ACUERDO de la Junta Directiva por el que se modifican las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública.

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

DOF: 08/07/2022

ACUERDO de la Junta Directiva por el que se modifican las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Instituto Federal de Defensoría Pública.

ACUERDO ACT-JD/ORD/II/09/05/2022.05

ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA POR EL QUE SE MODIFICAN LAS BASES GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA

ANTECEDENTES

1. En sesión ordinaria del 27 de septiembre del 2021, la Junta Directiva determinó por unanimidad aprobar algunas modificaciones a las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre del 2019, y aprobar las nuevas Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 4 de noviembre de 2021.

2. En sesión extraordinaria del 22 de noviembre del 2021, la Junta Directiva determinó por unanimidad aprobar algunas modificaciones a las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, mismas que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre del 2021.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Desde 2019, el Instituto Federal de Defensoría Pública (Instituto) se ha transformado en una institución del Estado mexicano que busca cambiar el sistema de justicia del país, en favor de las personas que más lo necesitan y que, por lo general, en encuentran en una o más situaciones de vulnerabilidad.

SEGUNDO. El Instituto ha implementado diversas acciones haciendo realidad lo establecido en las Líneas Generales de Trabajo 2019-2022 del Ministro Presidente Arturo Zaldívar.

El Titular del Instituto ha coordinado los esfuerzos necesarios para que la institución se convierta en un actor clave que contribuya a garantizar los derechos a la defensa adecuada y el acceso a la justicia de las personas, especialmente de las que se encuentran en una situación de vulnerabilidad.

El Instituto impulsó la creación de observatorios conformados por personas integrantes de las organizaciones de la sociedad civil, cuyos objetivos se han enfocado a:

-      Crear redes de apoyo

-      Identificar, crear e impulsar buenas prácticas en materia de atención a personas en situación de vulnerabilidad.

-      Brindar servicios jurídicos gratuitos a las personas que son canalizadas por parte de las y los integrantes de los observatorios al Instituto.

-      Gestionar una política de mejora continua en el Instituto.

-      Elevar la calidad de los servicios de defensa penal y asesoría jurídica.

-      Identificar áreas de oportunidad en el sistema de justicia mexicano y tomar acciones para corregirlas.

-      Mejorar la percepción que tiene la sociedad de las y los defensores públicos y asesores jurídicos.

-      Elaboración y presentación de amicus curiae ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y órganos jurisdiccionales.

TERCERO. A partir de las nuevas facultades del Instituto derivadas de la reforma judicial constitucional y legal de 2021, se considera necesario continuar con los trabajos coordinados con otras instancias que contribuyan a acercar, mejorar y garantizar los servicios de defensa penal y asesoría jurídica a la población, en respeto al derecho humano de acceso a la justicia.

Esto resulta aún más relevante si se considera que, a la luz de las nuevas atribuciones otorgadas al Instituto por el Consejo de la Judicatura Federal en materia de representación extraordinaria a mujeres y personas gestantes criminalizadas por ejercer su derecho a la interrupción de su embarazo y familiares de víctimas de feminicidio, se vuelve necesario que el Instituto genere y mantenga mecanismos efectivos de comunicación y canalización de casos.

CUARTO. Hasta abril de 2022, diferentes áreas del Instituto han organizado los siguientes observatorios ciudadanos, todos con un enfoque de atención especializado:

1.     Observatorio sobre Derechos de Personas con Discapacidad.

2.     Observatorio de Género y Justicia.

3.     Observatorio para la atención de personas privadas de libertad.

4.     Grupo de Trabajo de Combate a la Tortura.

Además, en 2022 el Instituto implementará un Observatorio de Niñez y otro de Personas en Movilidad y Sujetas a Protección Internacional.

QUINTO. Se considera necesaria una modificación al artículo 6 de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto para que las y los Titulares de Unidad que conforman el Instituto, continúen con la creación de observatorios ciudadanos, con un enfoque en la atención de personas en situación de vulnerabilidad y que, con apoyo y colaboración de las organizaciones de la sociedad civil, fomenten los servicios del Instituto y permitan garantizar el acceso a la justicia de las personas menos favorecidas.

Las actividades que se desarrollen con motivo de estos observatorios serán responsabilidad de las y los Titulares de Unidad, por lo que deberán garantizar que sesionen, al menos, dos veces al año, darán seguimiento a los acuerdos aprobados e informarán a la Junta Directiva sobre los trabajos realizados.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 28 y 29, fracción VII de la Ley Federal de Defensoría Pública y 4, fracciones II y VII de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se aprueban las modificaciones a las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, en términos del ANEXO ÚNICO del presente Acuerdo, que es parte integrante del mismo.

SEGUNDO. La Dirección General del Instituto realizará las gestiones que resulten necesarias para la publicación de este Acuerdo y su ANEXO ÚNICO en el Diario Oficial de la Federación y en la página electrónica del Instituto.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo y su ANEXO ÚNICO entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin perjuicio de lo previsto en el transitorio siguiente.

SEGUNDO. Las y los Titulares de Unidad responsables de los observatorios que estén vigentes hasta la fecha en que se emite el presente acuerdo, presentarán un informe a la Junta Directiva en la última sesión ordinaria de 2022, a celebrarse el 26 de septiembre del presente año, en términos de la modificación aprobada en esta sesión ordinaria.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos las y los integrantes de la Junta Directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública, Maestro Netzaí Sandoval Ballesteros, Presidente, Doctora Mónica González Contró, Doctora Catalina Pérez Correa, Maestro Carlos Gustavo Ponce Núñez y Doctor Diego Valadés. Ciudad de México, a los 9 días del mes de mayo de 2022. - Conste.

Director General, Maestro Netzaí Sandoval Ballesteros.- Rúbrica.- Integrantes: Doctora Mónica González Contró, Doctora Catalina Pérez Correa, Licenciado Carlos Gustavo Ponce Núñez, Doctor Diego Valadés.- Rúbricas.

ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO ACT-JD/ORD/II/09/05/2022.05

MODIFICACIONES A LAS BASES GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA

ÚNICO. Se adiciona la fracción VIII del artículo 6, recorriéndose en orden las subsecuentes, así como la fracción VII del artículo 22, recorriéndose en orden las subsecuentes, para quedar como sigue:

Artículo 6. Atribuciones de las unidades administrativas.

Las y los titulares de las unidades administrativas del Instituto tendrán las atribuciones siguientes:

(...)

VIII. Organizar, coordinar y dar seguimiento a los Observatorios ciudadanos en al menos las siguientes materias:

a)    Derechos de personas con discapacidad;

b)    Género y justicia;

c)    Derechos de personas privadas de libertad;

d)    Derechos de niñas, niños y adolescentes; y

e)    Derechos de personas en movilidad y sujetas a protección internacional.

Las y los titulares de Unidad son responsables de que los Observatorios sesionen al menos dos veces al año, se levante un acta del desarrollo de cada sesión y se dé seguimiento a los acuerdos aprobados y los compromisos asumidos por el Instituto.

IX. Certificar documentos relacionados con la competencia y atribuciones de la unidad a su cargo, y

X. Las demás que les sean conferidas por las normas aplicables.

(...)

Artículo 22. Atribuciones de la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos.

Son atribuciones de la Secretaría Técnica:

(...)

VII. Organizar, coordinar y dar seguimiento al Grupo de Trabajo de Combate a la Tortura. La o el titular de la Secretaría Técnica es responsable de que el Grupo de Trabajo sesione al menos dos veces al año, se levante un acta del desarrollo de cada sesión y se dé seguimiento a los acuerdos aprobados y los compromisos asumidos por el Instituto.

VIII. La o el titular de la Secretaría y el personal adscrito a la misma, realizarán visitas a los centros de detención, cuando existan indicios de la posible comisión de actos de tortura o malos tratos en perjuicio de personas representadas por el Instituto, y

IX. Las demás funciones que determine la o el titular de la Dirección General y la normatividad aplicable.

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