ACUERDO de la Mesa Directiva por el que se propone al Pleno la modificación del Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República, correspondiente a la atención y ejercicio de derechos en materia de acceso
CAMARA DE SENADORES
DOF: 16/04/2025
ACUERDO de la Mesa Directiva por el que se propone al Pleno la modificación del Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República, correspondiente a la atención y ejercicio de derechos en materia de acceso a la información pública, protección de datos personales y transparencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.- LXVI Legislatura.
ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA POR EL QUE SE PROPONE AL PLENO LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DE LOS SERVICIOS PARLAMENTARIOS, ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS DEL SENADO DE LA REPÚBLICA, CORRESPONDIENTE A LA ATENCIÓN Y EJERCICIO DE DERECHOS EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y TRANSPARENCIA
H. ASAMBLEA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA
La Mesa Directiva, con fundamento en los artículos 275; 300, numeral 3; 301, numeral 2 y 302 del Reglamento del Senado de la República, y en atención a lo previsto en el Artículo Transitorio Décimo Octavo del Decreto de reforma por el que se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo del 2025, somete a su consideración la presente propuesta de modificación al Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República para adicionar un numeral 2 a su artículo 61 y un inciso y), recorriéndose en su orden el subsecuente, a su artículo 62, con la finalidad de realizar la adecuaciones normativas para la atención y ejercicio de las encomiendas constitucionales y legales en materia de acceso a la información pública, protección de datos personales y transparencia y, con ello, ajustar el funcionamiento de la Contraloría Interna con el decreto de reforma mencionado, para el mejor desarrollo de los trabajos administrativos y técnicos, de conformidad con los siguientes:
CONSIDERANDOS
I.- Que, de conformidad con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento del Senado de la República, esta Cámara Alta suscribe y aprueba acuerdos parlamentarios que coadyuvan a la interpretación e integración de sus disposiciones internas, así como para complementar el marco normativo del Congreso General, con el propósito de propiciar el mejor desarrollo de los trabajos legislativos desde las particularidades en la composición entre ambas Cámaras;
II.- Que el 20 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica, a partir del cual se estableció que será en las leyes secundarias en la materia donde se determinen las bases, principios generales y procedimientos en el ejercicio de derechos de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, estableciéndose las competencias de las autoridades de control interno en el ámbito federal para conocer de los procedimientos de revisión contra los actos que emitan los sujetos obligados;
III.- Que el 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expiden la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el que se establecen las atribuciones, funciones y obligaciones que, como autoridad garante en la protección de los derechos humanos de acceso a la información y protección de datos personales, los órganos internos de control de los sujetos obligados deberá ejercer y vigilar;
IV.- Que, de conformidad con el Artículo Transitorio Décimo Octavo del Decreto publicado el 20 de marzo de 2025, se concedió un plazo de treinta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del mencionado Decreto para que cada órgano interno de control de los sujetos obligados modifique su normativa interna para que cuente con el andamiaje jurídico para ejercer sus atribuciones y funciones como autoridad garante que le permita estar a la vanguardia y enfrentar este nuevo paradigma, por lo que resulta necesario establecer de forma clara y precisa la estructura de la que se auxiliará la Contraloría Interna del Senado de la República para ejercer y vigilar sus nuevas funciones como autoridad garante en materia de acceso a la información, protección de datos personales y transparencia;
V.- Que, para mayor claridad, se presenta el siguiente cuadro comparativo del texto vigente con las disposiciones que se plantean modificar:}
Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5755175&fecha=16/04/2025#gsc.tab=0