AVISO por el que se da a conocer la entrada en vigor del Decimosexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6 celebrado entre la República Argentina y los Estados Unidos Mexicanos.

DOF: 24/06/2022

AVISO por el que se da a conocer la entrada en vigor del Decimosexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6 celebrado entre la República Argentina y los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracción X de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el 28 de diciembre de 1980 el Senado de la República aprobó el Tratado de Montevideo 1980 (Tratado), cuyo Decreto de promulgación se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de marzo de 1981, con objeto de dar continuidad al proceso de integración latinoamericano y establecer a largo plazo, en forma gradual y progresiva, un mercado común, para lo cual se instituyó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

Que en el marco del Tratado, los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina suscribieron, el 24 de octubre de 1986, el Acuerdo de Complementación Económica No. 6 (ACE 6).

Que el 18 de marzo de 2022 los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina suscribieron el Decimosexto Protocolo Adicional al ACE 6 (Decimosexto Protocolo), mediante el cual se acordó que los Estados Unidos Mexicanos otorgarán trato preferencial a la República Argentina conforme al Anexo II del ACE No. 6 al frijol negro (porotos, alubias, judías, fréjoles) comunes (Phaseolus vulgaris), excepto para siembra, sin sujetar dicho tratamiento al cumplimiento del requisito de permiso previo de importación para un cupo de 50,000 toneladas durante el periodo comprendido entre el de julio al 30 de noviembre de los años 2022, 2023 y 2024, respectivamente, el cual se dio a conocer mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de abril de 2022.

Que el Artículo del Decimosexto Protocolo establece que este entrará en vigor en un plazo no mayor de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de la última notificación relativa al cumplimiento de las disposiciones legales internas necesarias para su aplicación.

Que el 27 de mayo de 2022 la Secretaria General de la ALADI, notificó la recepción de las notificaciones de las representaciones de los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina respecto el cumplimiento de sus disposiciones legales internas para la aplicación del Decimosexto Protocolo.

Que en razón de lo anterior, resulta necesario dar a conocer a los operadores y autoridades aduaneras la entrada en vigor del Decimosexto Protocolo, por lo que se expide el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ENTRADA EN VIGOR DEL DECIMOSEXTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA 6 CELEBRADO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Único. - El Decimosexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica 6 celebrado entre la República Argentina y los Estados Unidos Mexicanos, dado a conocer mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2022, entrará en vigor entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina el 26 de junio de 2022.

TRANSITORIO

Único. - El presente Aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 17 de junio de 2022.- La Secretaria de Economía, Tatiana Clouthier Carrillo.- Rúbrica.

 

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