MANUAL de Integración y Funcionamiento del Comité de Riesgos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
DOF: 16/06/2023
MANUAL de Integración y Funcionamiento del Comité de Riesgos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Dirección General.
PEDRO MARIO ZENTENO SANTAELLA, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5 y 11 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 220, fracción VI, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 23, fracción VI, de su Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el artículo 220, fracción VI de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, faculta al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para expedir manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, así como las disposiciones y lineamientos normativos distintos a los reglamentos expedidos por el Titular del Ejecutivo Federal, necesarios para la operación del Instituto.
SEGUNDO.- Que mediante Acuerdo 63.1349.2015, la Junta Directiva aprobó el Reglamento Orgánico del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el cual tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento del Fondo de la Vivienda del ISSSTE (FOVISSSTE).
TERCERO.- Que de conformidad con los artículos 110, fracción I y 111, del Reglamento Orgánico del FOVISSSTE, el Comité de Riesgos es un Órgano Colegiado que auxilia en el ámbito de su competencia a la Comisión Ejecutiva, en la administración de los riesgos a que se encuentra expuesto el FOVISSSTE, teniendo las atribuciones que se establezcan en el Manual de Integración y Funcionamiento que al efecto expida el Director General y aquellas que le asignen la Junta y la Comisión Ejecutiva.
CUARTO.- Que es necesario contar con el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Riesgos con el fin de mantener actualizado el marco normativo interno, bajo criterios y elementos de simplificación y calidad regulatoria a fin de brindar certeza jurídica e incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión interna del FOVISSSTE.
QUINTO.- Que de conformidad con lo establecido con la norma aplicable, es preciso desarrollar un mecanismo institucional, que defina, coordine operativamente y evalúe de manera regular su aplicación, avances y resultados, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL FONDO DE LA
VIVIENDA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL
ESTADO
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