ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación con el funcionamiento del Comité de Integridad.

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL 

DOF: 13/09/2022

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación con el funcionamiento del Comité de Integridad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y ADICIONA EL SIMILAR QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INTEGRIDAD.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100 constitucional, primer párrafo, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

CUARTO. Derivado de las condiciones actuales respecto a las cargas de trabajo que afronta diariamente el Comité de Integridad, es necesario que cuente con una estructura definitiva que pueda dar atención de manera oportuna y expedita a las mismas; también se armoniza la denominación de la Contraloría a la señalada en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; se precisa a partir de qué momento inicia el término de diez días hábiles para la emisión de la opinión no vinculante; y la forma de las sesiones.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ÚNICO. Se reforman los artículos 65 Ter, fracción I; 65 Quater; y 65 Quinquies, párrafo primero, fracciones VIII y IX; y se adiciona la fracción X al artículo 65 Quinquies, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:

"Artículo 65 Ter. ...

I.    Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, quien lo presidirá;

II.   a III. ...

Artículo 65 Quater. El Comité de Integridad tendrá las siguientes atribuciones:

I.    Verificar que se haya efectuado un proceso de selección transparente de acuerdo al cargo, empleo o comisión que ocupará la persona propuesta en el Poder Judicial de la Federación, a fin de determinar si se produce o no un potencial o real conflicto de interés, o si pone en riesgo el derecho de acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad;

II.   Emitir dentro de los diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, la opinión, no vinculante, respecto de la contratación y licencias superiores a diez días de personas que tengan relaciones familiares o de pareja con otros titulares. Las licencias urgentes podrán otorgarse sin la necesidad de obtener previamente la opinión del Comité, lo cual deberá hacerse de su conocimiento;

III.   Emitir una guía para identificar y prevenir actos de nepotismo y conflictos de interés de las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, la cual deberá ser revisada y actualizada anualmente, y someterse a consideración del Pleno;

IV.  Nombrar y remover a la persona titular de la Secretaría Técnica del Comité de Integridad y su personal de apoyo, la cual estará adscrita a la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal; y

V.   Las demás que determine el Pleno del Consejo.

Para el desarrollo y validez de las sesiones del Comité de Integridad, se estará a lo dispuesto por los acuerdos generales del Pleno.

El Comité de Integridad emitirá las opiniones no vinculantes, por mayoría de sus integrantes de forma permanente; y podrá celebrar sesiones extraordinarias a solicitud de cualquiera de sus miembros, cuando la urgencia o trascendencia del caso lo amerite.

Artículo 65 Quinquies. La persona titular de la Secretaría Técnica del Comité de Integridad tendrá las siguientes funciones:

I.    a VII. ...

VIII. Informar a la persona titular consultante respecto de la opinión emitida por el Comité;

IX.  Coordinar la impartición de talleres de sensibilización para identificar y prevenir actos de nepotismo o de conflicto de intereses; y

X.   Las demás que le señale la normativa y el Comité de Integridad."

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes y en el Sistema Integral de Gestión de Expedientes, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en intranet e internet.

EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación con el funcionamiento del Comité de Integridad, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 3 de agosto de 2022, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2022.- Conste.- Rúbrica.

 

Tipo de documento
Tag (PALABRAS CLAVE)
Fecha de noticia