REGLAMENTO Interior de los Tribunales Agrarios.

 TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO 

DOF: 28/06/2024

REGLAMENTO Interior de los Tribunales Agrarios.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.

REGLAMENTO INTERIOR DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS

CONSIDERACIONES
 

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 27, fracción XIX, establece tribunales dotados de autonomía y plena jurisdicción para la administración de justicia en materia agraria en todo el territorio nacional, a fin de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y de la pequeña propiedad.

De conformidad con el artículo 1º de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, estos son los órganos dotados de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos en los términos de la fracción XIX del artículo 27 de la Carta Magna en materia agraria, y que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la citada Ley Orgánica, se componen por un Tribunal Superior Agrario y por los Tribunales Unitarios Agrarios.

Disposición: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8º, también de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, son atribuciones del Tribunal Superior Agrario: Aprobar el Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, así como los demás reglamentos y disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.

Objetivo: El Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, es un ordenamiento en el que se establece la estructura organizacional, las atribuciones y la adscripción de las diversas áreas que conforman a los mismos; de igual manera determina la forma en que las y los titulares de los Tribunales Agrarios; de las unidades administrativas y áreas adscritas podrán ser suplidos.

El reglamento permite avanzar a detalle en las situaciones contempladas por la Ley y, por ello tiene como función primordial regular y establecer el ámbito de competencia de cada una de las áreas que integran los Tribunales Agrarios, estableciendo con toda claridad las atribuciones que le son conferidas a todos y cada uno de ellos.

De ahí, la importancia de sus modificaciones y actualizaciones que nos permiten mejorar la impartición de justicia agraria; respetar los derechos de las personas, establecer y mejorar las obligaciones de las tareas encomendadas, en diversos ámbitos y contextos.

Fecha de emisión: 4 de junio de 2024

Url para consulta en su versión íntegra: www.tribunalesagrarios.gob.mx

www.dof.gob.mx/2024/TSA/Reglamento-Tribunalesagrarios4-06-2024.pdf

Ciudad de México, a 18 de junio de 2024.- El Secretario General de Acuerdos del Tribunal Superior Agrario, Licenciado Marco Antonio Olallo Lima.- Rúbrica.

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