DECRETO por el que se declara el 14 de febrero de cada año como: "Día del aniversario luctuoso del general Vicente Guerrero Rodríguez, primer presidente afromexicano".

 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

DOF: 14/02/2025

DECRETO por el que se declara el 14 de febrero de cada año como: "Día del aniversario luctuoso del general Vicente Guerrero Rodríguez, primer presidente afromexicano".

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 2o., apartado C, de la propia Constitución; 10, 13, 27 y 41 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 36 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, y

CONSIDERANDO
 

Que el artículo 2o., apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos "reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas, cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la Nación", quienes tendrán los derechos señalados en dicho artículo, a fin de garantizar su desarrollo e inclusión social, así como su libre determinación que se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional;

Que, el referido precepto Constitucional señala que, "los pueblos y comunidades afromexicanas se integran por descendientes de personas originarias de poblaciones del continente africano trasladadas y asentadas en el territorio nacional desde la época colonial, con formas propias de organización social, económica, política y cultural, o parte de ellas, y afirman su existencia como colectividades culturalmente diferenciadas";

Que el artículo 36 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas declara que es de interés público la identificación, documentación, registro, investigación, promoción, valorización, transmisión y revitalización del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y será obligación del Estado mexicano su protección jurídica;

Que uno de los 100 Compromisos para el segundo piso de la Cuarta Transformación, es la "recuperación de la memoria histórica"; con tal fin, recientemente se identificó el origen y ascendencia afromexicana del general Vicente Guerrero, quien fungió como el segundo presidente de los Estados Unidos Mexicanos;

Que, de los antecedentes históricos con los que se contaba del general Vicente Guerrero, se le había atribuido una partida de bautismo registrada el 10 de agosto de 1782 a nombre de "Vicente Ramón Guerrero", en la que se estableció como nombre de su madre: "María Saldaña";

Que, derivado de las investigaciones y aportaciones realizadas por diversas personas de la Secretaría de Cultura, del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), de la Universidad Nacional Autónoma de México, de la Universidad Autónoma de Yucatán, de la Universidad de París, y de la Universidad de Barcelona, en 2024, se publicó el libro "Trayectorias de vida de afrodescendientes en la historia de México";(1)

Que, en la referida obra se destaca que, en el censo levantado en Tixtla, a fines de abril de 1791, se encontró la información del general Vicente Guerrero y de su familia. En dicho documento, a fojas 278 y 279, se registró que en la casa número 59 de la calle del Arrabal del sur vivían, entre otras personas "...Juan Pedro Guerrero, de este pueblo, mestizo de 36 años, arriero sirviente, casado con María Rodríguez española de misma edad, con un hijo Vicente de 8, y una hija María de 17. En la propia casa Micaela Campos de este pueblo mestiza de 50 años viuda...";(2)

Que, asimismo refiere que, en el Archivo Parroquial de San Martín de Tours de Tixtla se localizó una partida bautismal, ubicada en el VII Libro de Bautismo de 1760, en la que se describe a los abuelos paternos del general Vicente Guerrero, es decir, a Manuel Guerrero y Micaela Campos, como "mulatos" y vecinos de esa cabecera;(3)

Que, derivado del contenido de los documentos arriba descritos, se reivindica el nombre de la madre del segundo presidente de la República Mexicana, que fue María Rodríguez y no María Guadalupe Saldaña; asimismo, se revela que la ascendencia paterna del general Vicente Guerrero fue de origen africano, denominados en ese entonces como "mulatos";

Que a Vicente Guerrero Rodríguez, hijo de Juan Pedro Guerrero Campos y María Rodríguez, se le reconocen los servicios prestados a la Nación, pues colaboró en el resguardo y protección de los integrantes del Congreso Constituyente de Chilpancingo a su paso por Tlacotepec, Uruapan y Tehuantepec; así como, por la defensa de la Montaña y Mixteca Alta y Baja entre 1814 y 1817; lo que, posteriormente, lo hizo merecedor del rango de general en Jefe de los Ejércitos del Sur, grado que le otorgó la Junta de Jaujilla en 1818;

Que el heroísmo del general Vicente Guerrero Rodríguez quedó demostrado cuando las autoridades virreinales de la Nueva España le ofrecieron el indulto, por conducto de su propio padre, a cambio de abandonar las armas, pues se negó terminantemente a recibir dicho beneficio con la histórica frase: "la patria es primero";

Que, además, el general Guerrero destaca por haber sido uno de los principales impulsores de la resistencia insurgente que no sólo mantuvo con vida el movimiento armado independentista sino que, también, conservó los ideales emanados de los Sentimientos de la Nación y la Constitución de la América Mexicana; ya que fue el general Vicente Guerrero Rodríguez quien defendió tenazmente los principios de libertad e igualdad, al momento de pactar la independencia de México con el general Agustín de Iturbide, para garantizar que se reconocieran esos derechos a todos los habitantes de la Nación mexicana recién constituida, con la intención de abolir la discriminación generada por el sistema de castas que segregaba a los indígenas y afromexicanos;

Que el general Vicente Guerrero Rodríguez, al recelar de las instituciones españolas, propició la aplicación de ideas libertarias más avanzadas que las concebidas en Europa y, gracias a ello, se impuso en el artículo 12 del Plan de Iguala, signado el 24 de febrero de 1821, que todos los habitantes de la Nueva España, independientemente de su origen europeo, africano o indígena "sin otra distinción que su mérito y virtudes, son ciudadanos idóneos para optar cualquier empleo";

Que el general Vicente Guerrero Rodríguez no cedió nunca en la defensa de los principios liberales del movimiento insurgente, que lo impulsaron a participar en el levantamiento que derribó el imperio de Agustín de Iturbide en 1823 y a colaborar en la celebración del Decreto Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, conforme al cual, el general Guadalupe Victoria asumió la presidencia de México y, posteriormente, también el propio Guerrero;

Que, al convertirse en titular del Ejecutivo Federal, el general Vicente Guerrero Rodríguez, el 15 de septiembre de 1829(4), emitió el decreto en el que se declaró que "Queda abolida la esclavitud en la República" y "Son por consiguiente libres los que hasta hoy se hubieren considerado como esclavos"; acto que colocó a México como un referente mundial de soberanía nacional en contra de la esclavitud;

Que el general Vicente Guerrero Rodríguez enfrentó los serios problemas económicos y sociales de la joven Nación mexicana, además de la desconfianza, intrigas e incluso el racismo hacia su persona por su origen afromexicano; lo que propició que mediante un golpe militar fuera removido de la Presidencia de la República para, finalmente, ser traicionado y fusilado en Cuilapan, Oaxaca, el 14 de febrero de 1831;

Que, con el fin revitalizar el patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, los cuales constituyen un sector relevante de nuestra nación multicultural, es oportuno reconocer al general Vicente Guerrero Rodríguez como el primer presidente afromexicano, quien se empeñó en promover la configuración del Estado mexicano a partir de los principios de igualdad y libertad, así como por acuñar el principio supremo de que "la Patria es primero"; he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO
 

PRIMERO. Se declara el 14 de febrero de cada año como: "Día del aniversario luctuoso del general Vicente Guerrero Rodríguez, primer presidente afromexicano".

SEGUNDO. La Secretaría de Gobernación, debe coordinar las acciones de la Administración Pública Federal, para reivindicar y reconocer el origen del general Vicente Guerrero Rodríguez, primer presidente afromexicano, y conmemorarlo en el Calendario Oficial y el Calendario Cívico para su difusión.

TERCERO. La Secretaría de Gobernación, en el ámbito de sus atribuciones, debe coordinar y desarrollar las actividades de conmemoración y promoción que se deriven del presente instrumento.

TRANSITORIOS
 

PRIMERO. El presente decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, deben ser cubiertas con cargo al presupuesto aprobado de la secretaría encargada de ejecutarlo, por lo que no se incrementará su presupuesto y no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y para los subsecuentes.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México, a 14 de febrero de 2025.- La Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.- La Secretaria de Cultura, Claudia Stella Curiel de Icaza.- Rúbrica.

1    Publicado por la Secretaría de Cultura, INAH en 2024, p.p. 404 a 420; consultable en https://mediateca.inah.gob.mx/repositorio/islandora/object/libro%3A1019

2    Padrón de españoles, castizos y mestizos del Partido de Tixtla, f. 279.

3    Partida de bautismo de Joseph Ramón, Tixtla, 3 de marzo de 1760, en Libro de bautismo núm. 7, Bautismos de los de razón de esta cabecera de San Martín de Tistla, 14 de junio de 1759 a 27 de julio de 1766, en Archivo Parroquial de San Martín Obispo de Tours de Tixtla, Sección Sacramental, Serie Bautismos, anaquel 1, estante 2, caja 2.

4    Publicado por la Secretaría de Cultura, INAH en 2024, p.p. 449 y 450; consultable en https://mediateca.inah.gob.mx/repositorio/islandora/object/libro%3A1019


 

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