DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.

 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL

DOF: 06/10/2023

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 14, 18, 20 y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL

ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 2; 7, fracciones V, VI y VII, incisos Z y Z Bis; 12, fracciones III, VII, VIII, XI y XVI; 14 fracciones VI, IX, XVII, XXIII, inciso E, XXVIII, XXX y XXXII; 17; 18, párrafo primero y sus fracciones XI, XIII, XVIII Bis y XXI; 19, párrafo primero y su fracción V; 20; 21, fracciones IV, V, VII, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI; 22, párrafo segundo; 23, fracciones V, IX y XII; 24; 25, párrafo primero y sus fracciones I y III; 26, párrafo primero, fracción I; 28, fracción XVI; 36, fracción V; 48, fracciones I y XIV; 57, párrafo segundo; 82 y 84, así como la denominación del Capítulo V del Título Tercero; se ADICIONAN a los artículos 7, fracciones V Bis y VII, el inciso BB; 12, las fracciones XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII y XXIV; 14, las fracciones II Bis, VIII Bis, VIII Ter, VIII Quater, VIII Quinquies, VIII Sexies, VIII Septies, XXIII, los incisos G y H, XXXIII y XXXIV; 18, la fracción XXI Bis; 21, las fracciones I Bis, XV Bis, XV Ter y XV Quater; 23, la fracción X Bis; 25, la fracción III Bis; 26, la fracción I Bis; 28, la fracción XIX Bis; 48 Bis y 48 Ter, así como un Capítulo V BIS, con los artículos 19 Bis, 19 Ter, 19 Quater, 19 Quinquies y 19 Sexies, al Título Tercero, y se DEROGAN de los artículos 7, fracción VII, el inciso Y; 12, la fracción IX; 14, las fracciones X y XXIX; 48, la fracción XIII y 76 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 2.- Para efectos del presente Reglamento, se entiende por:

I.             Comandancia del Ejército: la Comandancia del Ejército Mexicano;

II.            Comandancia de la Fuerza Aérea: la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana;

III.           Estado Mayor Conjunto: el Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional;

IV.           Estado Mayor de la Fuerza Aérea: el Estado Mayor de la Fuerza Aérea Mexicana;

V.           General Secretario: la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional;

VI.           Órganos administrativos: los órganos y unidades que auxilian al General Secretario para el despacho de los asuntos de su competencia y el cumplimiento de sus funciones;

VII.          Presidente de la República: la persona titular del Ejecutivo Federal;

VIII.         Reglamento: el Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, y

IX.           Secretaría: la Secretaría de la Defensa Nacional.

Puede consultarlo completo en el enlace: 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5704167&fecha=06/10/2023#gsc.tab=0

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