ACUERDO General 18/2025 que emite el H. Pleno del Tribunal Superior Agrario, por el que se comunica la nueva sede del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8, con sede en la Ciudad de México, así como del Órgano Interno de Control.

DOF: 26/09/2025

ACUERDO General 18/2025 que emite el H. Pleno del Tribunal Superior Agrario, por el que se comunica la nueva sede del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8, con sede en la Ciudad de México, así como del Órgano Interno de Control.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.

ACUERDO GENERAL 18/2025 QUE EMITE EL H. PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, POR EL QUE SE COMUNICA LA NUEVA SEDE DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 8, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.

Ciudad de México, a veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco.

El Honorable Pleno del Tribunal Superior Agrario, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las fracciones IV y VI del artículo 8º y la fracción VIII del artículo 9º, ambos de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, emite el presente acuerdo bajo las siguientes,

CONSIDERACIONES:
 

I. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 27, fracción XIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 8 fracción X de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, es atribución del Tribunal Superior Agrario aprobar el Reglamento Interior, así como los demás reglamentos y disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.

II. De conformidad con lo establecido en los artículos 11, fracción I, de la Ley Orgánica y 6 del Reglamento Interior ambos ordenamientos de los Tribunales Agrarios, establecen que corresponde a la Presidencia del Tribunal Superior Agrario, entre otras, tramitar los asuntos administrativos de la competencia de dicho Órgano Jurisdiccional y proponer al Honorable Pleno las medidas administrativas que sirvan para simplificar y hacer más expedita la administración de la justicia agraria, y para facilitar a las partes el desahogo de sus promociones ante los Tribunales Agrarios.

III. En los términos del artículo 8, fracción II, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, el Tribunal Superior Agrario tiene la atribución de establecer la sede de los Tribunales Unitarios que existirán en cada uno de los distritos.

IV. El Honorable Pleno del Tribunal Superior Agrario en sesión administrativa de dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, mediante acuerdo general 20/2023 ratificó el acuerdo general 19/2023 y a su vez dio a conocer que a partir del ocho de agosto del dos mil veintitrés, la sede del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8 con sede en la Ciudad de México y del Tribunal Superior Agrario sería el ubicado en Avenida Insurgentes Sur, número 838, Colonia del Valle Centro, Código Postal 03100, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.

V. En términos de lo dispuesto en el artículo 26 de los Lineamientos para el arrendamiento de inmuebles para albergar las sedes de los Tribunales Agrarios, existe la necesidad de efectuar el cambio de domicilio de dicho órgano jurisdiccional así como del Órgano Interno de Control, para su mejor funcionamiento tanto jurisdiccional como administrativo; lo cual es acorde a las disposiciones en materia de austeridad conforme al procedimiento administrativo correspondiente, y la autorización otorgada por la autoridad hacendaria de fecha cinco de septiembre de dos mil veinticinco.

VI. Por tanto, el Honorable Pleno del Tribunal Superior Agrario con fundamento en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 8° en su fracción XI de la Ley Orgánica, en relación con el artículo 9 del Reglamento Interior, ambos ordenamientos de los Tribuales Agrarios, emite el siguiente.

ACUERDO:
 

PRIMERO. Se modifica el punto de acuerdo TERCERO del acuerdo general 20/2023 solo para establecer que el nuevo domicilio del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8, con sede en la Ciudad de México, a partir del veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco, será en el inmueble ubicado en la Calle Montana, número 33, Colonia Nápoles, C.P. 03810, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.

SEGUNDO. Asimismo, se establece que el Órgano Interno de Control tendrá como nueva sede el inmueble ubicado en la Calle Montana, número 33, Colonia Nápoles, C.P. 03810, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, lo anterior a partir del veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco.

TERCERO. Corresponderá al Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8, notificar el nuevo domicilio de dicha sede a las autoridades administrativas y jurisdiccionales que estime pertinentes.

CUARTO. Notifíquese el presente acuerdo a los 51 Tribunales Unitarios Agrarios, para efectos de dar a conocer el domicilio de la nueva sede del Órgano Interno de Control.

QUINTO. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por así disponerlo expresamente el artículo 8, fracción II, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

Asimismo, por conducto del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8 publíquese el presente acuerdo en los periódicos de mayor circulación de las entidades federativas de su competencia, en los estrados del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8 y del Tribunal Superior Agrario, en el Boletín Judicial Agrario, así como en la página web del Tribunal Superior Agrario.

SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

El Secretario General de Acuerdos del Tribunal Superior Agrario, Licenciado Marco Antonio Olallo Lima, con fundamento en el artículo 22, Fracción II, III y V, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, hace constar y CERTIFICA: Que en sesión administrativa celebrada el veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco, el Pleno de este órgano jurisdiccional, por unanimidad de votos aprobó el ACUERDO GENERAL 18/2025 POR EL QUE QUE SE COMUNICA LA NUEVA SEDE DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 8, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. Conste.-

Secretario General de Acuerdos, Lic. Marco Antonio Olallo Lima.- Rúbrica.

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