CÓDIGO de Conducta de la Secretaría de Gobernación.

SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

DOF: 15/11/2023

CÓDIGO de Conducta de la Secretaría de Gobernación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comité de Ética de la Secretaría de Gobernación.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
2023
 

ACTUALIZADO
 

A las personas servidoras públicas:

El presente Código de Conducta es el instrumento deontológico que establece y delimita los principios, valores, reglas de integridad y compromisos que deberán observar en su quehacer cotidiano, así como los riesgos éticos en que pudieran incurrir, como son, entre otros, falta de honradez, respeto, lealtad y eficacia.

La formalidad y transparencia en el actuar de las personas servidoras públicas es una de las grandes demandas en la sociedad mexicana, por lo que se pide a cada persona servidora pública adscrita a la Secretaría de Gobernación, apegarse a los principios del servicio público de respeto a los derechos humanos, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia y transparencia.

Además de estos principios constitucionales y legales, deberán observar los valores de respeto, liderazgo, cooperación y cuidado del entorno cultural y ecológico, así como las reglas de integridad relacionadas con la actuación, desempeño y cooperación con la integridad; trámites y servicios; recursos humanos; información pública; contrataciones públicas; programas gubernamentales; licencias, permisos, autorización y concesiones; administración de bienes muebles e inmuebles; control interno; procesos de evaluación y procedimiento administrativo.

Lo anterior, con el propósito de contribuir a la ética pública y la atención ciudadana, oportuna y eficaz en los trámites y servicios que ofrece la Dependencia, obteniendo como resultado, la confianza de la sociedad en el servicio público.

Finalmente, se exhorta a las personas servidoras públicas para actuar con respeto irrestricto de los Derechos Humanos, evitando en todo momento cualquier conducta discriminatoria, de hostigamiento sexual, acoso sexual o laboral y a denunciar cualquier acto contrario a lo establecido en este Código.

La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.

I. OBJETIVO
 

El Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación, tiene como objetivo ser un instrumento orientador de la conducta de las personas servidoras públicas, a fin de guiar su actuar profesional y social en los ámbitos en que se desarrolle para contribuir al logro de una sociedad y un México más fuerte, incluyente, democrático, con una cultura de respeto y protección de los Derechos Humanos.

Asimismo, constituye una directriz de actuación en el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Gobernación, siendo los principios constitucionales y legales, los valores y las reglas de integridad y la ética los principales pilares en el servicio público, para que su comportamiento sea digno y que sirva a la construcción de una mejor sociedad, demostrando lealtad al país, considerando la confianza que el Estado le ha conferido, reconociendo que el respeto pleno al Estado de Derecho es la única vía que permite a los mexicanos vivir en armonía.

II. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE
 

El presente Código de Conducta es de carácter obligatorio para todas las personas servidoras públicas de la Secretaría de Gobernación, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, por lo que es requisito insoslayable conocerlo y suscribir la "Carta Compromiso del cumplimiento al Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación".

De igual manera, es un instrumento de carácter general para guiar la conducta de las personas que prestan servicio social o prácticas profesionales y otras que no se reconozcan como servidoras públicas.

III. MARCO NORMATIVO
 

Puede consultar el siguiente enlace para leerlo completo:  

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5708625&fecha=15/11/2023#gsc.tab=0

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