ACUERDO mediante el cual se aprueban diversas modificaciones al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

DOF: 02/05/2022

ACUERDO mediante el cual se aprueban diversas modificaciones al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/20/04/2022.10

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN DIVERSAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Con fundamento en los artículos 6°, Apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, párrafo primero, 29, fracciones I y VIII, y 31, fracción XII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3, fracción IV, 6, 8, 12, fracciones I y XXXV, 16, fracción VI, 18 fracciones XIV, XVI y XXVI, 19, 20, 21 y 22 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y conforme a las siguientes:

CONSIDERACIONES

1.     Que el artículo 17, párrafo primero, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI o Instituto) es un organismo autónomo, especializado, independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna.

2.     Que de conformidad con lo establecido por los artículos 3, fracción IV, 12, fracción XXI,18, fracción XXI, 19, 20, 21 y 22 del Estatuto Orgánico, el Pleno del INAI consideró conveniente que, para el mejor desarrollo de las actividades del Instituto, se constituyan instancias colegiadas denominadas Comisiones, que colaboren con el órgano máximo de decisión y sean responsables de las tareas de supervisión, de coordinación y de propuestas de políticas, programas y acciones, para el seguimiento de las actividades institucionales de las diversas unidades administrativas del Instituto.

3.     Que mediante Acuerdo ACT-PUB/20/08/2014.04 el Pleno del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, aprobó la creación de Comisiones Permanentes, el cual fue publicado el diez de septiembre de dos mil catorce en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Las cuales conforme al punto resolutivo Segundo, se acordó que: "Son comisiones permanentes las siguientes Comisiones de: Políticas de Acceso a la Información; Asuntos Internacionales; Normativa de Acceso a la Información, Capacitación y Cultura de la Transparencia; Gestión Documental y Archivos; Indicadores y Evaluación; Normatividad de Datos Personales; Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones; Tecnologías de la Información; Gobierno Abierto y Transparencia; Vinculación con Estados y Municipios; Vinculación con Nuevos Sujetos Obligados y; Vinculación y Promoción del Derecho...".

4.     Que, con motivo de la creación de las supradichas comisiones permanentes, en esa misma fecha se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se aprueba el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, para determinar su objeto, organización y funcionamiento.

5.     Que mediante Acuerdo ACT-PUB/14/01/2015.08 el Pleno del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, se modificó el diverso ACT-PUB/20/08/2014.04 a efecto de crear las Comisiones Permanentes de Comunicación Social y Difusión, así como la de Presupuesto, publicado en el DOF el veinticinco de enero de dos mil quince.

6.     Que del análisis a las atribuciones genéricas de las Comisiones de Comunicación Social y Difusión, así como la de Presupuesto, se advirtió que éstas son transversales, es decir, impactan en otras actividades del Instituto, que por su trascendencia y relevancia requieren de la opinión y supervisión de la totalidad de los Comisionados, por lo que el Pleno del Instituto estimó necesario que los temas que de manera específica se atendían en dichas Comisiones, sean del conocimiento de todos los Comisionados, bajo la coordinación del Comisionado Presidente, por lo que mediante Acuerdo ACT-PUB/21/06/2017.10 el Pleno del Instituto aprobó la Modificación a la conformación de diversas Comisiones Permanentes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la extinción de las Comisiones Permanentes de Comunicación Social y Difusión, y de Presupuesto, quedando sin efectos el punto de Acuerdo Primero del diverso ACTPUB/14/01/2015.08, por el cual se crearon dichas Comisiones.

7.     Que mediante Acuerdo ACT-PUB/07/02/2018.08 el Pleno del Instituto aprobó el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Nacional De Transparencia, Acceso a

la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el DOF el once de mayo de dos mil dieciocho; mismo que abrogó el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, publicado en el DOF el diez de septiembre de dos mil catorce.

8.     Que mediante Acuerdo ACT-PUB/06/06/2018.08 de fecha seis de junio de dos mil dieciocho, fue aprobado por el Pleno del Instituto la Modificación a la conformación de diversas Comisiones Permanentes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el DOF el veintitrés de agosto de dos mil dieciocho.

9.     Que mediante acuerdo ACT-PUB/03/07/2019.09, aprobado por el Pleno del INAI el tres de julio de dos mil diecinueve y publicado en el DOF el dos de agosto de dos mil diecinueve, se determinó la modificación de diversas Comisiones Permanentes del Instituto, en donde se decidió que las Comisiones de Políticas de Acceso al Información, y de Gobierno Abierto y Transparencia se fusionaran en la Comisión de Políticas de Acceso, Gobierno Abierto y Transparencia; asimismo, las Comisiones de Normatividad de Acceso a la Información y la de Vinculación con Estados y Municipios, se fusionan en la Comisión de Vinculación con el Sistema Nacional de Transparencia.

       Derivado de lo anterior, el listado de Comisiones Permanentes del Instituto quedó de la siguiente manera: Asuntos Internacionales; Capacitación y Cultura de la Transparencia; Gestión Documental y Archivos; Indicadores y Evaluación; Normatividad de Datos Personales; Políticas de Acceso, Gobierno Abierto y Transparencia; Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones; Tecnologías de la Información; Vinculación con el Sistema Nacional de Transparencia; Vinculación con Nuevos sujetos Obligados, y Vinculación y Promoción del Derecho.

10.   Que mediante acuerdo ACT-PUB/22/12/2020.08, aprobado por el Pleno del INAI el veintidós de diciembre de dos mil veinte, se renovó la conformación de diversas Comisiones Permanentes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

11.   Que en virtud, de las necesidades actuales para para hacer más eficiente la labor del Pleno en Comisiones, a fin de garantizar su organización y adecuado funcionamiento, resulta necesario modificar el artículo 6 del Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en donde se determina cambiar la denominación de la Comisión de "Vinculación con Nuevos Sujetos Obligados", para quedar como Comisión de "Criterios", así como, diversos artículos.

12.   Que de acuerdo al artículo 4 del este Instituto en términos de los artículos 29, fracciones I y VIII y 31, fracción XII de la LFTAIP el Comisionado Presidente someterá a consideración del Pleno la modificación al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, conforme a las consideraciones de hecho y de Derecho previamente expuestas, emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se modifica el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de mayo de 2018, en los términos del ANEXO ÚNICO, el cual forma parte integral del presente.

SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno, para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de internet del Instituto.

El presente acuerdo y su Anexo Único, podrán ser consultados en las direcciones electrónicas siguientes:

https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-20-04-2022.10.zip

Contenido del Archivo ZIP

1. ACT-PUB-20-04-2022.10.pdf

2. Anexo Único.docx

www.dof.gob.mx/2022/INAI/ACT-PUB-20-04-2022-10.zip

CUARTO. Se instruye a la Secretaria Técnica del Pleno que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 45, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.

QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEXTO. Se deroga toda disposición de igual o menor jerarquía que contravenga el presente Acuerdo.

Así lo acordó, por unanimidad de las Comisionadas y de los Comisionados del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta Del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena en sesión ordinaria celebrada el veinte de abril de dos mil veinte, ante Ana Yadira Alarcón Márquez, Secretaria Técnica del Pleno.

Comisionada Presidenta: Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Norma Julieta del Río Venegas, Adrián Alcalá Méndez, Josefina Román Vergara.- Secretaria Técnica del Pleno, Ana Yadira Alarcón Márquez.

ANA YADIRA ALARCÓN MÁRQUEZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN LO ORDENADO EN EL PUNTO DE ACUERDO CUARTO DEL ACUERDO ACT-PUB/20/04/2022.10 CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/20/04/2022.10, MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 05 FOJAS UTILES Y SU ANEXO QUE SE INCLUYE EN LAS DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DESCRITAS EN EL PUNTO DE ACUERDO TERCERO DEL MISMO, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL VEINTE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDÓS.- MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTE DE ABRIL DOS MIL VEINTIDÓS.- Rúbrica.

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