DECRETO por el que se expide el Reglamento de la Escuela Militar de Idiomas.

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL 

DOF: 24/09/2024

DECRETO por el que se expide el Reglamento de la Escuela Militar de Idiomas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3/o., 17, 122, 150 y 157 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y 13, 15, 17, 20, 28, 42 y 45 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA ESCUELA MILITAR DE IDIOMAS

ARTÍCULO ÚNICO. Se expide el Reglamento de la Escuela Militar de Idiomas, para quedar como sigue:

REGLAMENTO DE LA ESCUELA MILITAR DE IDIOMAS
 

TÍTULO PRIMERO
 

Disposiciones generales
 

Capítulo I
 

Objeto, misión, dependencia y glosario
 

Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer la estructura, organización, atribuciones y funcionamiento de la Escuela Militar de Idiomas, así como normar el proceso educativo de su enseñanza-aprendizaje.

Artículo 2.- La Escuela Militar de Idiomas es una institución de educación militar con la misión de enseñar idiomas mediante un proceso educativo de excelencia académica para satisfacer las necesidades de la Secretaría de la Defensa Nacional en el cumplimiento de sus misiones en materia de idiomas.

Artículo 3.- Las disposiciones previstas en este Reglamento son de observancia obligatoria para el personal de la Escuela Militar de Idiomas.

Artículo 4.- La Escuela Militar de Idiomas depende del Alto Mando del Ejército y Fuerza Aérea, por conducto de la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 5.- Para los efectos de este reglamento, se entiende por:

I.          Dirección: la Dirección de la Escuela Militar de Idiomas;

II.         Escuela: la Escuela Militar de Idiomas;

III.        Ley: la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y

IV.        Reglamento: el Reglamento de la Escuela Militar de Idiomas.

Artículo 6.- La Escuela imparte educación de capacitación para el trabajo y forma parte del Sistema Educativo Militar.

Capítulo II
 

Fundamentos y Filosofía
 

Artículo 7.- La capacitación impartida en la Escuela está basada en los valores y elementos fundamentales mostrados dentro de los procesos de planeación, ejecución, evaluación y supervisión del aprendizaje, así como en la atención del perfil de egreso, y en toda aquella actividad extracurricular que se desarrolle dentro de la Escuela, que genere y exalte conductas dignas del personal discente.

Se consideran como elementos fundamentales de esta Escuela, la calidad en el servicio, compromiso, comunicación, conocimiento para la vida, excelencia, honor, innovación, lealtad y pluriculturalidad.

Artículo 8.- En la Escuela, los valores y elementos fundamentales se deben poner en práctica y ser observados en forma integral por el personal discente para desarrollar todas sus facultades como ser humano y fomentarles el amor a la patria y la conciencia en la justicia, así como poseer una moral alta, sentido de pertenencia, espíritu de cuerpo, cohesión, confianza, cooperación, colaboración, y alcanzar una productividad, éxito y resultados, que redunden en el cumplimiento de la misión de la Escuela.

La Escuela tiene como filosofía capacitar al personal discente en el dominio de idiomas distintos al español como un medio de enlace universal, con la habilidad suficiente para comunicar sus intenciones, pensamientos y emociones, para inculcarles el uso, el aprendizaje continuo y el entendimiento cultural del idioma que se estudia, y cumplir sus objetivos.

Artículo 9.- Los perfiles de egreso del personal discente, especificados en los programas de estudio, dirigen la educación que se debe impartir al atender las necesidades ético-morales, profesionales, de desarrollo, superación, práctica y mantenimiento de los valores fundamentales, mediante un proceso continuo de transformación, para que el personal discente adquiera y practique progresivamente conocimientos en los ámbitos cognoscitivo y axiológico, habilidades y destrezas en el campo lingüístico, con base en el currículo académico, así como desarrollar aptitudes y actitudes para alcanzar el perfil de egreso especificado para los cursos que imparte.

Capítulo III
 

Cursos y objetivos
 

Artículo 10.- En la Escuela se imparten los cursos de capacitación en materia de idiomas distintos al español siguientes:

I.          De conformidad con el calendario general escolar y en los niveles especificados en los programas de estudio respectivos:

a) Curso de inglés;

b) Curso de francés, y

c) Curso de portugués, y

II.         No programados en el calendario general escolar autorizados u ordenados por la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Los cursos referidos en la fracción II de este artículo, para efectos de planeación, admisión, programación, evaluación, acreditación o certificación, están sujetos a las directivas emitidas por la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, y su ejecución está supeditada a necesidades específicas, para lo cual se toma como referencia los programas de estudio de los cursos establecidos en el calendario general escolar.

Los cursos referidos en este artículo pueden ser presenciales o a distancia, es decir, impartidos en forma remota a través de las tecnologías de la información.

Artículo 11.- Los objetivos de la Escuela son:

I.          Capacitar al personal discente en el empleo de un idioma distinto al español, dentro de un marco de calidad, para comunicarse eficientemente en el territorio nacional y en el extranjero;

II.         Impulsar y difundir una cultura de calidad que permita generar un proceso de enseñanza-aprendizaje de excelencia académica en la Escuela;

III.        Fortalecer en el personal discente los valores fundamentales de lealtad, honor, abnegación, valor, patriotismo, disciplina, espíritu de cuerpo y honradez;

IV.        Fortalecer la cultura de respeto a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario;

V.         Orientar, evaluar e innovar el proceso enseñanza-aprendizaje en materia de idiomas distintos al español;

VI.        Aplicar el Plan General de Educación Militar y observar la doctrina militar, y

VII.       Promover y desarrollar la investigación educativa en el ámbito de su competencia.

 

Puede consultarlo completo en el siguiente enlace:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5739472&fecha=24/09/2024#gsc.tab=0

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