AVISO mediante el cual se informa la publicación en la página web de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia
COMISION NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
DOF: 03/02/2023
AVISO mediante el cual se informa la publicación en la página web de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 4o, primer párrafo y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 23, 24, 24 Quáter y 42, fracción VIII de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 74, 75 y 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 y 27, fracción VII Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 151 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; TERCERO y CUARTO, fracciones III, IV y XIII del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 1 establece la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que la Ley en cita, establece en su Título II "Modalidades de la Violencia", Capítulo V "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", el mecanismo de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica realizar acciones gubernamentales coordinadas, integrales, de emergencia y temporales realizadas entre las autoridades de los tres órdenes y niveles de gobierno, para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado;
Que la misma Ley, en su artículo 23 establece como objetivo de la Alerta de Violencia de Género, generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en contra de las mujeres, por lo que las autoridades en el ámbito de sus competencias deberán implementar las acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, de seguridad, de procuración e impartición de justicia, de reparación del daño y legislativas; así como asignar los recursos presupuestales necesarios y suficientes para hacer frente a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres;
Que las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres requieren especial atención para su seguimiento, por lo que resulta de vital importancia la generación de proyectos que contribuyan a la implementación adecuada de las medidas de seguridad, prevención y justicia que en ellas se establecen;
Que para propiciar la efectividad de este mecanismo, es fundamental desplegar acciones específicas para garantizar el acceso a la justicia con base en los estándares internacionales de derechos humanos y perspectiva de género y el combate a la impunidad, priorizando estrategias de seguridad y de prevención identificando y atendiendo de manera urgente a aquellas mujeres víctimas de lesiones dolosas que pusieron en riesgo su vida;
Que el 01 de junio de 2009, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con el objeto de ejercer las atribuciones que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento, le confieren a la Secretaría de Gobernación, en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos, y
Que el pasado 29 de diciembre del 2022, se publicaron en la página web de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, los Lineamientos para la Obtención y Aplicación de Recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023, y para dar una mayor difusión a dichos Lineamientos, he tenido a bien expedir el siguiente
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
ÚNICO. Se dan a conocer los Lineamientos para la Obtención y Aplicación de Recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023.
Los Lineamientos antes referidos, se encuentran publicados para su consulta en la página web https://www.gob.mx/conavim/documentos/lineamientos-subsidios-declaratoria-alerta-violencia-de-genero-para-las-mujeres-2023?state=draft, www.dof.gob.mx/2023/CONAVIM/Acuerdo-Lineamientos.pdf
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 5 del mes de enero de 2023.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.