INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.- ACUERDO por el que se dan a conocer los días de diciembre de 2022 que se consideran inhábiles.
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
DOF: 14/12/2022
ACUERDO por el que se dan a conocer los días de diciembre de 2022 que se consideran inhábiles para el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
ALDO ARTURO FRAGOSO PASTRANA, Director General Adjunto de Propiedad Industrial, en ausencia del Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 1o., 3o., fracción III, inciso a), 4o., 5o., 6o., primer párrafo, 6o. BIS y 7, fracción V, del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 1o., 4o., 5o., fracción III, inciso a), 10, 11, fracción V, y 42, primer párrafo, del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 17, 22 y 59, fracciones I, V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 6, 8, 9 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, presta servicios al público usuario en los cuales deben atenderse diversos plazos;
Que el artículo 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad industrial prevé que en los plazos fijados por dicha Ley en días, se computarán únicamente los hábiles;
Que el artículo 28 Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Federación los días que no se considerarán hábiles y el artículo 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial dispone que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial dará a conocer, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, los días que se considerarán como inhábiles;
Que a fin de comunicar oportunamente lo anterior y no entorpecer los trámites y servicios que se ofrecen de manera directa al público usuario, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS DE DICIEMBRE DE 2022 QUE SE CONSIDERAN
INHÁBILES PARA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Artículo 1o. Se consideran como inhábiles los días comprendidos del lunes 19 de diciembre de 2022 hasta el viernes 30 de diciembre de 2022, para efectos de los procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realiza el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en términos de lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
Artículo 2o. Para efectos de las notificaciones o recepción de cualquier comunicación oficial, infórmese a las distintas autoridades nacionales y extranjeras, que las oficinas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial permanecerán cerradas durante el periodo que se indica en el artículo 1o. del presente Acuerdo.
Artículo 3o. Publíquese el presente Acuerdo en la página web de este organismo: www.gob.mx/impi, así como en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial podrá convocar al personal necesario para atender las necesidades del servicio relacionadas con el cierre del ejercicio presupuestal correspondiente, así como para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de este Instituto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 356 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y demás disposiciones aplicables.
Ciudad de México, a 1 de diciembre de 2022.- El Director General Adjunto de Propiedad Industrial, Aldo Arturo Fragoso Pastrana.- Rúbrica.