EXTRACTO del Acuerdo por el que se expide el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en condición de orfandad por feminicidio.

DOF: 04/08/2021

EXTRACTO del Acuerdo por el que se expide el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en condición de orfandad por feminicidio.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO NACIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN CONDICIÓN DE ORFANDAD POR FEMINICIDIO.

MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA PÉREZ, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia con fundamento en los artículos: 4, fracciones I, incisos b), c), i) y m), 12, fracciones I, incisos b) y e), II, III y V, 22, incisos l) y t), 28, incisos c), d), e) y j), y 37, inciso b), de La Ley de Asistencia Social; 29, 37, fracción I, 40, 46, 48, 49, 116, 121, 122 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 35 y 36, fracción XI, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 59, fracción XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; 62 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 10, fracciones II, XVI y XXXI, 15 y 17 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de diciembre de dos mil diecinueve; tengo bien a emitir el siguiente ACUERDO, mismo que tiene como propósito brindar los elementos que orienten y faciliten el actuar del personal sustantivo encargado de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en condición de orfandad por feminicidio, así como la efectiva restitución de los mismos, mediante la generación de acciones para la prestación de los servicios correspondientes, conforme al marco normativo aplicable.

La versión íntegra del ACUERDO está disponible en la siguiente dirección electrónica:

http://sitios.dif.gob.mx/normateca/wp-content/uploads/2021/07/PROTOCOLO_NNAOF.pdf

Página DOF:

www.dof.gob.mx/2021/DIF/PROTOCOLO_NNAOF.pdf

Lo anterior en cumplimiento a la normatividad antes mencionada, así como al artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el último párrafo del artículo segundo del "ACUERDO que modifica al diverso por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, publicado el 10 de agosto de 2010."

Ciudad de México, a 30 de junio de 2021.- La Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, María del Rocío García Pérez.- Rúbrica.

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