ACUERDO SS/4/2023 por el que se determina el calendario oficial de suspensión de labores para el año 2023.
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
DOF: 10/01/2023
ACUERDO SS/4/2023 por el que se determina el calendario oficial de suspensión de labores para el año 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Pleno General de la Sala Superior.
ACUERDO SS/4/2023
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA EL CALENDARIO OFICIAL DE SUSPENSIÓN DE LABORES PARA EL AÑO 2023
Con fundamento en los artículos 9, 16, fracciones IX y XII, 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; 6º, penúltimo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como en los artículos 27 y 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado b) del artículo 123 constitucional, 74 de la Ley Federal del Trabajo y 19 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el Pleno General de la Sala Superior es el órgano facultado para determinar el calendario oficial de suspensión de labores del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, ajustándolo al calendario del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- Que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, tendrá dos periodos de vacaciones y que coincidirán con los del Poder Judicial de la Federación;
TERCERO.- Que el Pleno General de la Sala Superior podrá determinar los días de suspensión de labores generales para el Tribunal, considerando también los que son días de descanso obligatorio establecidos en las Leyes Federales.
En ese tenor y en estricta observancia de los derechos laborales de los trabajadores de este Órgano Jurisdiccional contenidos en los ordenamientos citados, el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emite el siguiente:
ACUERDO
Por el que se determina el calendario oficial de suspensión de labores para el año 2023.
PRIMERO.- Se declaran inhábiles los días sábados y domingos, además de los que se indican a continuación: