y Servicios;
d) Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones, la cual tiene adscritas a la:
1. Dirección Ejecutiva de Estrategia en Tecnología de Información y Comunicaciones, y
2. Dirección Ejecutiva de Innovación y Desarrollo Tecnológico, y
e) Dirección General de Control y Seguimiento de Auditorías;
V. Unidad de Vinculación Institucional y Patrimonio, la cual tiene adscritas a la:
a) Dirección General de Vinculación Institucional, y
b) Dirección General de Patrimonio;
VI. Unidad de Diseño y Arquitectura, la cual tiene adscritas a la:
a) Dirección Ejecutiva de Diseño, y
b) Dirección Ejecutiva de Arquitectura;
VII. Unidad de Asuntos Jurídicos, la cual tiene adscritas a la:
a) Dirección Ejecutiva de Procesos Contenciosos;
b) Dirección Ejecutiva de Servicios Legales;
c) Dirección Ejecutiva Operativa, y
d) Dirección Ejecutiva Técnica;
VIII. Dirección General de Comunicación Social;
IX. Dirección General de Planeación, y
X. Unidad de Transparencia, y
B. Órganos administrativos desconcentrados:
I. Agencia Federal de Aviación Civil;
II. Instituto Mexicano del Transporte, y
III. Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.
CAPÍTULO II
DE LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA
(...)
Si quiere consultar el decreto completo, favor de leerlo en el siguiente link: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5790178&fecha=09/06/2026#gsc.tab=0




