ACUERDO por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y las unidades administrativas adscritas a la misma.
AGENCIA DE TRANSFORMACION DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES
DOF: 28/02/2025
ACUERDO por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y las unidades administrativas adscritas a la misma.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Transformación Digital.- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
MTRO. JOSÉ ANTONIO PEÑA MERINO, TITULAR DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES, con fundamento en los artículos 26, fracción XXII, 42 Ter, fracciones XII y XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 42 y 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 70, fracción XIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 4, 5, fracciones III, VII y XII, y 6, fracción V, del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y
CONSIDERANDO
Que el 28 de noviembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en cuyo artículo 26, fracción XXII, se establece que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal;
Que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que expresamente le confiere el artículo 42 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como las demás leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes de la persona titular del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones jurídicas aplicables;
Que el 24 de enero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, estableciendo en su artículo 1 que ésta tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que expresamente le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes de la persona titular del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables;
Que el artículo 6, fracción V, del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, establece que la persona titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones tiene la facultad indelegable de emitir las normas, lineamientos, políticas, criterios, manuales, procedimientos y demás instrumentos análogos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones;
Que conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas autorizadas para llevar a cabo los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrá de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos;
Que de conformidad con el artículo 70, fracción XIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, como sujeto obligado, debe poner a disposición del público y actualizar, la información relativa al domicilio de la unidad de transparencia;
Que, a efecto de dotar de seguridad jurídica a las autoridades jurisdiccionales y administrativas, así como al público en general, y con el propósito de dar cumplimiento a las diversas disposiciones normativas aplicables que imponen la obligación de señalar domicilio para todos los efectos a que haya lugar, es imperativo hacer del conocimiento el domicilio oficial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO OFICIAL DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS ADSCRITAS A LA MISMA
Artículo 1. Se comunica a las autoridades de cualquier ámbito y materia, personas servidoras públicas, así como al público en general que el domicilio oficial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y las unidades administrativas adscritas a la misma se encuentra ubicado en el inmueble sito en calle El Oro, número 17, Colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06700, en la Ciudad de México; con un horario de atención al público en general de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles.
Artículo 2. La Unidad de Transparencia de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones tiene como domicilio oficial el señalado en el artículo anterior.
Artículo 3. Las notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, trámites, servicios, procedimientos administrativos y cualquier otra diligencia que guarde relación con los asuntos de la competencia de las unidades administrativas señaladas en el presente acuerdo y que se lleven a cabo con y por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales en la Ciudad de México, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, demás autoridades y público en general, deberán enviarse y realizarse en el domicilio señalado en el presente Acuerdo.
Lo anterior, sin perjuicio del uso de los medios de comunicación electrónica ya existentes o los que se establezcan para tal efecto, de conformidad con la normativa aplicable.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Tratándose de los procedimientos en trámite a la fecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo, en los que esté transcurriendo algún plazo legal y que en la notificación correspondiente se hubiera señalado un domicilio distinto, los interesados deben presentar sus promociones y documentos respectivos en el domicilio señalado en el artículo 1 de este Acuerdo.
Dado en la Ciudad de México, a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco.- El Titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, José Antonio Peña Merino.- Rúbrica.