DECRETO por el que se reforman los artículos 169 y 190 del Reglamento del Senado de la República.

DOF: 08/04/2022

DECRETO por el que se reforman los artículos 169 y 190 del Reglamento del Senado de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- Ciudad de México.

LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:

SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 169 Y 190 DEL REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA.

Artículo Único.- Se reforman los artículos 169, numeral 1, fracción III y 190, numeral 1, fracción VII del Reglamento del Senado de la República, para quedar como sigue:

Artículo 169

1. ...

I. y II. ...

III.    Exposición de motivos, con las razones que la sustentan, el alcance y competencia constitucional para legislar sobre la materia, así como la descripción del proyecto y, en su caso, la relación directa o indirecta con alguno de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas;

IV. a VII. ...

2. a 5. ...

Artículo 190

1. ...

I. a VI. ...

VII.   Consideraciones de orden general y específico que motivan el sentido del dictamen, comprendiendo su denominación, naturaleza, ámbito de aplicación, así como, en su caso, la relación directa o indirecta con alguno de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas y, de ser procedentes, las modificaciones realizadas;

VIII. a X. ...

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SALÓN DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES.- Ciudad de México, a 29 de marzo de 2022.- Sen. Olga Sánchez Cordero Dávila, Presidenta.- Rúbrica.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbrica.

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