ACUERDO por el que se aprueban las reformas al Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
DOF: 04/03/2024
ACUERDO por el que se aprueban las reformas al Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.
La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 77 fracción IX de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS REFORMAS AL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
ÚNICO.- Se reforman, las fracciones II y IV del artículo 46 Bis; Se adicionan la fracción XI al artículo 3 y el artículo 46 Quinquies, todos ellos del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 3.- ...
...
XI. Coordinación General de Estrategia Digital.
ARTÍCULO 46 Bis.- ...
...
II. Proponer las políticas en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, en acuerdo con la Coordinación General de Estrategia Digital, para su aprobación por la Junta de Gobierno y conducir su aplicación, con el propósito de armonizar su desarrollo en el Instituto y su comunicación con el Sistema;
...
IV. Integrar el anteproyecto de presupuesto de tecnologías de la información y comunicaciones del Instituto, en conjunto con la Coordinación General de Estrategia Digital, considerando para ello las necesidades de las Áreas y Unidades Administrativas;
ARTÍCULO 46 Quinquies.- La Coordinación General de Estrategia Digital, contará con las atribuciones específicas siguientes:
I. Diseñar las estrategias digitales en materia de gobierno, arquitectura e interoperabilidad de datos, así como de la seguridad y la gestión de la calidad de la información estadística y geográfica, entre otras;
II. Coordinar la implementación de estrategias digitales en materia de gobierno, arquitectura e interoperabilidad de datos, así como de la seguridad y la gestión de la calidad de la información estadística y geográfica, en conjunto con la Dirección General Adjunta de Integración de Información;
III. Proponer mecanismos de coordinación, cooperación y seguimiento en materia de estrategias digitales, para servicios o proyectos interinstitucionales, con otras oficinas, organismos nacionales e internacionales de estadística y geografía;
IV. Realizar el análisis de las alternativas tecnológicas para el desarrollo e implementación de las estrategias digitales, para su posible adopción en el Instituto;
V. Asesorar a las Áreas y Unidades Administrativas para la formulación de estrategias digitales relacionadas con la producción de información estadística y geográfica, en conjunto con la Coordinación General de Informática;
VI. Diseñar las propuestas de inversión tecnológica, para su integración al programa de inversión anual del Instituto, en colaboración con la Dirección General Adjunta de Programación, Organización y Presupuesto y la Coordinación General de Informática;
VII. Acordar con la Coordinación General de Informática la priorización de las solicitudes de iniciativas y proyectos de tecnologías de la información y comunicaciones de las Áreas y Unidades Administrativas, en consistencia con las estrategias digitales en materia de gobierno, arquitectura e interoperabilidad de datos, así como de la seguridad y la gestión de la calidad de la información estadística y geográfica, entre otras, y
VIII. Las facultades que expresamente le otorga a su Titular el artículo 11 de este Reglamento.
Transitorios
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación y se ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Dirección General de Administración del Instituto realizará las acciones necesarias para que los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Unidad Administrativa que por virtud de las presentes reformas al Reglamento se crea, se encuentren disponibles para el cumplimiento de sus atribuciones, de conformidad con la normatividad administrativa aplicable, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria del Instituto.
El presente Acuerdo se aprobó en términos del Acuerdo 3ª/VI/2024, aprobado en la Tercera sesión 2024 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 22 de febrero de dos mil veinticuatro.- Presidenta: Graciela Márquez Colín.- Vicepresidentes: Paloma Merodio Gómez, Adrián Franco Barrios, Mauricio Márquez Corona y José Arturo Blancas Espejo.
Ciudad de México, a 22 de febrero de 2024.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.