CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para realizar acciones en materia de prevención y control de la salud mental y adicciones, que celebran la Secretaría de Salud y Jalisco
SECRETARIA DE SALUD
DOF: 12/07/2024
CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para realizar acciones en materia de prevención y control de la salud mental y adicciones, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco.
CONVENIO ESPECÍFICO CRESCA-CONASAMA-E025-JAL-001/2024
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA SALUD MENTAL Y ADICCIONES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA" POR CONDUCTO DEL DR. JUAN MANUEL QUIJADA GAYTÁN, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. FERNANDO PETERSEN ARANGUREN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO DE JALISCO, EL C.P.C. JUAN PARTIDA MORALES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA Y LA DRA. ANA GABRIELA MENA RODRIGUEZ, DIRECTORA GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO; A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 01 de febrero del 2019, "LAS PARTES" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de julio de 2019, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, Apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO".
De conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera de "EL ACUERDO MARCO", los facultados para la celebración de los Convenios Específicos que al efecto se suscriban son, por "LA ENTIDAD El Titular de la Secretaría de Salud; El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, El Titular de la Hacienda Pública y por "LA SECRETARÍA", el Titular de la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones (CONASAMA), atendiendo lo establecido en el último párrafo de los Considerandos, así como en los artículos Primero, Segundo, Tercero, Quinto fracción VI y los Transitorios Primero, Segundo, Tercero y Cuarto del DECRETO por el que se crea la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, en lo sucesivo "EL DECRETO", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 29 de mayo de 2023.
Conforme al artículo 6, fracción I de la Ley General de Salud, uno de los objetivos del Sistema Nacional de Salud, es proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción, implementación e impulso de acciones de atención integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en el apartado 2. Política Social, en el rubro de salud, establece que, el gobierno federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos el suministro de medicamentos y materiales de curación y los exámenes clínicos. Asimismo, entre otras acciones, determina que se emprenderá una campaña informativa nacional sobre la salud mental y la prevención y atención de las adicciones, por lo cual se asignarán recursos del Programa E-025 "Prevención y Atención contra las adicciones", en adelante "EL PROGRAMA", el cual está a cargo de la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones.
Con fecha 05 de julio de 2019, el Gobierno Federal puso en marcha la Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones "JUNTOS POR LA PAZ", con la cual se pretende lograr una nueva perspectiva que trate a las personas afectadas por las adicciones como una población digna de derechos de protección, apoyo, inclusión y vinculación, que tiene el derecho y merece ser atendida con la generosidad del Estado nacional, el cual debe brindarle oportunidades para incorporarse a una vida saludable y productiva en todos los sentidos.
Que en razón de sus dimensiones y sus graves efectos en el desarrollo de los países, el trastorno mental y del comportamiento, debido al consumo de sustancias psicotrópicas y sus consecuencias, exigen la aplicación de políticas públicas claras, consistentes y de largo plazo, que integren en una acción sinérgica los recursos disponibles de las instituciones y propicien una responsabilidad compartida, con la participación de los tres órdenes de gobierno, de la sociedad civil organizada y la población en general, a fin de abarcar los diferentes y muy complejos ángulos de esta problemática.
"LAS PARTES" han determinado de común acuerdo, suscribir el presente instrumento jurídico, precisando los términos para el cumplimiento de las obligaciones y montos de los recursos presupuestarios federales a transferirse a "LA ENTIDAD", todo ello con la finalidad de implementar ejes de acción específicos que permitan alcanzar las metas y objetivos de "EL PROGRAMA".
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, integrante de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o fracción I, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene a su cargo proveer lo necesario para el exacto cumplimiento de sus funciones, dentro de la esfera de su competencia y le corresponde establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, así como la coordinación del Sistema Nacional de Salud
I.2 La Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones (CONASAMA), fue creada mediante "EL DECRETO", la cual tiene por objeto hacer efectivo el derecho a la prevención, control y atención de la salud mental y adicciones a la población mexicana, por medio de un modelo comunitario con enfoque de atención primaria a la salud integral con respeto a los derechos humanos, a la interculturalidad y a la perspectiva de género.
Dicha comisión, en términos de lo establecido en los artículos 36, 37 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, puede ejercer las atribuciones que las leyes y demás disposiciones aplicables otorgan a la Secretaría de Salud, en particular en materia de prevención y control de la salud mental y adicciones, y de aquellas que requieran de la participación y coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
I.3 Conforme a lo dispuesto en os Artículos Quinto y Sexto de "EL DECRETO", en relación con lo que dispone el artículo 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Dr. Juan Manuel Quijada Gaytán, Titular de la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, quien acredita su carácter con el nombramiento de fecha 29 de mayo de 2023, emitido por el Dr. Jorge Alcocer Varela, Secretario de Salud, es el servidor público que cuenta con facultades legales para celebrar el presente convenio.
I.4 CONASAMA cuenta con la disponibilidad presupuestaría para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico, mismos que le fueron asignados a "EL PROGRAMA" en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2024.
I.5 Para efectos del presente Convenio Específico, señala como domicilio el ubicado Av. Periférico Sur Nº 2767, Edificio 5, Planta Baja, Edificios 6 y 7, Colonia San Jerónimo Lídice, Demarcación Territorial La Magdalena Contreras, C.P. 10200, Ciudad de México.
I.6 Para efectos fiscales su domicilio es Calle Homero número 213, Colonia Chapultepec Morales, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11570, Ciudad de México.
II. "LA ENTIDAD" declara que:
II.1. Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1ro de la Constitución Política del Estado de Jalisco.
II.2. La Secretaría de la Hacienda Pública, es una Dependencia de la Administración Pública Estatal de conformidad con lo establecido en los artículos 3 numeral 1 fracción I, 5 numeral 1 fracción II, 7 numeral 1 fracción III, 14, 16 numeral 1 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
II.3. El Secretario de la Hacienda Pública, tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en el artículo 15 numeral 1 fracción VI, 16 numeral 1 fracción II, 18 numeral 1 fracciones VII y XXVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y 11 fracción IX del Reglamento Interno de la Secretaría de la Hacienda Pública, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento de fecha 06 de diciembre del 2018 expedido el Ing. Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, mismo que se adjunta al presente instrumento como parte de su ANEXO 1.
II.4. La Secretaría de Salud, es una Dependencia de la Administración Pública Estatal de conformidad con lo establecido en los artículos 3 numeral 1 fracción I, 5 numeral 1 fracción II, 7 numeral 1 fracción III, 14, 16 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
II.5. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 numeral 1 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y 164 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, a la Secretaría de Salud le corresponde ejercer las atribuciones que la Constitución Política y legislación federal en materia de salud y sanitaria establece para los Estados, así como las atribuciones descentralizadas por la Federación hacia los Estados, mediante la celebración de convenios y acuerdos; así como promover y apoyar las acciones de los sectores público, social y privado dirigidas a prevenir y atender los problemas de salud pública causados por las adicciones, con excepción de las psicológicas, a través de su órgano desconcentrado, el Consejo Estatal Contra las Adicciones en Jalisco y el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco mediante sus Centros Comunitarios de Salud Mental.
II.6. El Secretario de Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 5 numeral 1 fracción II,15 numeral 1 fracción VI, así como 30 numeral 1 fracciones XIX y XXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento de fecha 06 de diciembre del 2018 expedido el Ing. Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, mismo que se adjunta al presente instrumento como parte de su ANEXO 1.
II.7. El Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, forma parte de la Administración Pública Paraestatal, fue creado mediante Decreto número 16,526, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", con fecha 10 de abril de 1997, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene por objeto prestar servicios de salud a la población en esta entidad; así mismo, se encuentra sectorizado a la Secretaria de Salud del Estado de Jalisco, en cumplimiento de lo dispuesto por las Leyes General y Estatal de Salud, y a lo relativo del Acuerdo de Coordinación.
II.8 Su Directora General acredita su cargo con copia de su nombramiento de fecha 01 de marzo de 2024, expedido por el Ing. Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, mismo que se adjunta al presente instrumento como parte de su ANEXO 1; estando facultada para suscribir el presente instrumento, conforme a lo dispuesto por los artículos 66 numeral 1 fracción I y 67 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco el 05 de diciembre de 2018 mediante el Decreto 27213/LXII/18; además de los artículos 2 fracción I, 6, 13, 16, 21 y 23 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Jalisco; en relación con los artículos 1, 2, 3, 10 fracciones I, VI y XV de la Ley del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco.
II.9 Para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la finca marcada con el número 107 de la calle Dr. Baeza Alzaga, colonia Centro, en el municipio de Guadalajara, Jalisco, C.P. 44100.
Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5733205&fecha=12/07/2024#gsc.tab=0