DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de deporte adaptado.
SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA
DOF: 20/12/2022
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de deporte adaptado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, EN MATERIA DE DEPORTE ADAPTADO.
Artículo Único.- Se reforman la fracción XXVIII del artículo 30; el primer párrafo del artículo 73; y el artículo 101; y se adicionan una fracción VII, recorriéndose en su orden las fracciones subsecuentes al artículo 5, y una fracción VIII, recorriéndose en su orden las fracciones subsecuentes al artículo 79 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:
Artículo 5. ...
I. a VI. ...
VII. Deporte Adaptado: Al que realizan las personas con discapacidad en condiciones de equidad, que es reglamentado e institucionalizado;
VIII. a XIV. ...
Artículo 30. ...
I. a XXVII. ...
XXVIII. Formular programas para promover la cultura física y deporte adaptado entre las personas con discapacidad;
XXIX. y XXX. ...
Artículo 73. El Comité Paralímpico Mexicano es una asociación civil autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituida por las Asociaciones Deportivas Nacionales que rigen y organizan el deporte adaptado y sus modalidades deportivas para las personas con discapacidad, debidamente afiliadas a las Federaciones Deportivas Internacionales que cuenten con el reconocimiento del Comité Paralímpico Internacional.
...
Artículo 79. ...
I. a VI. ...
VII. Imponer correcciones disciplinarias y medidas de apremio a todas aquellas personas físicas o morales, organismos y entidades deportivas por conducto de sus titulares que se nieguen a acatar y ejecutar o que no acaten y ejecuten en sus términos, los acuerdos, decisiones, laudos y resoluciones emitidos por la propia CAAD;
VIII. Garantizar a los deportistas con discapacidad la defensa de sus derechos en los procesos de apelación en los que intervengan, en términos de la fracción III de este artículo, y
IX. ...
Artículo 101. La CONADE participará en la elaboración de programas de capacitación en actividades de activación física, cultura física y deporte con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Gobiernos de las Entidades Federativas, Municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, organismos públicos, sociales y privados, nacionales e internacionales para el establecimiento de escuelas y centros de educación y capacitación para la formación de profesionales y técnicos en ramas de la cultura física y el deporte. En los citados programas, se deberá contemplar la capacitación y especialización con respecto del deporte adaptado y sus modalidades que practican las personas con algún tipo de discapacidad.
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 9 de noviembre de 2022.- Dip. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Sen. Alejandro Armenta Mier, Presidente.- Dip. Brenda Espinoza Lopez, Secretaria.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2022.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Adán Augusto López Hernández.- Rúbrica.