ACUERDO por el que se emite el Padrón de Sujetos Obligados en materia de protección de datos personales competencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

DOF: 01/10/2025

ACUERDO por el que se emite el Padrón de Sujetos Obligados en materia de protección de datos personales competencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XIV, XV y XLVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, fracciones XXVI y XXVII y 81 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, 5 y 6, fracciones I y XX del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y

CONSIDERANDO
 

Que el párrafo segundo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) dispone que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición al uso de su información personal, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos personales, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros;

Que el artículo 6o., apartado A, fracción VIII, de la CPEUM establece que los sujetos obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos personales, y que las leyes en la materia determinarán las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de estos derechos, así como la competencia de las autoridades de control interno y vigilancia u homólogos en el ámbito federal y local para conocer de los procedimientos de revisión contra los actos que emitan los sujetos obligados;

Que el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) ejercer las atribuciones en materia de protección de datos personales de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como conocer de los procedimientos relativos a su protección, verificación e imposición de sanciones;

Que el artículo 81 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) otorga a la SABG atribuciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protección de datos personales en posesión de sujetos obligados;

Que en términos del artículo 3, fracción XXVII, de la LGPDPPSO, son sujetos obligados, entre otros, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, en el ámbito federal, estatal y municipal o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y

Que se estima necesario establecer el Padrón de Sujetos Obligados en materia de protección de datos personales del ámbito federal, a fin de dar a conocer las distintas autoridades responsables de garantizar la protección de datos personales en su poder en términos de la LGPDPPSO y demás disposiciones jurídicas aplicables, y respecto de las cuales la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ejerce sus atribuciones, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL PADRÓN DE SUJETOS OBLIGADOS EN MATERIA DE
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA ANTICORRUPCIÓN Y
BUEN GOBIERNO
 

Artículo 1. El Padrón de Sujetos Obligados en materia de protección de datos personales competencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno se integra con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 2. El Padrón de Sujetos Obligados en materia de protección de datos personales competencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno que se emite y anexa como parte integral del presente Acuerdo, se encuentra disponible para consulta de cualquier persona y de los sujetos obligados en la dirección electrónica siguiente:

https://updp.buengobierno.gob.mx/PadronSujetosObligadosPDP.pdf
 

La Unidad de Protección de Datos Personales será la encargada de mantener permanentemente actualizado el Padrón de Sujetos Obligados.

TRANSITORIOS
 

Primero. El presente Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abroga el Acuerdo mediante el cual se aprueba que el padrón de sujetos obligados del ámbito federal, en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus respectivas actualizaciones llevadas a cabo por la Secretaría de Acceso a la Información, se utilice como referencia directa del catálogo de sujetos obligados en el ámbito federal para efectos de lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 2019.

Ciudad de México, a 18 de septiembre de 2025.- La Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.

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