ESTATUTO de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República.
CAMARA DE SENADORES
DOF: 17/05/2024
ESTATUTO de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.
ESTATUTO de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República
Abril 2024
ÍNDICE
TÍTULO PRIMERO
De las disposiciones generales, órganos de gobierno y Comisión de Administración
CAPÍTULO PRIMERO
De las disposiciones generales
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Mesa Directiva
CAPÍTULO TERCERO
De la Junta de Coordinación Política
CAPÍTULO CUARTO
De la Comisión de Administración
TÍTULO SEGUNDO
De los servicios parlamentarios y administrativos
CAPÍTULO PRIMERO
De la Secretaría General de Servicios Parlamentarios
SECCIÓN PRIMERA
De la Coordinación del Cuerpo Técnico Profesional
SECCIÓN SEGUNDA
De la Dirección General de Proceso Legislativo
SECCIÓN TERCERA
De la Dirección General de Apoyo Parlamentario
SECCIÓN CUARTA
De la Dirección General de Archivo Histórico y Memoria Legislativa
SECCIÓN QUINTA
De la Coordinación de Consultoría Jurídica Legislativa
SECCIÓN SEXTA
De la Dirección General de Apoyo Técnico
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Secretaría General de Servicios Administrativos
SECCIÓN PRIMERA
De la Coordinación Técnica de la SGSA
SECCIÓN SEGUNDA
De la Dirección General de Recursos Humanos
SECCIÓN TERCERA
De la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
SECCIÓN CUARTA
De la Dirección General de Asuntos Jurídicos
SECCIÓN QUINTA
De la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones
SECCIÓN SEXTA
De la Dirección General de Resguardo Parlamentario
SECCIÓN SÉPTIMA
De la Dirección General de Servicios Médicos
SECCIÓN OCTAVA
De la Tesorería
SECCIÓN NOVENA
De la Dirección General de Programación y Presupuesto
SECCIÓN DÉCIMA
De la Dirección General de Contabilidad
SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA
De la Dirección General de Pago a Senadores
SECCIÓN DÉCIMA SEGUNDA
Del Centro de Capacitación y Formación Permanente
TÍTULO TERCERO
De las unidades técnicas y de apoyo a los órganos de gobierno
CAPÍTULO PRIMERO
De la Secretaría Técnica de la Mesa Directiva
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Secretaría Técnica de la Junta de Coordinación Política
CAPÍTULO TERCERO
De la Coordinación de Comunicación Social
CAPÍTULO CUARTO
De la Coordinación General de la Unidad de Transparencia
CAPÍTULO QUINTO
De la Unidad Técnica para la Igualdad de Género
TÍTULO CUARTO
De los centros de estudio
CAPÍTULO PRIMERO
Del Instituto Belisario Domínguez
CAPÍTULO SEGUNDO
Del Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques
TÍTULO QUINTO
De la Contraloría Interna
CAPÍTULO ÚNICO
De la Contraloría Interna
SECCIÓN PRIMERA
De la Subcontraloría de Auditoría
SECCIÓN SEGUNDA
De la Subcontraloría de Responsabilidades, Quejas y Denuncias
SECCIÓN TERCERA
De la Subcontraloría de Evaluación de la Gestión Administrativa
SECCIÓN CUARTA
De la Subcontraloría de Evaluación de la Gestión Parlamentaria
SECCIÓN QUINTA
De la Coordinación de Auditoría a Grupos Parlamentarios
TÍTULO SEXTO
Del personal al servicio del Senado
CAPÍTULO ÚNICO
Del Personal de los servicios parlamentarios, administrativos y técnicos
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
TÍTULO PRIMERO
De las disposiciones generales, órganos de gobierno y Comisión de Administración
CAPÍTULO PRIMERO
De las disposiciones generales
Artículo 1
1. El presente Estatuto tiene por objeto establecer, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el Reglamento del Senado de la República, la estructura, las relaciones de mando, coordinación y supervisión, así como la adscripción y funciones de los órganos de gobierno, la Comisión de Administración y las unidades parlamentarias, administrativas y técnicas.
Artículo 2
1. Para los efectos de este Estatuto se entenderá por:
Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Comisiones y comités: Las instancias de trabajo parlamentario establecidas con esa denominación en la Ley y el Reglamento.
Comisión Permanente: La Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Contraloría: La Contraloría Interna del Senado de la República.
Diario de los Debates: El Diario de los Debates del Senado de la República.
Disposiciones administrativas: Ordenamientos jurídicos o preceptos que tienen eficacia jurídica, imponen deberes o conceden derechos y deben ser cumplidos según su alcance, tales como: Manuales de integración y funcionamiento, y de Procedimientos.
Disposiciones normativas: Ordenamientos jurídicos o preceptos que tienen eficacia jurídica, imponen deberes o conceden derechos y deben ser cumplidos según su alcance, tales como: Manuales de organización, Normas y Lineamientos.
Estatuto: El Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República.
Gaceta: La Gaceta Parlamentaria del Senado de la República, como documento oficial de publicación.
Grupos parlamentarios: Los grupos parlamentarios constituidos en el Senado.
Junta: La Junta de Coordinación Política del Senado de la República.
Ley: La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Manual General: El Manual General de Organización del Senado de la República.
Mesa: La Mesa Directiva del Senado de la República.
Órganos de gobierno: La Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política señalados como tales en la Ley y el Reglamento.
Pleno: Máximo órgano de decisión del Senado.
Presidente de la Mesa: La Presidenta o el Presidente de la Mesa Directiva del Senado.
Presidente de la Junta: La Presidenta o el Presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado.
Reglamento: El Reglamento del Senado de la República.
Secretarías generales: Las de servicios parlamentarios y de servicios administrativos.
Senado: La Cámara de Senadores del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Tesorería: La Tesorería del Senado de la República.
Unidades: Las unidades parlamentarias, administrativas y técnicas del Senado.
Unidades legislativas: Comprenderá a las senadoras, senadores, los órganos de gobierno, comisiones, comités y grupos parlamentarios.
Artículo 3
1. En el presente Estatuto se desarrollan la estructura y atribuciones de los órganos de gobierno, la Comisión de Administración y las unidades del Senado hasta el nivel de Dirección General.
En los manuales de organización se precisan las funciones de las unidades hasta el nivel de jefaturas de departamento formando parte integrante del Manual General.
2. La Secretaría General de Servicios Administrativos coordinará la integración del proyecto de Manual General con las propuestas que las unidades formulen y presenten, el cual será aprobado y sancionado por el órgano de gobierno competente. En su caso, las actualizaciones del Manual General serán adoptadas con este mismo procedimiento.
3. Las disposiciones normativas y administrativas serán emitidas por las secretarías generales en el ámbito de sus respectivas competencias; las de las unidades adscritas a la Mesa serán aprobadas y sancionadas por ésta a propuesta de la persona titular de cada unidad, previa opinión de la Secretaría General de Servicios Administrativos.
4. La Contraloría emitirá las disposiciones normativas y administrativas internas que regulen su funcionamiento, previa aprobación y sanción de la Mesa.
Artículo 4
1. Lo no previsto en el Estatuto se regulará por las disposiciones normativas y administrativas de orden interno que expidan, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la Mesa, las secretarías generales y la Contraloría.
Artículo 5
1. Para la adecuada planeación y prestación de los servicios parlamentarios, administrativos y técnicos, que requieren las Secretarías Técnicas de los órganos de gobierno, las comisiones y comités, los grupos parlamentarios, las senadoras y senadores para el cumplimiento de sus respectivas funciones y responsabilidades, el Senado cuenta con las unidades siguientes:
I. Secretaría General de Servicios Parlamentarios
II. Secretaría General de Servicios Administrativos
III. Tesorería
IV. Contraloría Interna
V. Secretaría Técnica de la Mesa Directiva
VI. Secretaría Técnica de la Junta de Coordinación Política
VII. Coordinación de Comunicación Social
VIII. Instituto Belisario Domínguez
IX. Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques
X. Centro de Capacitación y Formación Permanente
XI. Coordinación General de la Unidad de Transparencia
XII. Unidad Técnica para la Igualdad de Género
2. Según su jerarquía y responsabilidades, las unidades del Senado son:
I. De mando superior, a las cuales competen funciones de planeación, coordinación, dirección y control; y
II. De mando medio, a las que corresponden funciones de previsión, programación, verificación, ejecución y seguimiento.
3. Conforme a sus denominaciones genéricas, las unidades tendrán la categoría de:
I. Secretarías Generales
II. Coordinaciones
III. Direcciones Generales
IV. Jefaturas de Unidad
V. Direcciones de Área
VI. Subdirecciones
VII. Jefaturas de Departamento
Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5727245&fecha=17/05/2024#gsc.tab=0