ACUERDO por el que se delegan facultades y atribuciones a las personas titulares de las áreas de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones que se indican.
AGENCIA DE TRANSFORMACION DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES
DOF: 24/02/2025
ACUERDO por el que se delegan facultades y atribuciones a las personas titulares de las áreas de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Transformación Digital.- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES Y ATRIBUCIONES A LAS PERSONAS TITULARES DE LAS ÁREAS DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES QUE SE INDICAN.
MTRO. JOSÉ ANTONIO PEÑA MERINO, TITULAR DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES, con fundamento en los artículos 26, fracción XXII, 42 Ter, fracciones XII y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4, 5, fracciones IV, VII, XII, 7, segundo párrafo, 8, fracción IV del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y
CONSIDERANDO
Que el 28 de noviembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el artículo 26, fracción XXII, se establece que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es una Secretaría del Poder Ejecutivo Federal;
Que el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que al frente de cada Secretaría de Estado habrá una persona titular, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de las personas titulares de las subsecretarías, de las Unidades de Administración y Finanzas, de las jefaturas de unidad, de las direcciones, de las subdirecciones, de las jefaturas de departamento, y demás personas funcionarias, en los términos que establezca el reglamento interior respectivo y las disposiciones legales aplicables.
Que de conformidad con el artículo 42 Ter, fracciones VIII, XII, XIV, XV, corresponde a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, emitir disposiciones para la adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, telecomunicaciones y desarrollo de software, así como dictaminar técnicamente su aprovisionamiento; emitir las normas, lineamientos, manuales, procedimientos y demás instrumentos análogos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones; otorgar su conformidad, previo a su nombramiento, de las personas titulares de las unidades administrativas responsables de las tecnologías de la información y comunicación u homólogo, de las dependencias, incluidos las de sus órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, y las demás que le encomienden expresamente las leyes y reglamentos;
Que el 24 de enero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, estableciendo en su artículo 4 que le corresponde originariamente a la persona titular de la Agencia la representación, trámite y resolución de todos los asuntos competencia de esta dependencia, así como delegar a favor de personas servidoras públicas subalternas, facultades para la planeación, operación, administración y vigilancia de los procesos que se ejecutan en la Agencia, sin perjuicio de su ejercicio directo, mediante acuerdos que, en su caso, se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, exceptuando de esta posibilidad aquellas facultades que se consideran expresamente como indelegables;
Que el artículo 5 fracciones IV, VII, XII del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, establece que la persona titular de la Agencia tiene entre otras facultades delegables la de auxiliarse para el ejercicio de sus facultades, de las personas titulares de las unidades administrativas y demás personas servidoras públicas de la Agencia, en los términos que establezcan las leyes y el reglamento; representar a la Agencia ante cualquier otra autoridad, sea jurisdiccional, legislativa o administrativa, así como ante cualquier persona física, moral u organismo internacional y las demás que le atribuyan las leyes, este reglamento y demás ordenamientos;
Que en virtud del artículo 7 del Reglamento de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, las personas titulares de las unidades administrativas y sus titulares tienen, además de las competencias y facultades establecidas en las disposiciones normativas aplicables y en el Reglamento Interior, aquellas que directamente se les designe en virtud de los acuerdos de delegación de facultades emitidos por la persona titular de la Agencia;
Que el artículo 8, fracción IV del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, señala que las personas titulares de la Unidad, de las coordinaciones nacionales y de las direcciones generales previstas en el artículo 3 del reglamento, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen entre otras la facultad de ejercer las facultades que les sean delegadas, realizar los actos instruidos por su superior jerárquico y aquellos que les correspondan por suplencia, así como realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones;
Que a efecto de incrementar la eficiencia y eficacia en la atención de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, en el desempeño que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones le encomienda a su Titular, se tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES Y ATRIBUCIONES LAS PERSONAS TITULARES DE LAS ÁREAS DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES QUE SE INDICAN
Artículo Primero.- Se delega a la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas las atribuciones previstas en el artículo 5, fracción VII del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Artículo Segundo.- Se delegan a la persona titular de la Coordinación Nacional de Infraestructura Digital las atribuciones previstas en el artículo 12 fracciones XXII, XXIII, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Artículo Tercero.- La delegación de atribuciones y facultades a que se refiere este Acuerdo, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por el Titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de febrero de dos mil veinticinco.- El Titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, José Antonio Peña Merino.- Rúbrica.