DECRETO por el que se reforma y adiciona el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA
DOF: 14/02/2024
DECRETO por el que se reforma y adiciona el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el actual párrafo tercero y se adiciona un párrafo para quedar como tercero, y se recorren los subsecuentes en su orden, del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:
Artículo 4.- ...
...
Los convenios de colaboración en materia de bienes o servicios de atención a la salud que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, no estarán sujetas a la aplicación de la Ley.
En el supuesto a que se refiere el párrafo segundo de este artículo, los procedimientos de contratación con terceros y la ejecución de los contratos celebrados con estos, se rigen por las disposiciones de la Ley y el presente reglamento.
...
...
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 12 de febrero de 2024.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Roberto Salcedo Aquino.- Rúbrica.