DECRETO por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de actualización de la denominación de la Secretaría de Bienestar.

 SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

DOF: 27/03/2024

DECRETO por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de actualización de la denominación de la Secretaría de Bienestar.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO
 

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 210 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN MATERIA DE ACTUALIZACIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR

Artículo Único.- Se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 210. La Junta Directiva se compondrá de diecinueve miembros como a continuación se indica:

I. ...

II. La persona titular y dos subsecretarías de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la persona titular de las Secretarías de Salud, de Bienestar, del Trabajo y Previsión Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Función Pública y la persona titular de la Dirección General del IMSS, y

III. ...

...

Transitorio
 

Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.- Dip. Marcela Guerra Castillo, Presidenta.- Sen. Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta.- Dip. Pedro Vázquez González, Secretario.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 26 de marzo de 2024.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.

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