AVISO mediante el cual se informa de la publicación del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en la página de Internet institucional de la Comisión Ejecutiva de Atención a Vícti

 COMISION EJECUTIVA DE ATENCION A VICTIMAS

DOF: 04/11/2024

AVISO mediante el cual se informa de la publicación del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en la página de Internet institucional de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.- Oficina de la Comisionada Ejecutiva.

MARTHA YURIRIA RODRÍGUEZ ESTRADA, Comisionada Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 84, 84 Ter, 84 Quáter, 84 Quinquies, 84 Sexíes, 84 Septies, fracción II, 85, 88 y 95 de la Ley General de Víctimas; 17, 18, 20, 58 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 35 del Reglamento de la Ley General de Víctimas; 17, 18 y 19 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 7 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Artículo Segundo, último párrafo del ACUERDO por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, publicado el 10 de agosto de 2010, y;

CONSIDERANDO
 

Que de conformidad con el artículo 84 Ter de la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, cuenta con una Junta de Gobierno y un Comisionado Ejecutivo para su administración;

Que la Junta de Gobierno tendrá como atribuciones, entre otras, el aprobar las disposiciones normativas que la Comisionada Ejecutiva someta a su consideración, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 Septies, fracción II de la citada Ley General de Víctimas,

Que el artículo 140 de la Ley General de Bienes Nacionales (LGBN), establece que los órganos de gobierno de las entidades deberán establecer comités de bienes muebles para la autorización, control y seguimiento de las operaciones respectivas,

Que los comités de bienes muebles tendrán, entre otras funciones, la facultad para elaborar y autorizar el Manual de Integración y Funcionamiento respectivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 141 de la LGBN;

Que el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se publicó por primera vez el 15 de diciembre de 2015, y debido a la actualización de la normatividad en la materia, así como la actualización del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas resultó necesario actualizarlo en su totalidad y emitir uno nuevo, y;

Que, por ACUERDO CEAV/JG2024/IISO/07 de la Junta de Gobierno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en su Segunda Sesión Ordinaria 2024, celebrada el 09 de julio de 2024, se aprobó el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS EN LA PÁGINA DE INTERNET INSTITUCIONAL DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS

 

[...]

Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5742179&fecha=04/11/2024#gsc.tab=0

 

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