AVISO mediante el cual se da a conocer la dirección electrónica para la consulta del Código de Conducta de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

DOF: 14/05/2024

AVISO mediante el cual se da a conocer la dirección electrónica para la consulta del Código de Conducta de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

BLANCA ALICIA MENDOZA VERA, Procuradora Federal de Protección al Ambiente, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, 18, 19, 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; los artículos 2 fracción IV, 3 apartado B fracción I, 41, 42 y 45 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; el artículo 20 fracción II del Código de Ética de la Administración Pública Federal; el numeral décimo tercero del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; el artículo segundo fracción II del Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, de fecha 10 de agosto de 2010 y su modificación de fecha 21 de agosto de 2012; lo enunciado en el apartado VIII numeral 8 de la Guía para la elaboración del código de conducta en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO
 

Que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), al ser un órgano administrativo desconcentrado adscrito a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya existencia y naturaleza jurídica están previstos en los artículos 3 apartado B fracción I y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya misión y visión se encuentran orientadas a la restauración, preservación y protección de los recursos naturales, así como la procuración de justicia en materia medio ambiental, es una entidad consciente de que los principios, valores éticos, postulados deontológicos y reglas de integridad, son ejes rectores en la actuación externa e interna de la PROFEPA, sabedores que la erradicación de prácticas discriminatorias y la consolidación de un ambiente laboral libre de hostigamiento y acoso sexuales, así como la cero tolerancia a los actos de corrupción, contribuyen al fortalecimiento, excelencia y consecución de los fines de la PROFEPA, ha tenido a bien consolidar dichos postulados en el su Código de Conducta.

Que la obligación para las dependencias de la Administración Pública Federal, como es el caso de la PROFEPA, de emitir un código de conducta se prevé en el Código de Ética de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 2022, puntualmente en su artículo 20, fracción II.

Que durante el ejercicio 2023 el Código de Conducta se sometió a aprobación del Órgano Interno de Control en la SEMARNAT, obteniendo opinión favorable y durante el desarrollo de la quinta sesión extraordinaria del Comité de Ética de la PROFEPA, se aprobó por votación unánime.

Que el citado documento, recibió opinión favorable de la Dirección General de Mejora de la Gestión y Ética Pública, dependiente de la Coordinación General de Gobierno Eficaz y Probidad, adscrita a la Secretaria de la Función Pública del 13 de noviembre de 2023.

Que la aplicación de los principios, valores éticos y reglas de integridad que contiene el Código de Conducta de la PROFEPA coadyuvarán en la erradicación de prácticas discriminatorias, en un ambiente laboral libre de hostigamiento y acoso sexuales, así como de cero tolerancia a los actos de corrupción, lo que contribuirá en el fortalecimiento, excelencia y consecución de la misión y visión de este órgano administrativo desconcentrado en beneficio de la sociedad, por lo que se ha tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA PARA LA CONSULTA DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
 

Primero. A las personas servidoras públicas que laboran en la PROFEPA y al público en general, se les informa que el Código de Conducta de la PROFEPA se encuentra disponible para consulta en la siguiente dirección electrónica:

https://www.gob.mx/profepa/documentos/codigo-de-conducta-de-la-procuraduria-federal-de-proteccion-al-ambiente-360515?state=published

www.dof.gob.mx/2024/PROFEPA/CodigoDeConductaProfepa2023.pdf

Segundo. Las particularidades de la norma expedida son las siguientes:

Denominación de la norma: Código de Conducta de la de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)

Emisor: Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Fecha de la emisión: 27 de noviembre de 2023

Materia de la norma: Ética Pública

Datos de identificación de la norma: Normatividad Interna

Tercero. El Código de Conducta de la PROFEPA es de observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas que laboran en esta Procuraduría.

Ciudad de México, a 26 de abril de 2024.- La Procuradora Federal de Protección al Ambiente, Blanca Alicia Mendoza Vera.- Rúbrica.


 

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