ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial, por el que se reanudan los plazos y términos procesales de los asuntos señalados en el diverso Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones

DOF: 02/10/2025

ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial, por el que se reanudan los plazos y términos procesales de los asuntos señalados en el diverso Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones relativas a la conclusión de labores del Pleno, las Comisiones Permanentes, Órganos Auxiliares, Comités, Autoridad Garante y Áreas Administrativas, así como la Comisión de Conflictos Laborales, que integran al propio Consejo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de Administración Judicial.- AG-POAJ-012/2025.

El Pleno del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos décimo segundo, décimo tercero y décimo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, fracción VIII, 70, 71, 78, párrafo primero 79, primer párrafo, 80, fracciones II y XIX y 91, tercer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

CONSIDERANDO
 

1.     Que el Órgano de Administración Judicial tiene a su cargo la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación y velar por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.

2.     Que de conformidad con el artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Órgano de Administración Judicial cuenta con independencia técnica y de gestión para emitir sus resoluciones.

3.     Que es facultad del Órgano de Administración Judicial emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 76, 80, fracción II, 86, 101 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

4.     Que el 1 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones relativas a la conclusión de labores del Pleno, las Comisiones Permanentes, Órganos Auxiliares, Comités, Autoridad Garante y Áreas Administrativas, así como la Comisión de Conflictos Laborales, que integran al propio Consejo", el cual tuvo por objeto regular la conclusión de labores del Pleno, sus comisiones permanentes, órganos auxiliares, comités, autoridad garante y áreas administrativas, así como la Comisión de Conflictos Laborales que integraban el extinto Consejo de la Judicatura Federal, así como la suspensión de plazos y términos procesales de los asuntos competencia del Consejo de la Judicatura Federal, con motivo de su extinción el 31 de agosto de 2025;

5.     Que con el inicio de funciones del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial el 1 de septiembre de 2025, resulta necesario reanudar los plazos y términos procesales de los asuntos a que hace referencia el artículo 4, del Acuerdo General citado en el considerando anterior, a efecto de garantizar la continuidad institucional y el debido trámite de los asuntos en curso; y

6.     En fecha 19 de septiembre de 2025 el Director General de Asuntos Jurídicos, a solicitud del Pleno, remitió el proyecto de acuerdo sobre la reanudación de plazos.

Por lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL, POR EL QUE SE
REANUDAN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DE LOS ASUNTOS SEÑALADOS EN EL DIVERSO
"ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE ESTABLECE LAS
DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CONCLUSIÓN DE LABORES DEL PLENO, LAS COMISIONES
PERMANENTES, ÓRGANOS AUXILIARES, COMITÉS, AUTORIDAD GARANTE Y ÁREAS
ADMINISTRATIVAS, ASÍ COMO LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES, QUE INTEGRAN AL
PROPIO CONSEJO"
 

ÚNICO. Se reanudan de los plazos y términos procesales en los asuntos competencia del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial, suspendidos en el Acuerdo General del extinto Consejo de la Judicatura Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el uno de julio de dos mil veinticinco.

TRANSITORIOS
 

PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Órgano de Administración Judicial en Intranet e Internet.

Firman al calce el Presidente del Órgano de Administración Judicial y la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91, 99, fracción VIII y 100, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

EL MAESTRO CÉSAR MAURICIO LÓPEZ RAMIREZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial, por el que se reanudan los plazos y términos procesales de los asuntos señalados en el diverso "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones relativas a la conclusión de labores del Pleno, las comisiones permanentes, órganos auxiliares, comités, autoridad garante y áreas administrativas, así como la comisión de conflictos laborales, que integran al propio Consejo", fue aprobado por el Pleno del propio Órgano, en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2025, por unanimidad de votos de las personas integrantes: Maestro Néstor Vargas Solano, Presidente; Licenciada Surit Berenice Romero Domínguez; Doctora Lorena Josefina Pérez Romo; Maestra Catalina Ramírez Hernández y Maestro José Alberto Gallegos Ramírez.- Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2025.- Conste.- Rúbrica.

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