ACUERDO delegatorio de facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

DOF: 05/11/2020

ACUERDO delegatorio de facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

JUAN LOZANO TOVAR, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 14, 15, 17, 22 y 59 fracciones I, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 5, 6, 8 y 9 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 2o., 232 Sexies y 234 de la Ley Federal del Derecho de Autor; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS fracciones I, II y XXVI del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 fracciones I, II y XXVI de su Estatuto Orgánico, en cumplimiento al acuerdo 24/2020/3ª, adoptado por la Junta de Gobierno de este Organismo, y

CONSIDERANDO

Que el 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en cuyo artículo 1 se prevé que su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (en adelante, el Instituto) y conforme a su artículo transitorio Primero, ésta entrará en vigor a los 90 días hábiles siguientes a su publicación;

Que la Ley Federal del Derecho de Autor confiere facultades al Instituto para sancionar las infracciones previstas en el Capítulo II de su Título XII;

Que el artículo 9 de la Ley establece que la persona Titular de la Dirección General del Instituto podrá delegar las facultades a que se refiere su artículo 5, así como las demás que considere convenientes para el logro de los objetivos y metas institucionales, en servidores públicos subalternos, en los términos que se establezcan en los Acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno y publicados en el Diario Oficial;

Que las diversas áreas que integran a este Organismo se prevén en los artículos 3o del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y 5o del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ordenamientos que a la fecha se encuentran vigentes y surtiendo plenos efectos;

Que la Junta de Gobierno del Instituto aprobó el Acuerdo delegatorio de facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, mediante el acuerdo 24/2020/3ª en la sesión celebrada el 1 de octubre de 2020, e instruyó al Director General a publicarlo en el Diario Oficial de la Federación;

Que a fin de dar a conocer las facultades que se delegan en los servidores públicos subalternos del Instituto y en cumplimiento al acuerdo 24/2020/3ª, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL

 

Link. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5604310&fecha=05/11/2020

 

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