AVISO por el que se señalan los días en los que el Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C., suspenderá labores en el año 2024.

CONSEJO NACIONAL DE HUMANIDADES, CIENCIAS Y TECNOLOGIAS 

DOF: 22/03/2024

AVISO por el que se señalan los días en los que el Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C., suspenderá labores en el año 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.

AVISO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DÍAS EN LOS QUE EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN MATERIALES AVANZADOS, S.C., SUSPENDERÁ LABORES EN EL AÑO 2024.

Con fundamento en los artículos 40 fracción II del Instrumento Jurídico de Creación del Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C. (CIMAV), 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 59 fracción XIV de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 91 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.

CONSIDERANDO:
 

Que el Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C. es una Entidad Paraestatal asimilada al régimen de las Empresas de Participación Estatal Mayoritarias a que se refiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y La Ley Federal de Entidades Paraestatales.

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que se consideran días inhábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspenda el servicio de atención a usuarios, los que se harán del conocimiento del público mediante acuerdo del titular de la dependencia respectiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DÍAS EN LOS QUE EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN MATERIALES AVANZADOS S.C., SUSPENDERÁ LABORES EN EL AÑO 2024
 

PRIMERO. El Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C. suspenderá los servicios de atención al público durante el año 2024, además de los sábados y domingos, los días que a continuación se señalan:

Días de descanso obligatorio y de asueto:

I.     1 de enero;

II.     El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III.    El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV.   28 de marzo;

V.    29 de marzo;

VI.   1 de mayo;

VII.   5 de mayo;

VIII.  16 de septiembre;

IX.   1º de octubre a razón del cambio del Titular del Poder Ejecutivo Federal;

X.    2 de noviembre;

XI.   El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y;

XII.   El que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Periodos vacacionales:

I.     Primer periodo vacacional del 22 de julio al 02 de agosto de 2024.

II.     Segundo periodo vacacional del 23 de diciembre al 07 de enero de 2025.

SEGUNDO. El horario de atención al público para la realización de diligencias o actuación en el Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C., será de las 8:30 a las 16:30 horas de lunes a viernes.

TERCERO. Los días señalados en el artículo PRIMERO se computarán como inhábiles para todos los efectos a que haya lugar, por lo que, en estos no correrán los plazos que establecen las disposiciones legales aplicables

CUARTO. Lo dispuesto en el artículo anterior, no será aplicable a los procesos sustantivos de planeación y operación del Centro.

QUINTO. El Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C., podrá emitir, con fundamento en las disposiciones legales y administrativas aplicables, avisos adicionales mediante los cuales dé a conocer la suspensión de sus servicios de atención al público.

SEXTO. La suspensión de días hábiles en los periodos vacacionales para el año 2024, no será aplicable tratando de procedimientos y obligaciones contractuales derivados de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

TRANSITORIO
 

PRIMERO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Las Unidades Administrativas del Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C. proveerán todo lo necesario para que, en caso de que la naturaleza del trabajo lo exija, se mantenga laborando el personal mínimo requerido con el fin de que se atiendan los asuntos urgentes, así como el que labore en los procesos sustantivos de planeación y operación del Centro.

Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a 30 de enero de 2024.- La Directora General del Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C., Leticia Myriam Torres Guerra.- Rúbrica.

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