AVISO por el que se hace del conocimiento al público en general, que las normas oficiales mexicanas que se indican permanecen vigentes, hasta en tanto no se modifiquen o se cancelen.

SECRETARIA DE SALUD

DOF: 21/08/2024

AVISO por el que se hace del conocimiento al público en general, que las normas oficiales mexicanas que se indican permanecen vigentes, hasta en tanto no se modifiquen o se cancelen.

RUY LÓPEZ RIDAURA, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Salud Pública, con fundamento a lo dispuesto en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracciones I y IX, 10, fracciones I y II, 15, fracción II, 24 y 32, último párrafo de Ley de Infraestructura de la Calidad; 45 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en relación con el Transitorio Tercero del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020; 8, fracción V y 10 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 3 y 5, fracción I del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Salud Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2022, y

CONSIDERANDO
 

Que el Pleno de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, en la Primera Sesión Extraordinaria de 2024 SE/CNIC/01-2024, celebrada el veintisiete de junio del 2024, acordó haber recibido la solicitud de la Secretaría de Salud, para valorar la continuidad de la vigencia de las Normas Oficiales Mexicanas materia del presente Aviso;

Que en el ACUERDO CNIC 4/1SE-2024, la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, con fundamento en los artículos 18, fracciones I y XVIII, y 32, último párrafo de la Ley de Infraestructura de la Calidad, valoró y aprobó que las Normas Oficiales Mexicanas materia del presente Aviso, permanezcan vigentes. La Secretaría de Salud deberá hacer los trámites para la publicación en el Diario Oficial de la Federación y en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad, del Aviso correspondiente en donde se notifique que permanecen vigentes, y

Que en atención a lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente

AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO AL PÚBLICO EN GENERAL, QUE LAS NORMAS
OFICIALES MEXICANAS QUE SE INDICAN PERMANECEN VIGENTES, HASTA EN TANTO NO SE
MODIFIQUEN O SE CANCELEN
 

ARTÍCULO ÚNICO.- Las siguientes Normas Oficiales Mexicanas permanecen vigentes:

-      NOM-002-SSA3-2017, Para la organización y funcionamiento de los servicios de radioterapia;

-      NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico;

-      NOM-008-SSA3-2017, Para el tratamiento integral del sobrepeso y obesidad;

-      NOM-012-SSA3-2012, Que establece los criterios para la ejecución de proyectos de investigación para la salud en seres humanos;

-      NOM-016-SSA2-2012, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera;

-      NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada;

-      NOM-017-SSA2-2012, Para la vigilancia epidemiológica;

-      NOM-017-SSA3-2012, Regulación de servicios de salud. Para la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados;

-      NOM-022-SSA3-2012, Que instituye las condiciones para la administración de la terapia de infusión en los Estados Unidos Mexicanos;

-      NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de información de registro electrónico para la salud. Intercambio de información en salud;

-      NOM-026-SSA3-2012, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria;

-      NOM-028-SSA3-2012, Regulación de los servicios de salud. Para la práctica de la ultrasonografía diagnóstica;

-      NOM-029-SSA3-2012, Regulación de los servicios de salud. Para la práctica de la cirugía oftalmológica con láser excimer;

-      NOM-031-SSA3-2012, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social a adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad;

-      NOM-035-SSA2-2012, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica;

-      NOM-035-SSA3-2012, En materia de información de la salud, y

-      NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.

TRANSITORIO
 

ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a veintinueve de julio de dos mil veinticuatro.- El Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Salud Pública, Ruy López Ridaura.- Rúbrica.

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