ACUERDO No. CFCE-085-2025 por el que se modifica el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Comisión Federal de Competencia Económica.
COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA
DOF: 02/04/2025
ACUERDO No. CFCE-085-2025 por el que se modifica el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Comisión Federal de Competencia Económica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.- RLFTPDP-01/2025.
ACUERDO No. CFCE-085-2025
Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); los Transitorios Primero, Décimo y Décimo Primero del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica" (Reforma de Simplificación Orgánica);(1) 12, fracción XXX, y 20, fracciones XI y XII, de la Ley Federal de Competencia Económica(2) (LFCE); 4, fracciones I y II, 5, fracción XXXV, 6 y 7 del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica vigente(3) (Estatuto) el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión o Cofece), en sesión ordinaria celebrada el veintisiete de marzo de dos mil veinticinco, manifiesta su conformidad para la emisión del presente acuerdo.
CONSIDERANDO QUE
1. El once de junio de dos mil trece, se publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el "DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones", por medio del cual se crea a la Comisión como órgano constitucional autónomo; la cual continua en funciones de conformidad con los transitorios "Primero", "Décimo" y "Décimo Primero" del "DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de simplificación orgánica";(4)
2. El artículo 28, párrafo décimo quinto, de la CPEUM establece que la Comisión es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen la Constitución y las leyes.
3. El Estatuto establece en su artículo 5, fracción XXXV la facultad del Pleno para emitir lineamientos internos en materia de organización de archivos y de transparencia y acceso a la información pública.
4. El veintisiete de abril de dos mil diecisiete, el Pleno de la COFECE, emitió el Acuerdo No. CFCE-136-2017, por el cual emitió el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Comisión Federal de Competencia Económica (Reglamento), mismo que fue publicado en el DOF el diez de mayo de dos mil diecisiete. El Reglamento fue reformado mediante acuerdos publicados en el DOF el primero de junio de dos mil veinte y veintidós de marzo de dos mil veintidós.
5. El veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, se publicó en el DOF la Reforma de Simplificación Orgánica. En dicha Reforma de Simplificación Orgánica se estableció, entre otras cuestiones, la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a partir de la entrada en vigor de la legislación secundaria conforme al Segundo y Quinto Transitorio.
6. El veinte de marzo de dos mil veinticinco se publicó en el DOF el "DECRETO por el que se expiden la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal" (Decreto).
7. A efecto de armonizar las disposiciones del Reglamento con el Decreto, se considera necesario reformar las referencias al INAI y a las leyes abrogadas; la conformación del Comité de Transparencia en atención a que las facultades de la Autoridad Garante en los órganos constitucionales autónomos recaen en el órgano interno de control; y sujetar a la Autoridad Investigadora de la Comisión a la autoridad del Comité de Transparencia, observando en todo momento lo establecido en los artículos 26 y 124 de la Ley Federal de Competencia Económica.
En virtud de lo anterior,
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