CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas.

SECRETARIA DE GOBERNACION

DOF: 13/10/2023

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, y el Estado de Jalisco.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA REALIZAR ACCIONES DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR KARLA IRASEMA QUINTANA OSUNA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA "CNBP"; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO, ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA, EL SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA, JUAN PARTIDA MORALES, Y EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA COMISIÓN DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DEL ESTADO DE JALISCO, VÍCTOR HUGO ÁVILA BARRIENTOS, EN LO SUCESIVO LA "ENTIDAD FEDERATIVA", EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIA DEL SUBSIDIO; Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES
 

Con fecha 26 de enero de 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el "Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las Entidades Federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para el Ejercicio Fiscal 2023", (en lo sucesivo, Lineamientos), cuyo objeto es establecer los requisitos, procedimientos y disposiciones para el otorgamiento, administración, ejercicio, seguimiento y evaluación de los recursos de los subsidios a los que podrán acceder las Comisiones Locales de Búsqueda de las entidades federativas constituidas legalmente, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas ("Ley General"), para implementar proyectos que contribuyan a las acciones de búsqueda y localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas.

Con fecha 31 de marzo de 2023, fue celebrado el Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la "Ley General", entre la Secretaría de Gobernación, por conducto de la "CNBP" y el Gobierno del Estado de Jalisco ("CONVENIO").

El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, (PEF 2023), el correspondiente al Ramo 04 Gobernación, Programas Federales, Otros Subsidios, U-008 Subsidios para las acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas subsidios y subvenciones; prevé una asignación de $811'421,430.00 (Ochocientos once millones cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos treinta pesos 00/100 M.N.), para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, de los cuales a la fecha, queda pendiente la asignación de la cantidad de $248,890,407.71 (Doscientos cuarenta y ocho millones ochocientos noventa mil cuatrocientos siete pesos 71/100 M.N.) por concepto de la bolsa de recursos concursables.

Mediante oficio número SGG/SDH/COBUPEJ/1787/2023 de fecha 05 de julio de 2023, el Gobierno del Estado de Jalisco, solicitó a la "CNBP" celebrar el presente instrumento jurídico. Lo anterior, con fundamento en los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de los Lineamientos y en términos de la Cláusula Vigésima del "CONVENIO".

Por oficio número SEGOB/CNBP/4159/2023 de fecha 17 de julio de 2023, la "CNBP" autorizó la procedencia de la solicitud de acceso al recurso concursable solicitado.

En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario utilizar la totalidad de los recursos destinados para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para realizar acciones de búsqueda y localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas, "LAS PARTES" manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio Modificatorio al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES
 

I.      La "CNBP" declara que:

I.1.   En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del "CONVENIO", las Declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes, con excepción de las expresadas en el presente Convenio Modificatorio, por lo que se tienen por reproducidas y ratificadas en su integridad como si a la letra se insertaran en el presente Convenio Modificatorio.

I.2.   Para efectos legales de este Convenio Modificatorio, señala como su domicilio el ubicado en Camino a Santa Teresa 1679, Planta Baja, Colonia Jardines del Pedregal, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01900, Ciudad de México, México.

I.3.   Las documentales, justificativas y comprobatorias que acreditan y sustentan la procedencia de este instrumento, obran en el expediente de la "CNBP"; lo anterior, para todos los fines y efectos legales a que haya lugar, por lo que corresponde a dicha área cualquier justificación y sustento sobre el particular.

II.     La "ENTIDAD FEDERATIVA" declara que:

II.1.  Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio al "CONVENIO", en términos del presente instrumento jurídico.

II.2.  En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del "CONVENIO", las Declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes, con excepción de las expresadas en el presente Convenio Modificatorio, por lo que se tienen por reproducidas y ratificadas en su integridad como si a la letra se insertaran en el presente instrumento jurídico.

III.    "LAS PARTES" declaran que:

III.1. Cuentan con las facultades necesarias para intervenir en la suscripción del presente Convenio Modificatorio.

III.2. Se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan su conformidad para la celebración del presente Convenio Modificatorio.

III.3.  Celebran el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de los Lineamientos y en términos de la Cláusula Vigésima del "CONVENIO".

En este sentido, "LAS PARTES" acuerdan modificar el "CONVENIO", única y exclusivamente en lo estipulado en las Cláusulas Primera y Tercera, manifestando su voluntad para obligarse de conformidad con las siguientes:

CLÁUSULAS
 

PRIMERA.- Objeto.

"LAS PARTES" acuerdan modificar el Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la "Ley General", celebrado el 31 de marzo de 2023, agregando un segundo párrafo a la Cláusula Primera y un penúltimo y último párrafo a la Cláusula Tercera, para quedar como se señala a continuación:

"PRIMERA.- Objeto

...

El Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto otorgar el Subsidio de la bolsa de recursos concursables autorizado a la "ENTIDAD FEDERATIVA" por conducto de su Secretaría de la Hacienda Pública de manera ágil y directa, en el marco del PEF 2023, de la "Ley General" y de los "Lineamientos.

"TERCERA.- Asignación de los Recursos.

...

I. al VI. ...

La "ENTIDAD FEDERATIVA" recibirá de la "CNBP" por concepto de asignación de la bolsa de recursos concursables, la cantidad de $8'100,000.00 (Ocho millones cien mil pesos 00/100 M.N.). El monto será transferido por conducto de su Secretaría de la Hacienda Pública en una sola exhibición. Por lo que el monto total otorgado a la "ENTIDAD FEDERATIVA" es la cantidad de "32'378'353.13 (Treinta y dos millones trescientos setenta y ocho mil, trescientos cincuenta y tres pesos 13/100 M.N.)".

Asimismo, la "ENTIDAD FEDERATIVA" aportará la cantidad de $1'215,000.00 (un millón doscientos quince mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de coparticipación. Por lo que el monto total aportado por la "ENTIDAD FEDERATIVA" es la cantidad de $3'987,763.84 (Tres millones novecientos ochenta y siete mil setecientos sesenta y tres pesos 84/100 M.N.])"

...

SEGUNDA.- Novación.

Con excepción de lo previsto en el presente instrumento, "LAS PARTES" convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado el 31 de marzo de 2023, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.

TERCERA.- Vigencia.

El presente instrumento jurídico forma parte integrante del "CONVENIO" celebrado el 31 de marzo de 2023, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.

CUARTA.- Publicación.

El presente instrumento se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, de conformidad con la normativa aplicable.

Leído que fue el presente Convenio Modificatorio y enteradas las partes de su contenido y alcance jurídico, y por no existir dolo, lesión, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo ratifican y firman en cuatro tantos de conformidad al margen y al calce, en la Ciudad de México, el día nueve de agosto de dos mil veintitrés.- Por la CNBP: la Titular de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, Karla Irasema Quintana Osuna.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Juan Enrique Ibarra Pedroza.- Rúbrica.- El Secretario de la Hacienda Pública, Juan Partida Morales.- Rúbrica.- El Encargado de Despacho de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Jalisco, Víctor Hugo Ávila Barrientos.- Rúbrica.

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