AVISO mediante el cual se da a conocer la página electrónica donde se encuentra disponible el Código de Conducta de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada.
CONSEJO NACIONAL DE HUMANIDADES, CIENCIAS Y TECNOLOGIAS
DOF: 15/05/2024
AVISO mediante el cual se da a conocer la página electrónica donde se encuentra disponible el Código de Conducta de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA PÁGINA ELECTRÓNICA DONDE SE ENCUENTRA DISPONIBLE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE CIATEQ, A.C., CENTRO DE TECNOLOGÍA AVANZADA.
DRA. MARÍA GUADALUPE NAVARRO ROJERO, Directora General de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 22 fracciones I y II, y 59 fracciones I, V, IX y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como lo establecido en las fracciones I y II del artículo 36 de los Estatutos de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada; y el artículo 20, fracciones V y VII del Código de Ética de la Administración Pública Federal;
CONSIDERANDO
Que CIATEQ, A.C., es una Asociación Civil constituida conforme a las leyes mexicanas la cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía de gestión, decisión técnica, operativa y administrativa; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3ro, párrafo onceavo, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en los artículos 81, 82, 84 y 85 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación. Además, es una entidad paraestatal la cual forma parte del régimen de empresas de participación estatal mayoritaria previsto en los artículos 3 y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal así como en los artículos 2, 3, 11 y 28 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Que el Código de Conducta de CIATEQ A.C., Centro de Tecnología Avanzada, tiene por objeto promover las acciones que fortalezcan la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción, así como establecer los principios, valores, reglas de integridad y compromisos que guíen el actuar de las y los servidores públicos de CIATEQ en el desempeño de sus labores y que orienten el juicio ético en la toma de decisiones a fin de trascender con ética pública y de esta forma fortalecer a la identidad estratégica que los define como personas íntegras, responsables, con actitud de servicio y comprometidas en el cumplimiento de metas, indicadores y objetivos mismos que coadyuvan a alcanzar la Misión y Visión institucional
Que dicho Código de Conducta se encuentra alineado al Código de Ética de la Administración Públicas Federal, publicado en el DOF de fecha 8 de febrero de 2022 y a las disposiciones contenidas en los Lineamientos Generales para integración y funcionamiento de los Comités de Ética publicados en el DOF de fecha 28 de diciembre del 2020.
Que es una obligación de los entes públicos crear y mantener condiciones que permitan la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública, para tal efecto, el Estado promueve acciones para fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción, sin embargo, los verdaderos cambios se gestan a partir del agregado de las acciones de las personas servidoras públicas de manera individual, que asumen una cultura ética y de servicio a la sociedad, convencidas de la dignidad e importancia de su tarea, de conformidad con el ultimo y penúltimo párrafo del apartado de Considerandos del "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas", publicado en el DOF el 12 de octubre de 2018.
Que el Comité de Ética de CIATEQ A.C., Centro de Tecnología Avanzada, en su Cuarta Sesión Extraordinaria del ejercicio 2023, realizada el 25 de julio de 2023, aprobó por unanimidad el Código de Conducta de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada mediante acuerdo no. CE-SE03-02-2023, cuyo ámbito de aplicación es general y obligatoria para toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en CIATEQ, sin importar la naturaleza de su contratación; así como para aquellas personas que establezcan un vínculo institucional con CIATEQ, con motivo de la prestación de servicio social, prácticas profesionales, catedráticos, pos-doctorantes; clientes, proveedores y/o cualquier prestador de servicios profesionales; y alumnos de sus posgrados.
Que el Código de Conducta de CIATEQ A.C., fue aprobado por su Órgano Interno de Control mediante oficio SFP/OIC/041/2023 de fecha 28 de julio de 2023, posteriormente, se otorgó la opinión favorable al Código de Conducta de CIATEQ A.C. por parte de la Coordinación General de Gobierno Eficaz y Probidad de la Unidad de Control y Mejora de la Administración Pública Federal perteneciente a la Dirección General de Mejora de la Gestión y Ética Pública de la Secretaría de la Función Pública en fecha 17 de noviembre de 2023, siendo aprobado y entrando en vigor en fecha 27 de noviembre de 2023 mediante oficio DG/139/2023 emitido por la que suscribe, en su carácter de Directora General de CIATEQ A.C., Centro de Tecnología Avanzada.
Que en observancia al Capítulo V del "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas", publicado en el DOF el 12 de octubre de 2018, CIATEQ A.C., Centro de Tecnología Avanzada tiene la obligación de difundir y publicar en su página de internet y en el DOF, el contenido del Código de Ética; así como hacerlo del conocimiento de las personas servidoras públicas, por lo que se emite el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA PÁGINA ELECTRÓNICA DONDE SE ENCUENTRA
DISPONIBLE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE CIATEQ, A.C., CENTRO DE TECNOLOGÍA AVANZADA
Primero.- Se da a conocer a las personas servidoras públicas pertenecientes a CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada y al público en general, que su Código de Conducta, podrá consultarse en las siguientes ligas electrónicas:
https://www.ciateq.mx/images/pdfs/CEPCI/2023/C%C3%93DIGO%20DE%20CONDUCTA%20DE%20CIATEQ%2018_dic_23.pdf
www.dof.gob.mx/2024/CONAHCYT/Codigo_Conducta_CIATEQ.pdf
Segundo.- El Código de Conducta de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada, es de aplicación general y obligatoria para toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en CIATEQ, sin importar la naturaleza de su contratación; así como para aquellas personas que establezcan un vínculo institucional con CIATEQ, con motivo de la prestación de servicio social, prácticas profesionales, catedráticos, pos-doctorantes; clientes, proveedores y/o cualquier prestador de servicios profesionales; y alumnos de sus posgrados.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Código de Conducta, entró en vigor a partir de su aprobación por la Dirección General de CIATEQ A.C., Centro de Tecnología Avanzada, en fecha 27 de noviembre de 2023.
Santiago de Querétaro, Querétaro, a los 6 días del mes de marzo de 2024.- Titular de la Dirección General de CIATEQ, A.C., Centro de Tecnología Avanzada, María Guadalupe Navarro Rojero.- Rúbrica.