ACUERDO por el que se da a conocer al público en general el medio de difusión de los trámites y servicios que se reactivan en la Secretaría de Gobernación a través de medios electrónicos, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el coronavirus

DOF: 26/08/2020

ACUERDO por el que se da a conocer al público en general el medio de difusión de los trámites y servicios que se reactivan en la Secretaría de Gobernación a través de medios electrónicos, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.

OLGA MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO DÁVILA, Secretaria de Gobernación, con fundamento en los artículos 4o. y 90, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 140 de la Ley General de Salud; 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

CONSIDERANDO

Que en el marco de la declaratoria de epidemia global por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitida por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020, y del reconocimiento efectuado por el Consejo de Salubridad General, de dicha epidemia como una enfermedad grave de atención prioritaria efectuado mediante el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2020; el Estado mexicano implementó una serie de medidas para la contención de la propagación del virus SARS-CoV2 en todos los ámbitos de la vida nacional, para la salvaguarda de la población y con ello garantizar el derecho humano a la salud consagrado en el artículo cuarto constitucional, así como el aseguramiento en la continuidad bajo esquemas de protección, de las actividades de la Administración Pública Federal;

Que el 24 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cual establece como una de ellas, la relativa a suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, salvo aquellas funciones esenciales;

Que el 14 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como establecer acciones extraordinarias, señalando que la reapertura de actividades se hará de manera gradual, ordenada y cauta, considerando tres etapas;

Que el 27 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en la Secretaría de Gobernación, con las exclusiones que en el mismo se indican; precisando como período el comprendido del 1 de junio de 2020, y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal;

Que el 31 de julio del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los criterios aplicables para la administración de los recursos humanos en las dependencias y

entidades de la Administración Pública Federal para mitigar la propagación del coronavirus COVID-19; en el cual se expresa que derivado de la continua prolongación del periodo de contingencia sanitaria, resulta necesario observar un nuevo esquema de operación en la Administración Pública Federal, manteniendo como eje rector la adopción de las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas servidoras públicas y de los miembros de la sociedad, pero transitando al restablecimiento de las actividades inherentes al servicio público en beneficio de la ciudadanía, a través de la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones para el máximo aprovechamiento de las capacidades productivas del capital humano; así como la implementación y continuidad de las medidas sanitarias, entre las cuales se encuentran la política de sana distancia y de reducción de la movilidad;

Que el mismo Acuerdo expresa la necesidad de reactivar las actividades inherentes a la función pública, bajo la máxima de la buena administración que propicie un escenario paralelo y en armonía con las medidas sanitarias que permitan la recuperación de la economía y reinserción paulatina de la sociedad a la vida cotidiana, y

Que derivado de lo anterior, y en aras de seguir mitigando la propagación de la enfermedad SARS-CoV2 (COVID-19) y con ello salvaguardar la integridad y seguridad física del público usuario y dar cumplimiento a las disposiciones antes señaladas, resulta necesario dar a conocer al público en general el medio por el cual, las personas interesadas podrán consultar los trámites y servicios que la Secretaría de Gobernación ha reanudado a través de medios electrónicos, por lo que se expide el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL EL MEDIO DE DIFUSIÓN DE
LOS TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REACTIVAN EN LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN A
TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS, CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA
POR EL CORONAVIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)

PRIMERO.- Se da a conocer al público en general el medio de difusión de los trámites y servicios que se reactivan en la Secretaría de Gobernación a través de medios electrónicos, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19).

SEGUNDO.- Los interesados podrán consultar los trámites y servicios que las Unidades Administrativas de la Secretaría de Gobernación reactivarán a través de medios electrónicos, en el siguiente sitio web:

https://www.gob.mx/segob/documentos/tramites-y-servicios-que-se-reactivan-en-la-secretaria-de-gobernacion-
a-traves-de-medios-electronicos?state=published

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Los trámites no previstos en el sitio web mencionado en el numeral SEGUNDO del presente Acuerdo, se entenderán sujetos a lo dispuesto en el Acuerdo por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en la Secretaría de Gobernación, con las exclusiones que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2020.

Dado en la Ciudad de México, a 25 de agosto de 2020.- La Secretaria de Gobernación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.

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