ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación a la Estructura Orgánica del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES
DOF: 29/11/2023
ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación a la Estructura Orgánica del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
ACUERDO ACT-PUB/07/11/2023.06
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Con fundamento en los artículos 6º, Apartado A, fracción VIII y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XIII, 37, 40, 41, fracciones I y XI y 42, fracciones I y XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 17, 21, fracciones I, XIII, XX y XXIV, 26, 29, fracciones I y X, 30, 31, fracciones I, III, IV, VI, XI, XII y XIII, 33 y 35, fracciones I, VII, X, XX y XXI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 4, 5, fracciones X, inciso s, y XI, 6, 8, 12, fracciones I, II, XV, XX, XXVII, XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII, 16, fracciones III, VI, VII y VIII y último párrafo, 18, fracciones XIV, XVI, XXVI y XXIX, 29 y 43 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como en términos de la resolución definitiva de la controversia constitucional 280/2023 emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y con base en las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que el siete de febrero de dos mil catorce, el Ejecutivo Federal promulgó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de transparencia, modificando entre otros, el artículo 6, apartado A, a efecto de establecer que la Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, cuyo funcionamiento se rige bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.
2. Que el párrafo segundo del artículo 25 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispone que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Instituto o INAI) deberá establecer normas y procedimientos para sentar las bases de organización, funcionamiento y desarrollo de un sistema de Servicio Profesional, que garantice la capacitación, profesionalización y especialización de su personal, en la materia de acceso a la información y protección de datos personales.
3. Que el Pleno del Instituto aprobó mediante Acuerdo ACT-PUB/01/11/2016.04, el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2017, como un instrumento normativo que permite identificar a los órganos y unidades administrativas que integran la estructura orgánica institucional, así como las funciones con las que éstas cuentan, de manera que se esté en posibilidades de ejercer las facultades constitucionales y legales que tiene a su cargo el Instituto, el cual fue modificado mediante acuerdo ACT-PUB/05/07/2017.09, a efecto de incorporar las disposiciones que determinan el funcionamiento del Consejo Consultivo en términos de lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
4. Que observando la estructura orgánica y atribuciones establecidas en el Estatuto Orgánico del INAI, el 09 de agosto de 2017, mediante acuerdo ACT-PUB/09/08/2017.05, el Pleno del Instituto aprobó el Manual de Organización del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2017, el cual constituye un instrumento normativo de carácter administrativo organizacional en el que se plasman la misión, visión, objetivos estratégicos, marco normativo y se delimita el ámbito de responsabilidad y competencia de las unidades administrativas, además de describir sus atribuciones, estructura orgánica, objetivos, funciones, niveles jerárquicos y grados de autoridad desde las personas titulares de dichas unidades administrativas hasta la categoría de jefatura de departamento.
5. Que derivado de las atribuciones legales del Instituto establecidas en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, con fecha 13 de febrero de 2018, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones al Estatuto Orgánico y a la estructura orgánica, aprobadas por el Pleno del Instituto mediante acuerdos ACT-EXTPUB/06/12/2017.03 y ACT-EXT-PUB/06/12/2017.04, respectivamente.
6. Que con motivo de las modificaciones referidas en el numeral anterior, la Dirección General de Administración llevó a cabo un proceso de homologación de diversos documentos técnico-normativos en materia organizacional, entre ellos, el Manual de Organización del Instituto.
7. Que resultado de lo anterior, el 27 de abril de 2018, mediante Acuerdo ACT-PUB/27/04/2018.07, el Pleno del INAI aprobó las modificaciones al Manual de Organización del INAI, en el cual incluyeron fundamentalmente las atribuciones emanadas de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y las modificaciones a la estructura orgánica, quedando pendiente su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
8. Que en la actualidad, la Dirección de Soluciones Tecnológicas (DST) opera con tres subdirecciones: Operaciones, Seguridad de la Información y Calidad e Implantación. Estas subdirecciones desempeñan un papel fundamental en el funcionamiento del INAI al llevar a cabo diversas funciones. No obstante, la DST también se encarga de actividades relacionadas con adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios en el ámbito de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).
Es relevante señalar que la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) es un sistema en constante evolución que requiere la colaboración de todas las áreas de la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) para su correcto funcionamiento. La DST, sin embargo, se encuentra bajo una alta demanda de operaciones diarias, proporcionando soporte técnico tanto a los usuarios del Instituto como a los Organismos Garantes del país, no solo en lo relacionado con la PNT, sino también en diversos sistemas dentro del Instituto.
Es por ello que se propone agregar la Subdirección de Sistemas de Acceso a la Información a la estructura de la DST, ya que, por sus funciones, representa un reforzamiento importante tanto en el desarrollo como en la seguridad de la Plataforma Nacional de Transparencia, al coadyuvar en la implementación de acciones en materia de seguridad que atiendan a vulnerabilidades críticas.
Asimismo, brindará apoyo en la definición de requerimientos tecnológicos tanto para la PNT como para los sistemas que se utilizan en el Instituto, verificando que estas soluciones se implementen de manera segura y que cumplan con las normativas de seguridad pertinentes y que estén libres de vulnerabilidades.
La subdirección, al colaborar en el diseño de servicios de TIC, puede asegurarse que la capacidad, disponibilidad y continuidad estén integradas de manera correcta, lo que es esencial para garantizar la disponibilidad de servicios críticos en caso de interrupciones o ataques.
Además de todo lo anterior, esta subdirección brindará un importante apoyo en la supervisión de proyectos de TIC. Se asegurará de que se apliquen las mejores prácticas en el desarrollo y la seguridad en todas las etapas del proyecto, garantizando que se cumplan los objetivos definidos y optimizando el uso de los recursos disponibles.
9. Que en lo presupuestal, la propuesta se alinea con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuyo artículo 67 dispone que los movimientos que realicen los ejecutores de gasto a sus estructuras orgánicas, ocupacionales y salariales, así como a las plantillas de personal, deberán realizarse mediante adecuaciones presupuestarias compensadas, las que en ningún caso incrementarán el presupuesto regularizable para servicios personales del ejercicio fiscal inmediato siguiente, salvo en el caso de la creación de plazas conforme a los recursos previstos específicamente para tal fin en el Presupuesto de Egresos en los términos del artículo 33, fracción II de esta Ley.
10. Que con base en las necesidades internas de reforzar los niveles de seguridad perimetral y de protección de la PNT, de aplicativos y de micrositios web del Instituto, se propone la utilidad de realizar una modificación de la estructura actual de la DGTI, mediante el traslado de la Subdirección de Sistemas de Acceso a la Información, adscrita a la Dirección de Sistemas, a la Dirección de Soluciones Tecnológicas, adecuando sus funciones específicas por desempeñar. Precisando que, de esta manera, la modificación de la estructura no implica un incremento al presupuesto concerniente al capítulo 1000, Servicios Personales, de la citada unidad administrativa.
ESTRUCTURA ACTUAL
ESTRUCTURA PROPUESTA
Dirección General de Tecnologías de la Información
23010000 Dirección de Sistemas
23011000 Subdirección de Sistemas de Acceso a la Información
23011100 Departamento de Sistemas de Acceso a la Información
23011200 Departamento de Desarrollo de Sistemas
23012000 Subdirección de Sistemas de Protección de Datos
23012100 Departamento de Desarrollo de Sistemas de Protección de Datos
23013000 Subdirección de Aplicaciones Web
23013100 Departamento de Aplicaciones Web A (Puesto Tipo)
23013200 Departamento de Aplicaciones Web B (Puesto Tipo)
23014000 Subdirección de Soluciones Tecnologías
23015000 Subdirección de Calidad de Sistemas de Información
23020000 Dirección de Soluciones Tecnológicas
23021000 Subdirección de Operaciones
23021100 Departamento de Telecomunicaciones
23021200 Departamento de Operación y Mantenimiento del Ambiente Físico
23021300 Departamento de Soporte Técnico de Asistencia a Escritorio
23022000 Subdirección de Calidad e Implantación
23022100 Departamento de Calidad de Soluciones Tecnológicas
23023000 Subdirección de Seguridad de la Información
23023100 Departamento de Seguridad de la Información A
Dirección General de Tecnologías de la Información
23010000 Dirección de Sistemas
23012000 Subdirección de Sistemas de Protección de Datos
23012100 Departamento de Desarrollo de Sistemas de Protección de Datos
23013000 Subdirección de Aplicaciones Web
23013100 Departamento de Aplicaciones Web A (Puesto Tipo)
23013200 Departamento de Aplicaciones Web B (Puesto Tipo)
23014000 Subdirección de Soluciones Tecnologías
23015000 Subdirección de Calidad de Sistemas de Información
23020000 Dirección de Soluciones Tecnológicas
23021000 Subdirección de Operaciones
23021100 Departamento de Telecomunicaciones
23021200 Departamento de Operación y Mantenimiento del Ambiente Físico
23021300 Departamento de Soporte Técnico de Asistencia a Escritorio
23022000 Subdirección de Calidad e Implantación
23022100 Departamento de Calidad de Soluciones Tecnológicas
23023000 Subdirección de Seguridad de la Información
23023100 Departamento de Seguridad de la Información A
23024000 Subdirección de Sistemas de Acceso a la Información
23024100 Departamento de Sistemas de Acceso a la Información
23024200 Departamento de Desarrollo de Sistemas
1 Plazas de Dirección General
2 Plazas de Dirección de Área
8 Plazas de Subdirección de Área
10 Plazas de Jefatura de Departamento
1 Plazas de Dirección General
2 Plazas de Dirección de Área
8 Plazas de Subdirección de Área
10 Plazas de Jefatura de Departamento
Por lo antes expuesto y con base en las consideraciones de hecho y de Derecho previamente referidas, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la modificación a la estructura orgánica de la Dirección General de Tecnologías de la Información, de conformidad con lo siguiente:
ESTRUCTURA ORGÁNICA
ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA
...
23000000 Dirección General de Tecnologías de la Información
23010000 Dirección de Sistemas
23012000 Subdirección de Sistemas de Protección de Datos
23012100 Departamento de Desarrollo de Sistemas de Protección de Datos
23013000 Subdirección de Aplicaciones Web
23013100 Departamento de Aplicaciones Web A (Puesto Tipo)
23013200 Departamento de Aplicaciones Web B (Puesto Tipo)
23014000 Subdirección de Soluciones Tecnologías
23015000 Subdirección de Calidad de Sistemas de Información
23020000 Dirección de Soluciones Tecnológicas
23021000 Subdirección de Operaciones
23021100 Departamento de Telecomunicaciones
23021200 Departamento de Operación y Mantenimiento del Ambiente Físico
23021300 Departamento de Soporte Técnico de Asistencia a Escritorio
23022000 Subdirección de Calidad e Implantación
23022100 Departamento de Calidad de Soluciones Tecnológicas
23023000 Subdirección de Seguridad de la Información
23023100 Departamento de Seguridad de la Información A
23024000 Subdirección de Sistemas de Acceso a la Información
23024100 Departamento de Sistemas de Acceso a la Información
23024200 Departamento de Desarrollo de Sistemas
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de Administración para que lleve a cabo las gestiones, reasignaciones, movimientos y demás acciones necesarias en materia programática, presupuestaria, de servicios personales y de perfiles de puestos, así como para que presente al Pleno la propuesta de adecuaciones necesarias al Manual de Organización del Instituto en un plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias, a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo puede ser consultado en las siguientes direcciones electrónicas:
https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-07-11-2023.06.pdf
www.dof.gob.mx/2023/INAI/ACT-PUB-07-11-2023-06.pdf
CUARTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, a través de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de Internet del INAI.
QUINTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 45, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.
SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó, por unanimidad de las Comisionadas y el Comisionado del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, en sesión ordinaria celebrada el siete de noviembre de dos mil veintitrés, ante Ana Yadira Alarcón Márquez, Secretaria Técnica del Pleno.
Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Comisionados: Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara.- Secretaria Técnica del Pleno, Ana Yadira Alarcón Márquez.
ANA YADIRA ALARCÓN MÁRQUEZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN LO ORDENADO EN EL PUNTO DE ACUERDO QUINTO DEL ACUERDO ACT-PUB/07/11/2023.06, CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/07/11/2023.06, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 07 FOJAS ÚTILES.- MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.- Rúbrica.